Red Proteger®

 

 

Resolución 546/1999

Ente Nacional Regulador de la Electricidad


 

BUENOS AIRES, 21 DE ABRIL DE 1999

VISTO:
El Expediente ENRE N° 3495/97 y la Resoluciones SE N°15/92, N° 77/98 y N° 1725/98, y
CONSIDERANDO:
Que en las Resoluciones citadas, se establecen las condiciones ambientales y los procedimientos que deben cumplir los transportistas, a los fines de la autorización de ampliaciones del sistema eléctrico nacional;
Que la fase constructiva de las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, es la que potencialmente puede producir los mayores impactos ambientales negativos;
Que es conveniente fijar las pautas de procedimientos ambientales a cumplir durante la construcción de las líneas, a los efectos de facilitar la supervisión que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD debe efectuar en esa fase de la ampliación,
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, contrató la elaboración de un pliego de condiciones ambientales para la construcción de ampliaciones del sistema de transporte de energía eléctrica,
Que los agentes del MEM a los que va dirigido el referido pliego, han sido consultados acerca del proyecto que constituye el anexo técnico de la presente Resolución;
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, esta facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 56 incisos k) y s) y 63 inciso g ) de la ley 24065 y su reglamentación contenida en el Decreto N° 1398 del 6 de agosto de 1992;
Por ello :

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE:

Artículo 1º) Apruébanse los PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA, QUE UTILICEN TENSIONES DE 132 kV O SUPERIORES, que como anexo forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2º) El solicitante de una ampliación del sistema de transporte, que propicie la construcción de líneas que utilicen tensiones de 132 kV o superiores bajo el procedimiento de concurso público, deberá incluir en los documentos licitatorios de la obra, el anexo que se aprueba en la presente Resolución.

Artículo 3º) Para el resto de las obras de ampliación del sistema de transporte, requieran o no el otorgamiento del certificado de conveniencia y necesidad pública y empleen tensiones de 132 kV o superiores, el anexo a la presente Resolución, deberá ser tomado como referencia a los efectos de fijar las pautas ambientales que deberán ser tenidas en cuenta en la construcción de las líneas y elementos auxiliares;

Artículo 4º) Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ACTA N° 457

Daniel Muguerza,
Vocal Tercero.-
Juan C. Derobertis,
Vocal Segundo.-
Alberto E. Devoto
Vicepresidente.

Procedimientos Ambientales para la construcción de instalaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, que utilicen tensiones de 132 kV o superiores.

1.0) INTRODUCCION

1.1 Objetivos
El objetivo de este documento es el de garantizar que la construcción y operación de Sistemas de Transporte de Energía Eléctrica ocasione el menor impacto ambiental posible, para lo cual el CONTRATISTA deberá adoptar las medidas necesarias para cumplir con los requerimientos de este ANEXO que forma parte del Pliego del llamado a licitación.
El CONTRATISTA deberá asumir las responsabilidades inherentes a la preservación del medio ambiente, debiendo adoptar para ello los debidos recaudos del caso, los cuales deberán ser tenidos en cuenta al momento de la formulación de su propuesta económica.
1.2 Definiciones

1.2.1. Evaluación de Impacto Ambiental
Es el procedimiento que tiene por objeto la identificación, predicción e interpretación de los impactos ambientales que un proyecto puede producir, así como la prevención, corrección y valoración de los mismos, el que debe ser sometido a las autoridades competentes.
1.2.2 Indicador de Impacto Ambiental
Es el elemento o concepto asociado a un factor que proporciona la medida de la magnitud del impacto, al menos en su aspecto cualitativo y también, de ser posible, en el cuantitativo a los efectos de la determinación de la calidad ambiental.
1.2.3 Proyecto
Es el documento que define o condiciona la localización y la realización de planes y programas, la ejecución de construcciones o de otras instalaciones y obras, así como otras intervenciones en el medio natural o en el paisaje, incluidas las destinadas a la explotación de los recursos naturales renovables y no renovables, y la ordenación territorial.
1.2.4 Límites del Proyecto o Emplazamiento
Se entenderá por "límites del proyecto" al área en la que se desarrollarán las Obras tanto temporarias como permanentes.
1.2.5 Area de Influencia
Comprende el área hasta donde deberán extenderse los estudios ambientales. En tal sentido deberá contemplarse el ambiente que interacciona con el proyecto, el cual es proveedor de oportunidades, generador de condicionantes y receptor de efectos.
1.2.6 Franja de Servidumbre
Se denomina "franja de servidumbre" a la superficie de terreno necesaria para construir, operar, conservar, mantener, reparar, controlar y vigilar todo el sistema de instalaciones, cables, cámaras, torres, columnas, aparatos y demás mecanismos destinados a transmitir, transportar, transformar o distribuir energía eléctrica.
La constitución de servidumbre administrativa se regirá por la Ley Nacional N° 19.552, el artículo 83 de la Ley Nacional N° 24.065 que modifica los artículos 1, 9, 10 y 11 de la anterior y/o las respectivas leyes provinciales que resultaren de aplicación.
1.2.7 Piquete
Se denomina piquete a la superficie de terreno, dentro de la franja de servidumbre, afectada por la construcción de los soportes de la línea.
1.2.8 Area Protegida
Se entiende por "área protegida" a la unidad de conservación reconocida como parque, reserva, refugio, santuario o monumento natural, sujeta a un régimen especial de protección definido por Autoridad Pública Competente.
De acuerdo al Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Argentina, se encuentran definidas las siguientes categorías:
Reserva Científica/Reserva Natural Estricta:
Parque Nacional o Parque Provincial:
Monumento Natural:
Reserva Natural Manejada / Santuario de Fauna y Flora:
Paisaje Protegido: incluye paisajes seminaturales y culturales. En esta categoría se pueden diferenciar dos tipos de áreas:

a) Areas aprovechadas por el hombre de manera intensiva para esparcimiento y turismo.
b) Paisajes que reflejan manifestaciones culturales específicas (costumbres, técnicas de uso y manejo de la tierra, organización social, infraestructura o construcciones típicas) consecuentes de la interacción del hombre y la naturaleza.
Reserva de Recursos:
Reserva Natural - Cultural:
Reserva de Uso Múltiple:
Reserva de Biósfera: comprende uno o más de los siguientes componentes:

a. Ejemplos representativos de biomasa naturales
b. Comunidades únicas o territorios con características naturales no habituales de interés excepcional

a.1) Ejemplos de paisajes armónicos resultantes de modalidades tradicionales de aprovechamiento de la tierra
a.2) Ecosistemas modificados o deteriorados que se pueden restituir a un estado más natural

