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Disposición 124/2001
RENAR
SOLICITUD DE TRAMITE ON LINE A TRAVÉS
DEL FORMULARIO LEY 23.979
BUENOS AIRES, 12 de diciembre de 2001
VISTO las Disposiciones RENAR Nros.
058/94 del 08 de julio de 1994, 101/01 y 102/01del 16 de noviembre de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 058/94 se estableció el término de tramitación normal
para la solicitud de tenencia y tarjeta de registro de consumo de municiones en
7 días hábiles y el plazo de los trámites urgentes en 48 horas, los que se
solicitan adicionando a la presentación un Formulario Ley 23.979 tipo 04.
Que las citadas Disposiciones 101/01 y 102/01 establecen el régimen de las Agen-cias
Registrales del RENAR y los procedimientos para la realización de tramitaciones
por vía electrónica.
Que a través del sistema on line, los legítimos usuarios que adquieran un arma
de fuego y sus municiones en una Agencia Registral habilitada por el RENAR,
podrán efectuar por vía electrónica su solicitud de credencial de tenencia y la
correspondiente tarjeta de registro de consumo de municiones en tiempo real,
obteniendo luego de la verificación de los datos requeri-dos, la emisión por
parte de este organismo de una autorización temporaria de tenencia, válida por
30 (treinta) días.
Que la implantación y mantenimiento del procedimiento on line, así como el se-guimiento
de los trámites que a través del mismo se efectúen, imponen al organismo una
tarea de carácter extraordinario, la cual necesariamente debe ser compensada,
resultando entonces razo-nable que su costo se asimile al que ya se encuentra
establecido para la tramitación con carácter urgente.
Que han tomado debida intervención la Dirección de Operaciones y Técnica Re-gistral
y la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Organismo.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de las
pres-cripciones de las Leyes Nros. 20.429, 23.979 y 24.492, Decretos Nros.
395/75 y 252/94 y demás normativa de aplicación.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE :
ARTICULO 1°.- Toda solicitud de trámite on line deberá efectuarse a través del
Formulario Ley 23.979 que corresponda a la autorización peticionada, agregándole
un Formulario Ley 23.979 ti-po 04.
ARTICULO 2°.- Notifíquese, regístrese,
incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos RENAR y archívese.
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