Sitio de Patrimonio Mundial (Natural):
1.2.9 Patrimonio Cultural
Son los componentes del ambiente que tienen significación estética, histórica, científica o social u otro valor especial, tanto para las generaciones actuales como para las futuras y así declaradas por acto administrativo de la autoridad de aplicación.
1.2.10 Elementos que Obstaculizan la Ejecución de las Obras
Serán considerados "elementos que obstaculicen la ejecución de las obras" aquellos materiales inapropiados o que provoquen interferencias en su construcción, tales como todo resto de basura, residuos y chatarra, vegetación u otros materiales orgánicos, tanto vivos como muertos o deteriorados, así como la cubierta vegetal del terreno.
1.2.11 Residuos
Se entenderá por "residuos" a todos los materiales de desecho no comercializables, tales como follajes, ramas, malezas, tocones desraizados, partes de construcciones declaradas desechables, escombros y otros elementos desechables orgánicos o inorgánicos, ya sea en sus estados líquido, sólido, semisólido o gaseoso.
1.2.12. Limpieza
Se entenderá por "limpieza" la remoción de los residuos que se extiendan y/o sobresalgan sobre la superficie del terreno afectado por las obras.
1.2.13 Desmonte
Se entenderá por "desmonte" la remoción de vegetación y otras materias orgánicas, incluidas pajas, troncos enterrados, y raíces superiores a 0,05 metros de espesor que se encuentren a una profundidad de 0,15 metros por debajo de la cota original del terreno.
1.2.14 Desmalezado
Se entenderá por "desmalezado" la remoción de hierbas y malezas de la superficie, sin escarbar más de 0,08 metros del manto de la cubierta vegetal del terreno.
1.2.15 Rastrillado
Se entenderá por "rastrillado" la remoción del material suelto remanente tras los trabajos de desmalezado del terreno.

1.3 Evaluación de Impacto Ambiental de la Etapa de Construcción.
Los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental para esta etapa deberán ajustarse a los requerimientos de las Resoluciones de la Secretaría de Energía N° 15 del 11 de septiembre de 1992 y N°77/98 del 18 de marzo de 1998 y en lo relacionado con los procedimientos a seguir ante el ENRE, de la Resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad N° 1725/98 del 8 de octubre de 1997 y de toda otra normativa que en el futuro complemente y/o modifique a las mismas emanada de autoridad Competente.
El Plan de Gestión Ambiental que debe prepararse para esta fase, forma parte de dicha evaluación y será de cumplimiento obligatorio por parte del contratista.
En este ítem se han incluido recomendaciones a ser tenidas en cuenta en aquellos casos en que el llamado a licitación contemplare la posibilidad de desarrollar trazados alternativos al propuesto a los Oferentes, en cuyo caso EL CONTRATISTA deberá preparar y someter a consideración del comitente y del ENRE, la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, considerando estas nuevas alternativas, resultando por lo demás, de aplicación las normas anteriormente citadas.
Si EL CONTRATISTA es responsable de elaborar el diseño ejecutivo de la ampliación, estas recomendaciones tienen el propósito de orientarlo sobre el criterio con el que debe optimizar la solución técnica.
A los efectos de evaluar los posibles impactos ambientales es conveniente discriminarlos en base a las causas que los originan.
1.4 Impactos Ambientales más Comunes en la Construcción de Líneas de Alta Tensión.
A continuación se describen las premisas básicas que deben ser contempladas por el CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato. Asimismo, serán de aplicación las normativas ambientales que corresponda aplicar al proyecto, emanadas de Autoridad Pública Competente nacional, provincial y/o municipal.
En el caso que el oferente decida presentar alternativas al trazado de la línea o a la ubicación de las instalaciones complementarias, deberán efectuarse los correspondientes estudios de impacto ambiental, los que se extenderán a una distancia mínima de 5 kilómetros a cada lado del eje de la traza alternativa y compararla con la seleccionada en el pliego.
Dichos estudios deberán ser realizados por profesionales idóneos en la materia y su alcance deberá ajustarse a las exigencias ambientales establecidas en las normativas vigentes. Las presentes recomendaciones constituyen una orientación a tener en cuenta, en cuanto a los alcances de los mismos.
Si la encomienda del CONTRATISTA es la elaboración del proyecto ejecutivo, deberá profundizar la E.I.A. incorporada en el pliego, al nivel que especifica la normativa vigente.
Las presentes recomendaciones constituyen una orientación a tener en cuenta, en cuanto a los alcances de estos estudios y en especial para la elaboración del P.G.A. de la etapa constructiva.

1.4.1 Usos del Suelo
Los impactos que se puedan provocar en el terreno estarán directamente relacionados con la cantidad de suelo afectado por la delimitación de la franja de servidumbre.
La selección del trazado debe contemplar la minimización de conflictos relativos al uso de la tierra, tanto en el presente como en el futuro.
El trazado de una línea de transmisión que afecte una franja de servidumbre ya existente siempre producirá un menor impacto que otro con afectación total.
Debe evitar los lugares que resulten ser un patrimonio natural o cultural, las áreas protegidas, parques y lugares de recreación de uso público en general.
El diseño y los métodos constructivos deben considerar los montes nativos por ser los exponentes genuinos de la vegetación natural así como montes artificiales y forestaciones con fines comerciales o paisajísticos que brindan sitios de descanso, perchaje y nidificación a la avifauna nativa.
Las áreas destinadas a forestación, dentro de las posibilidades que presente el proyecto, deben ser evitadas pudiendo tan sólo afectarse las forestaciones menores cuya altura no afecte la línea.
En áreas destinadas a la agricultura, el impacto negativo es mayor en zonas de riego y/o de cultivos, tales como siembra de granos, y se vuelve menor en áreas utilizadas para el pastoreo de ganado.
Cuando la traza afecte terrenos cultivados, deberán adoptarse los resguardos pertinentes con el fin de minimizar al máximo las perturbaciones a esta actividad. Una vez concluidas las obras en estas áreas el terreno deberá ser restaurado y vuelto a sus condiciones originales.
El CONTRATISTA deberá tener muy en cuenta, al seleccionar su metodología de montaje, que las franjas de servidumbre, por lo general, requieren la construcción de caminos de acceso. Si la afectación del terreno resulta considerable la recuperación de la vegetación será lenta y, por tal motivo, deberán adoptarse los resguardos del caso, tales como la compactación de las márgenes de los cursos de agua. También deberá contemplarse que los impactos provocados por la compactación del suelo de los caminos perdurarán por un largo tiempo.
Las restricciones al dominio que se establezcan dentro de la franja de servidumbre, deben observar los criterios de seguridad pública y operativas incorporadas en la Especificación Técnica N° T - 80 de la ex Agua y Energía Eléctrica S.E.
Las principales medidas tendientes a minimizar la posibilidad de provocar impactos negativos en zonas agrícolas y tierras húmedas son:
utilizar equipos tractores apropiados y/o con neumáticos, que no ejerzan una presión sobre el suelo superior a lo estipulado en el numeral 5.6.limitar el área sujeta a alteraciones al mínimo posible, diseñando caminos de acceso específicos con un ancho inferior a los 6 metros.restaurar el área al término de la Obra, removiendo el terreno.
1.4.2 Suelos y Geología
El CONTRATISTA deberá prestar atención a los siguientes aspectos:
Si la construcción se realiza en áreas con pendientes y superficies empinadas donde exista un significativo riesgo de erosiones, el suelo puede desmoronarse.
Otro tipo de impacto negativo puede ser la compactación del suelo en áreas agrícolas como consecuencia del uso de equipos pesados en la construcción de las obras.
Ambas situaciones pueden darse en la construcción de una línea en una franja de servidumbre nueva, o expandida. No obstante, dichos impactos negativos pueden ser minimizados con la práctica de medidas mitigación apropiadas en su construcción.
1.4.3 Terrenos Pantanosos y Anegadizos
La construcción de fundaciones y caminos de acceso puede afectar negativamente a los terrenos pantanosos, destruyendo la flora y fauna acuática, así como los hábitats de las especies silvestres del lugar, salvo que se adopten las medidas adecuadas.
Deben evitarse circulaciones innecesarias entre piquetes a los efectos de minimizar los impactos sobre el suelo natural.
Los efectos negativos a largo plazo son causados, en general, por la compactación del suelo debido al uso de equipos de construcción pesados, lo que provoca cambios en los desagües naturales y, a veces, en los tipos de vegetación. No obstante, las líneas de transmisión pueden, a menudo, atravesar y/o evitar totalmente pequeños pantanos, con la consecuente eliminación del impacto.
En el caso de resultar necesario erigir estructuras en terrenos húmedos y/o pantanosos el CONTRATISTA deberá utilizar equipos con rodamientos especiales y/o adecuados (por ejemplo rolligom) para minimizar el impacto.
Si fuese indispensable, previa superación de otras instancias, construir terraplenes para acceder a los piquetes, su ancho no deberá exceder el del mínimo necesario para la circulación del equipo a utilizar. Deberá garantizarse el libre escurrimiento de las aguas. Una vez desafectado el terreno deberá ser restituido a sus condiciones naturales.
1.4.4 Calidad de Agua y Preservación de la Pesca
La construcción de líneas debe evitar la afectación de las orillas de los cursos de agua y la impactación de los humedales que atraviesen.
La limpieza y/o expansión de una franja de servidumbre involucra en muchos casos movimientos de suelo. La acción erosiva de las lluvias podrá provocar un incremento de la cantidad de sedimentos en los cursos de agua, con el consecuente aumento de la turbidez y la disminución de la penetración lumínica. Su efecto puede comprometer la productividad primaria de los cuerpos de agua, limitando la productividad de fitoplancton y el desarrollo de la vegetación sumergida.
El uso de herbicidas para el desmalezado del terreno podrá afectar el desarrollo de la vegetación palustre y sumergida, comprometiendo el equilibrio de las poblaciones y comunidades acuáticas animales que se desarrollan a expensas de la vegetación acuática.
De este modo, en el cuerpo de agua se producirán cambios tanto en sus características físico - químicas como sobre los numerosos recursos naturales que en él coexisten.
La magnitud de dichos efectos sobre los cursos de agua dependerá de la distancia a los lugares donde se desarrollen las actividades.
La variedad de peces que los habitan dependen del régimen del cuerpo de agua, de la calidad de sus aguas, de su temperatura, de las corrientes, de la estructura de sus fondos y de la materia orgánica acumulada.
Las modificaciones introducidas, producto de las obras, pueden poner en riesgo a las poblaciones de peces tanto de valor comercial como deportivo.
Los impactos negativos podrán evitarse con la implementación de medidas preventivas, tales como la no obstaculización del curso natural, la remoción inmediata de la vegetación cortada, adecuada aplicación de herbicidas, entre otras.
Para la utilización de productos agroquímicos en terrenos próximos a cursos de agua resultará obligatoria la intervención de un profesional con incumbencias en la materia.
1.4.5 Vegetación y Vida Silvestre
El CONTRATISTA deberá tener en cuenta, en aquellos que la afectación de una nueva franja de servidumbre y/o la expansión de una ya existente crean un impacto negativo en la vegetación y en las especies de vida silvestre.
Deberá contemplarse que en aquellos casos en que se opte por expansiones de franjas ya existentes, frente a la afectación de una nueva franja, el impacto negativo resultante será en general menor.
Al proyectar la traza de una línea se deberá tener en cuenta que la composición específica de las comunidades vegetales nativas y su fisonomía varían notablemente de acuerdo a su ubicación geográfica y con la topografía del terreno.
La tala de árboles que por su altura puedan interferir de algún modo con la seguridad e integridad de la línea y las prácticas de mantenimiento, utilizando herbicidas específicos de corresponder, asegurarán que sólo sobrevivirá la vegetación de baja altura. Para la tala de forestación nativa, deberá proponerse, en función de las necesidades de la obra, los límites de las areas a ser limpiadas.
En virtud de lo expuesto se podrá optar por una solución de compromiso entre la variante más ventajosa desde el punto de vista constructivo y/u operativo y aquella que involucre vegetación de bajo porte. Cabe señalar que no existen medidas de mitigación posibles en lo referente a impactos sobre la vegetación.
El despeje de una franja de servidumbre para una nueva línea afectará los hábitats naturales de las especies de la vida silvestre del lugar e incrementará el acceso de cazadores.
La expansión de franjas de servidumbre existentes y/o la apertura de nuevas franjas afectarán los hábitats naturales de las especies de fauna nativa. En el caso de que involucren especies arbóreas, tanto nativas como forestales, determinará un impacto negativo sobre aquellas especies faunísticas asociadas a dicha vegetación. Antes de la tala, deberá verificarse la ausencia de dormideros de colonia de aves.
Las tareas desarrolladas durante las distintas fases de la etapa constructiva provocarán el alejamiento de la fauna silvestre hacia otros ambientes similares en forma temporaria, siempre y cuando el ambiente no sea profundamente modificado.
Respecto a las aves las líneas de transmisión determinan impactos variados sobre sus poblaciones. En áreas con escasa vegetación arbustiva y/o arbórea, las torres de las líneas ofrecen nuevos sitios de nidificación y son utilizadas por aves rapaces como puestos de avistaje de posibles presas.
Como efecto negativo debe indicarse las colisiones con los conductores y cables de guardia. Las mismas están influenciadas por factores de índole ingenieril, como el diseño, localización y orientación de la línea, y aquellos de carácter biológico, como el comportamiento de las distintas especies así como la topografía del terreno, las condiciones meteorológicas y el uso del suelo. La colisión con los cables de guardia es la causante más común de la mortalidad de aves en líneas de transmisión de extra alta tensión.
Los sistemas de señalización son efectivos. Su efectividad varía entre el 57% y el 89%. Deben ser compatibilizados con los aspectos visuales de la línea en general y en especial presentar características compatibles con los espaciadores.
La influencia meteorológica solamente se puede mitigar considerando la altura de los conductores y mejorando su visibilidad y la de las estructuras en condiciones adversas. Debe tenerse en cuenta que las especies que tienden a volar de noche o en condiciones de baja visibilidad tienen una mayor probabilidad de colisión.
Teniendo en cuenta las múltiples variables comprendidas, que invalidan las generalizaciones al respecto, cada línea merecerá un estudio particular en cuanto a este impacto se refiera, a partir de la información elaborada en las fases de prefactibilidad, factibilidad o de proyecto básico.
1.4.6 Recursos Visuales
Las líneas de transmisión ocasionan impacto sobre el paisaje, pudiendo alterar un medio ambiente visual existente debido al agregado de nuevos elementos visuales y/o modificando o eliminando recursos visuales existentes.
Los impactos visuales incluyen los cambios en los escenarios analizados y la respuesta del observador a dichos cambios.La respuesta del observador a dicho impacto será indefectiblemente subjetiva, no obstante lo cual, usualmente muestra una gama de consensos.
El cambio que provoca una línea de transmisión sobre el recurso visual puede ser objetivamente mensurado.
Las líneas de alta tensión, por lo general, presentan los siguientes elementos visuales:
conductores
cables de guardia
torres
caminos de acceso
franja de servidumbre
Los cuatro primeros se agregan a los escenarios existentes mientras que el último puede modificar o eliminar recursos visuales.
Los efectos visuales adversos podrán ser percibidos aún a una distancia de algunos kilómetros de la línea.
El impacto visual de un sistema de transmisión puede ser minimizado, pero no anulado, adoptando medidas que permitan mimetizar la obra en el paisaje y/o escenario que la rodea.
Las medidas a adoptar deben contemplar: diseño esbelto y ágil de las estructuras tratar de disimular la línea en el paisaje aprovechando desniveles, arboledas, obstáculos naturales o artificiales, etc.alejar el trazado de áreas pobladas, caminos, en aquellos casos que no se utilicen total o parcialmente franjas de servidumbre existentes, y de los lugares que suele frecuentar el público, a fin de reducir en forma significativa el tamaño percibido.reducir la reflexión de las estructuras y de los conductores.en los casos en que se utilicen marcadores, como protectores del impactos sobre las aves, los mismos deberán presentar características y colores similares a la de los espaciadores con el objeto de no incrementar significativamente el impacto visual.en el caso que se deba atravesar lugares de interés histórico, parques o áreas de recreación se deberá ocultar la línea de la vista del público preservando los rasgos característicos del lugar.en los casos de áreas de interés paisajístico deberán evitarse los trazados en la cercanía de autopistas o rutas nacionales y/o provinciales.en áreas pintorescas o residenciales la limpieza de la franja de servidumbre deberá limitarse a aquellos materiales que constituyan un peligro para la línea. Así también, en caso de corresponder y previa realización de los estudios pertinentes, ejecutar todas las acciones necesarias para mitigar el impacto.se buscará evitar la visual de tramos de largo desarrollo cruzando autopistas y rutas nacionales y/o provinciales en áreas boscosas, valles, cañones y laderas. En tales casos deberá contemplarse la ejecución de quiebres en los cruces, ocultando el trazado con vegetación natural o aprovechar obstáculos naturales o artificiales existentes.los tocones ubicados en áreas a la vista del público deberán ser removidos o cortados al ras del suelo.
En el Estudio de Impacto Ambiental que debe presentar el CONTRATISTA se deberá aplicar la metodología propuesta por la Resolución SE N° 77/98 a los efectos de mensurar objetivamente los impactos provocados sobre paisajes, vistas significativas, escenarios panorámicos y/o recursos visuales de interés para la comunidad, sin perjuicio de la utilización de otras metodologías o herramientas de reconocida eficacia a estos fines.
1.4.7 Recursos Culturales
La construcción de las obras pueden afectar recursos culturales que se encuentren bajo la superficie del terreno, tales como piezas históricas, arqueológicas o paleontológicas o podrán interferir la vista de componentes ambientales integrantes de los patrimonios naturales o culturales del área.
Ante tal situación deberán adoptarse los resguardos del caso a fin de evitar o minimizar el posible impacto, evitando la afectación de las áreas que pudiesen resultar sensibles o en su defecto, cumplimentando las recomendaciones contenidas en el numeral 6.0 Hallazgo de Piezas Arqueológicas, Paleontológicas y/o Históricas.
1.4.8 Calidad del Aire y Nivel de Ruidos
La construcción de la línea de transmisión podrá afectar perjudicialmente la calidad del aire debido al polvo producido por las obras en los caminos de acceso. Las prácticas adecuadas, de uso corriente en construcciones, podrán evitar este problema.
La operación de maquinaria con motores a combustión interna generan emisiones de contaminantes gaseosos al aire, fundamentalmente constituidos por CO, SO2 y NOX. En tal sentido deberán efectuarse los controles pertinentes a fin de asegurar que las emisiones se ajusten a las normativas vigentes.
Cuando la línea de transmisión esté operando, producirá ruido. El ancho de la franja de servidumbre debe asegurar reducir el nivel de ruido a los valores establecidos en la Resolución SE N° 77/98.
El efecto corona puede causar algunas interferencias eléctricas en los hogares y comercios de la zona. En tal sentido deberán adoptarse los resguardos pertinentes, con el fin de que, en aquellos casos en que pudieran producirse estos efectos, se desarrollen las pertinentes acciones para su mitigación, y se respeten las normas vigentes.
1.4.9 Salud y Seguridad
Estos efectos no se manifiestan durante la construcción de la línea sino en la fase operativa e incluyen a los shocks eléctricos y la posibilidad de efectos a largo plazo, debido a la exposición a la radiación electromagnética.
Los impactos provocados por shocks eléctricos serán mitigados mediante la construcción de la línea respetando las normas vigentes en materia de seguridad, que especifican la distancia mínima permitida entre la línea y el suelo, u otros objetos, a fin de minimizar riesgo.
El ancho de la franja de servidumbre garantizará dos hechos fundamentales que hacen a la preservación ambiental, en el ancho libre de infraestructuras:

a) Los campos de radiación eléctrica y de radiación magnética en el extremo de la franja prevista a ambos lados del eje de la traza que debe estar libre de edificaciones no deberán exceder los valores establecidos en la Resolución SE N° 77/98.
b) El nivel audible de ruido no deberá exceder el nivel establecido en la Res. SE N° 77/98, durante períodos de lluvia, en la franja prevista a ambos lados del eje de la traza que debe estar libre de edificaciones.

Los campos magnéticos se pueden reducir teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones:
Ubicación de transformadores a la intemperie
Desdoblamiento de fases
Inversión de fases
Tendidos sobre estructuras tipo delta
Elevar la altura de las estructuras de soporte
Instalar cables suplementarios con corrientes protectoras que anulen los campos generados
Puestas a tierras adecuadas para disminuir la resistencia al máximo.
Se deberá seccionar y/o poner a tierra las cercas, alambrados y cañerías metálicas, maquinaria rural, silos, mecanismos elevadores y sistemas de riego ubicados en las proximidades de la línea (Norma IRAM 2281-1990 y Norma ANSI/IEEE Standard 80-1986).
La Organización Mundial de la Salud recomienda aprovechar el efecto pantalla de la vegetación y de la topografía, que son amortiguadores de las tensiones electromagnéticas, como protección del personal operativo, al medio ambiente y a la población ubicada en sus inmediaciones.
Un aspecto a tener en cuenta en cuanto a la seguridad es el hecho de que los sistemas de transmisión pueden interrumpir la trayectoria de vuelo de los aviones cerca de los aeropuertos y poner en peligro las aeronaves que vuelan muy bajo, especialmente las que se emplean para fumigación.
1.4.10 Aspectos Sociales
Los aspectos sociales constituyen un fenómeno complejo, cuyo análisis requiere del estudio simultáneo e interrelacionado de las dimensiones socioeconómica, sociocultural y sociopolítica. Desde esta perspectiva, ninguna de estas dimensiones, analizada de manera aislada, puede dar cuenta del fenómeno social total o puede sentar las bases para la gestión social con las comunidades que resulten impactadas por la construcción y operación de un proyecto eléctrico.
Deberá contemplarse que durante la construcción de las obras se incrementará en forma puntual la población en las áreas rurales a lo largo de la traza.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta que los caminos de servicio aumentarán la posibilidad de acceder a terrenos privados, por lo que deberán contemplarse los intereses de aquellos que resultaren pasibles de ser afectados.
Las líneas de transmisión pueden inducir asentamientos en la franja de servidumbre y en su entorno, o en las tierras que se tornen más accesibles. En lugares donde escasea la vivienda la franja de servidumbre constituye un sitio atractivo para la construcción de viviendas precarias que, a su vez, provoca otros impactos ambientales, y en áreas urbanas, sobrecarga la infraestructura y los servicios públicos locales.
La traza que se adopte debe evitar, dentro de las posibilidades, la afectación de áreas pobladas o en su defecto adoptar las acciones necesarias para mitigar los impactos que se pudieran llegar a provocar.

2.0.) ELABORACION DEL PROYECTO EJECUTIVO
El proceso de elaboración del proyecto ejecutivo, que es el corolario de estudios previos (prefactibilidad y anteproyecto o proyecto básico) que deben contemplar la dimensión ambiental, si bien resulta de corta duración y con desarrollo centrado principalmente en gabinete, contiene elementos de impacto ambiental a considerar.
Requiere la ejecución de trabajos de campo tales como topografía y sondeos geotécnicos que involucran afectaciones negativas, temporarias y localizadas. Por otro lado, implica el ajuste definitivo de los procedimientos constructivos, los cuales se deberán ejecutar con criterios satisfactoriamente experimentados, tanto a nivel local como internacional, que permitan cumplimentar todas las exigencias y/o normativas ambientales, adoptando aquellos que provoquen el menor impacto posible. Estos criterios deberán ajustarse ante las eventuales modificaciones que pudieran plantearse durante la ejecución del emprendimiento. Será de fundamental importancia que los profesionales ambientales trabajen conjuntamente con los ingenieros de proyecto integrando un único equipo multidisciplinario.
En el caso que deba modificarse en parte la traza deberán efectuarse los pertinentes estudios, analizando como mínimo tres variantes, teniendo en cuenta que los aspectos fundamentales son en el orden indicado:
impactos ambientales aspectos económicos en las distintas etapas de desarrollo del proyecto
Una vez evaluados estos aspectos, y una vez aprobados por el COMITENTE, previa o posterior intervención de la Autoridad Pública Competente, en caso de corresponder, se procederá a la ejecución del proyecto definitivo de la alternativa seleccionada.
En tal sentido la metodología para la ejecución de las obras deberá contemplar todos los aspectos ambientales exigidos. La secuencia de tareas deberá ser programada de forma tal de lograr en los plazos previstos contractualmente una continuidad en la ejecución de los trabajos a fin de provocar el menor impacto posible. Un aspecto de particular importancia es el de encarar la ejecución de las tareas evitando concentraciones innecesarias de mano de obra y equipos y la reiteración de actividades injustificadamente.
En esta etapa resultará de cumplimiento obligatorio, antes de dar inicio a cualquier actividad de campo, el gestionar los permisos de paso y construcción, para una vez obtenidos los mismos iniciar la constitución de servidumbre sobre la franja afectada. Resultará de vital importancia no generar conflictos injustificados con los propietarios a los efectos de no comprometer innecesariamente al proyecto. En tal sentido deberá tenerse en cuenta las recomendaciones indicadas en los numerales 1.4.10 Aspectos Sociales y 15.0 Comunicación Medioambiental.

3.0.) EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS

3.1 Generalidades
La preparación de los emplazamientos (piquetes, áreas destinadas a estaciones transformadoras, caminos de acceso temporarios y definitivos, obradores y campamentos, etc.) deberá efectuarse una vez que se hayan adoptado las medidas necesarias para prevenir erosiones y/o desmoronamientos. Se deberán limitar las áreas expuestas a erosiones y/o derrumbes durante la instalación de defensas temporarias a una distancia máxima que abarque un radio no menor de 150 metros de las mismas.
Se deberá limpiar, desmontar y rastrillar y/o apisonar, según la ubicación geográfica del proyecto, las áreas que resulten necesarias para las instalaciones propias o de terceros y para la disposición de residuos dentro de los límites especificados.
No deberá efectuarse ni dañarse a aquella vegetación que no resulte necesario remover.
En aquellas áreas de construcción en la que no se requiera limpieza, la vegetación existente no deberá ser afectada, toda vez que sea posible y las curvas de nivel originales deberán ser mantenidas sin alteraciones.
En áreas dedicadas a la agricultura en donde resulte necesario nivelar el terreno, las plantaciones removidas deberán ser almacenadas en pilas para su retiro posterior. Después de la construcción, deberán ser reemplazadas y el suelo nivelado a su cota original.
El CONTRATISTA estará a cargo de la construcción, operación y mantenimiento de endicados provisorios, canales, canales de drenaje, sumideros, bombas y todo otro tipo de obras temporarias de protección y/o derivación.
Asimismo, será responsabilidad del CONTRATISTA la provisión de materiales, la instalación, la operación y el mantenimiento de los sistemas de bombeo necesarios y la provisión de todo otro equipamiento requerido para preservar el medio ambiente al efectuar la remoción y posterior disposición de aguas, desde las distintas partes de la Obra. Especialmente, se deberán mantener en todo momento las fundaciones y demás partes de la Obra libres de agua, conforme con los requerimientos de las Especificaciones Técnicas del Pliego.
3.2 Consideraciones Acerca de la Protección del Ambiente
Las líneas de transmisión y sus obras conexas deberán atravesar los campos adoptando todos los resguardos para preservar el medio ambiente en aquellas áreas más sensibles al impacto ambiental, por lo que deberán tomarse medidas especiales a fin de evitar inconvenientes en este aspecto.
Para este tipo de áreas, se deberán adoptar procedimientos de limpieza específicos y se incluirá el marcado de árboles en forma individual para su protección.
Estas áreas podrán incluir recursos naturales tales como vida silvestre, vegetación y cursos de agua, recursos culturales y sociales, tales como patrimonio cultural, actividades de los residentes, y paisajes naturales, tanto originales como desarrollados por el hombre.
3.3 Tratamiento de Areas de Cultivos y Plantaciones
El CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que resulten necesarias con el objeto de evitar, y de no ser posible, minimizar los impactos en áreas de cultivo y plantaciones.
Una adecuada programación de ejecución de las obras permitirá contemplar las épocas de cultivo y de cosecha y/o recolección como así también la de no interferir con las actividades de desarrollo habitual en las citadas áreas.
El CONTRATISTA deberá encarar, a su cargo, todas aquellas acciones correctivas que deban ejecutarse en dichas áreas como ser: remoción y/o poda de árboles, arbustos, estructuras u otras obstrucciones.

4.0.) FRANJA DE SERVIDUMBRE

4.1 Delimitación
La delimitación de la franja de servidumbre se debe efectuar en la etapa de análisis y evaluación preliminar de la factibilidad técnica, económica y ambiental del proyecto.
La Reglamentación sobre líneas aéreas exteriores de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) y la Especificación Técnica N° T-80 de Agua y Energía Eléctrica fijan las prescripciones fundamentales que se deben observar en el proyecto y en la construcción de líneas eléctricas, los criterios de cálculo de la franja de servidumbre y las distancias mínimas a las edificaciones.
Como ejemplo, para líneas de 500 kV en zona rural resulta una franja de servidumbre de un ancho del orden de los 100,00 (cien) metros. Dentro de esta franja, la existencia de viviendas, deberán ser excluidas en un ancho de 42 (cuarenta y dos) metros aproximadamente, a ambos lados del eje de la línea.
En los cortes transversales (Plano Nº ENRE/1 y N° ENRE/2) de la franja de servidumbre incorporados como ejemplos orientativos para una línea de 500 y de 132 kV respectivamente, se aprecia que la norma ha contemplado la permanencia de plantaciones, arbustos y árboles bajos que no excedan un altura de 3,40 metros en el centro de la franja de servidumbre. Asimismo, se permite un incremento gradual de sus alturas en el desplazamiento hacia los extremos de la franja de servidumbre.
En áreas rurales las delimitaciones efectuadas dentro de la franja de servidumbre por la Especificación Técnica T-80 permiten reducir sustancialmente los trabajos de limpieza del terreno, con la consecuente minimización y/o supresión total de los posibles impactos ambientales vinculados con el desmalezado y desmonte del terreno, peligro de erosiones del suelo, afectación de paisajes naturales y alteraciones en los hábitats naturales de la flora y fauna autóctona.
4.2 Limpieza y Mantenimiento
El CONTRATISTA tendrá la obligación de mantener, en la medida en que lo permitan las obras, toda la cobertura vegetal existente y los suelos en las condiciones naturales.
Para la elección del momento en que se efectuará la limpieza de la franja de servidumbre y el método a utilizar deberá tenerse en cuenta aspectos tales como la estabilidad del suelo, la protección de la vegetación natural y de los recursos naturales existentes. En casos extremos en que deba afectarse forestaciones en las cuales haya dormideros de colonias de aves la limpieza no deberá efectuarse en las épocas de cortejo y reproducción.
La remoción de la vegetación que resulte indispensable afectar por la ejecución de los trabajos deberá ser previamente autorizada por la Inspección de Obra. El CONTRATISTA será responsable de toda remoción o destrucción de árboles o arbustos, y deberá reponer a su costo la vegetación dañada como consecuencia de trabajos ejecutados en forma inadecuada o inconsulta, o por acciones de su personal.
El CONTRATISTA deberá despejar la zona de seguridad y franjas adyacentes de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el llamado y lo consignado en este Pliego.
A tal efecto, procederá a la tala o poda de árboles, arbustos, malezas, etc., conforme con las restricciones indicadas, previa autorización del COMITENTE.
En la franja de servidumbre, se derribarán sólo aquellos árboles y arbustos altos que excedan las especificaciones detalladas en los Planos Nº ENRE/1 y ENRE/2, o los que indique el Pliego del llamado sobre el particular conforme las características del emprendimiento. Específicamente, no serán removidos los árboles o arbustos de una altura menor a 3,40 metros y normalmente su altura de crecimiento no supera ese porte, excepto que resulte imprescindible en áreas afectadas por la construcción de estructuras.
Los ejemplares que deban talarse, se lo hará a una altura máxima equivalente al diámetro del tronco, o a 0,30 metros, a la altura que resulte inferior, medida desde la superficie del suelo. Se talarán los arbustos, cuando sea necesario, hasta una altura máxima de 0,30 metros o debajo de su rama más baja, a la altura que resulte inferior. No se utilizarán de apoyo ni se torcerán.
Los árboles de rebrote rápido (álamos, eucaliptos, paraísos, etc.) deberán destroncarse hasta una altura de 0,30 metros y tratarse con
productos de uso autorizado por autoridad sanitaria competente que impidan su crecimiento dentro de una franja de 30 m a cada lado del eje de la línea.
En las áreas afectadas por la construcción de estructuras la altura máxima de los tocones será de 0,15 metros sobre el nivel del suelo.
Los tocones de más de 0,50 metros de diámetro que deban ser retirados deberán ser trozados antes de ser removidos.
Los tocones ubicados en zonas a la vista del público deberán ser cortados al ras del suelo o removidos.
En la zona de tránsito vehicular (de ancho aproximado de 6 metros) no deberán quedar troncos, raíces, etc. hasta una profundidad no inferior a los 0,50 metros.
La cantidad de árboles y arbustos a cortar será el mínimo necesario para permitir el acceso a la Obra y garantizar las operaciones de montaje y funcionamiento de la línea. En las zonas de cultivos se deberán acordar con la Inspección de Obras los límites de cortes a realizar.
Se tendrá especial cuidado en preservar toda la vegetación, tal como árboles, arbustos, hierbas, malezas y cultivos sobre o adyacente a la franja de servidumbre que no interfieran razonablemente con la ejecución del trabajo.
No será permitida la remoción de la cobertura natural del terreno o cualquier otra perturbación innecesaria.
El CONTRATISTA deberá tener especial cuidado para evitar la erosión eólica y/o hídrica en la franja de servidumbre y deberá proponer las metodologías de trabajo a desarrollar y tendrá bajo su responsabilidad el tipo de acceso a piquetes, siendo de su exclusiva competencia las erosiones producidas y su remediación.
En las áreas de cultivos intensivos, el CONTRATISTA deberá tomar el máximo de precauciones compatibles con las condiciones de distancias eléctricas, y empleará métodos de trabajo que produzcan el mínimo de daños posibles en los cultivos o plantaciones.
En general, los árboles de montes naturales talados cuya madera pueda ser utilizada, serán desgajados y los troncos colocados en forma ordenada en la orilla de la franja de servidumbre.
En montes artificiales, los troncos se cortarán apropiadamente, conforme con lo acordado con los propietarios afectados, y se depositarán fuera de la franja o donde el mismo indique dentro del predio. En estos casos el destino final dependerá de su aceptación por parte del propietario. Los despojos, incluidos los tocones, no serán quemados en el sitio, debiendo el CONTRATISTA proceder de inmediato a su retiro de la zona. El destino final de los mismos, es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, para lo cual deberá tenerlo en cuenta en su cotización.
El CONTRATISTA no podrá, en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera de la franja de servidumbre delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del propietario y del COMITENTE.
Hasta la Recepción Provisoria de la Obra, el CONTRATISTA deberá permanentemente mantener el lugar de operación libre de obstáculos y desperdicios de materiales o basura de todo tipo y retirar todo material sobrante o instalaciones temporales tan pronto como su uso no sea ya necesario para el montaje.
El CONTRATISTA tomará a su cargo los reclamos e indemnizaciones que pudieran corresponder provenientes del incorrecto despeje de la franja de servidumbre.
Los otros reclamos motivados por daños directos evitables que se ocasionen en la propiedad por motivo de la ejecución de la Obra, dentro o fuera de la franja de servidumbre, que razonablemente, a juicio del COMITENTE, pudieran haberse evitado, correrán por cuenta y cargo del CONTRATISTA.
Los acuerdos particulares que el CONTRATISTA pudiera llegar a contraer con los propietarios no lo exime del cumplimiento de las normativas ambientales exigidas en el presente Pliego, no pudiendo ser argumentados como justificativo de ningún tipo de incumplimiento, debiendo encarar, por su cuenta y cargo, toda acción correctiva que requiera en tal sentido el COMITENTE.
4.3 Tratamiento de Tocones
El rebrote de los tocones de aquellas especies que pudieran constituir un riesgo dentro de la franja de servidumbre deberá ser tratado con un herbicida aprobado y de uso autorizado, especialmente en las inmediaciones de áreas públicas de suministro de agua, por Autoridad Pública Competente.
Será necesario contar con una autorización escrita del COMITENTE para poder utilizar cualquier herbicida. Su aplicación se efectuará con métodos de tipo manual.
Se deberán seguir todas las instrucciones de uso que contenga el envase del herbicida. Se deberá adicionar tintura al herbicida a fin de detectar fácilmente los tocones que ya han sido tratados con el producto. Este tratamiento deberá efectuarse el mismo día en que se realice la tala.
Se deberá evitar la tala de árboles y su tratamiento en días de lluvias fuertes y continuas, a fin de evitar el lavado del herbicida.
Se deberá efectuar un triple lavado de los recipientes con agua fría. Se podrá utilizar el agua del lavado en la mezcla del herbicida.
La disposición final de los recipientes deberá realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes del medio ambiente.
4.4 Remoción de los Restos del Desmonte
Los restos del desmonte ejemplares de acuerdo con estas especificaciones pasarán a ser de propiedad del CONTRATISTA, salvo indicación en contrario.
Los mismos, deberán ser removidos de la franja de servidumbre hasta una ubicación, que deberá ser aprobada por el COMITENTE.
La madera extraída será depositada en los costados de la franja hasta que se produzca su remoción. La maleza será quemada, extremando los cuidados tendientes a evitar incendios.
Si por alguna razón los productos de la deforestación deben ser extraídos de la franja de servidumbre, el CONTRATISTA deberá obtener la autorización -por escrito- por parte del propietario afectado, como mínimo, con diez (10) días de anticipación. La extracción de la deforestación se deberá limitar a lo acordado en el permiso firmado y dentro de las zonas aprobadas por el COMITENTE. La extracción deberá efectuarse teniendo en cuenta la imposibilidad de ocasionar el más mínimo peligro de incendio.
Los materiales provenientes de la limpieza serán desechados conforme con la metodología propuesta por el CONTRATISTA y aprobada por el COMITENTE. En la mayoría de los casos, los materiales provenientes del desmonte podrán quemarse dentro de la franja de servidumbre, respetando las restricciones vigentes estatales y/o provinciales y/o municipales y/o que fije el COMITENTE para evitar la propagación accidental del fuego y, en aquellos casos de extrema combustibilidad de las especies, se deberán retirar de inmediato de la zona.
El CONTRATISTA aprovechará la mayor cantidad de productos de la desforestación para usos tales como leña, combustible para equipos de trituración de madera, resinas y otros usos (además de los usos regulares de dichos productos), incluyendo todos los alcances que resulten económicamente factibles.

5.0.) CAMINOS DE ACCESO Y DESVIOS

5.1 Generalidades
Para llegar hasta la línea, el CONTRATISTA podrá emplear los caminos existentes, mejorar las huellas o construir nuevos accesos, conforme las reglas del buen arte.
A los efectos de su clasificación, se ha dividido a los distintos tipos de accesos en cuatro categorías:

1) rutas pavimentadas
2) rutas o caminos de tierra consolidados
3) huellas transitables con vehículos livianos
4) acceso a campo traviesa o sólo transitables a pie

Las dos primeras categorías presentarán muy pocos problemas en cuanto al impacto ambiental producido por su uso, salvo el incremento en la generación de polvo en la segunda y aquellos derivados de la necesidad de garantizar que los equipos utilizados para la construcción no dañarán los caminos, o que estos, en caso de resultar dañados, deberán ser vueltos a sus condiciones originales.
La tercera categoría es, sin lugar a dudas, la más contradictoria debido a que los caminos permanecen inaccesibles por extensos períodos como consecuencia de las lluvias y solamente podrán ser transitados por vehículos livianos.
Estos caminos de acceso también necesitarán un adecuado mantenimiento y reparación durante el período de construcción y al término de las obras.
La cuarta categoría, inicialmente, incluye a aquellos que se necesiten a campo traviesa para poder así arribar a las áreas de emplazamiento.
En este caso, la compactación del terreno y la alteración de tierras húmedas serán las principales consecuencias, tal como se expone posteriormente.
En cada uno de los caminos de acceso a la línea, el CONTRATISTA, con acuerdo de la Inspección de Obra, deberá colocar, en lugares bien visibles y adecuadamente señalizados, carteles que indiquen en los accesos principales y secundarios la numeración de los piquetes del tramo de línea al cual se puede acceder.
Los accesos necesarios para el montaje en la línea se deberán construir preferentemente dentro de la franja de servidumbre, afectando al mínimo indispensable los cultivos y la vegetación existentes.
Se procurará mantener la topografía original de la franja y los escurrimientos naturales de las aguas. En caso contrario, se deberán construir los desagües y drenajes necesarios para evitar daños en los predios y erosiones localizadas en los terrenos adyacentes al de la ubicación de las estructuras que, al sólo juicio de la Inspección de Obra, pudieran comprometer su estabilidad.
El acceso en la franja se realizará, dentro de lo posible, en una traza paralela y aguas abajo al eje de la línea.
Si el CONTRATISTA decidiera, en piquetes de difícil acceso, ejecutar los trabajos con equipos especiales sin construir caminos de acceso aptos para vehículos comunes, en el caso de utilizar movilidades de uso terrestre deberá limitar no sólo la cantidad de viajes sino también los accesos a ser utilizados. Cualquiera que resultare la solución adoptada, el CONTRATISTA deberá facilitar los medios necesarios para que la Inspección de Obra pueda desplazarse a dichos piquetes todas las veces que ésta lo requiera, sin que esto implique costos adicionales para el COMITENTE.
En aquellas situaciones en que se elija la alternativa de ejecutar caminos de acceso, se deberá evitar la provocación de impactos ambientales indeseables. A tal fin se deberá utilizar equipo apropiado y se tenderá a la minimización de la alteración del lugar.
Se deberán utilizar equipos tractores y/o con neumáticos aptos para la zona, que no ejerzan una presión sobre el suelo superior a la exigida por el presente Pliego.
La Inspección de Obra deberá determinar específicamente aquellas áreas donde no se podrá utilizar equipo pesado.
En general, los accesos no deberán ser superiores a los 6 metros de ancho.
Respetando las indicaciones generales de esta especificación, el CONTRATISTA tendrá libertad en la elección de las características de los caminos y las modalidades de su construcción, las que deberán ser explicitadas en su oferta.
El CONTRATISTA deberá controlar y ordenar el estacionamiento de vehículos a fin de impedir interferencias en el tránsito y/o estacionamiento del público, en el acceso de vehículos de emergencias, en las actividades normales de los propietarios y en los trabajos de construcción de la Obra.
Atento con las distintas etapas de construcción que presenta una obra de esta naturaleza, lo aquí planteado deberá ser respetado en cada una de ellas.
5.2 Mantenimiento de Accesos
El CONTRATISTA deberá coordinar las obras de manera tal de interrumpir lo menos posible la circulación pública, ya sea vehicular o peatonal.
Cuando resulte necesario atravesar, cerrar u obstruir caminos, calles, rutas o autopistas, ya sean públicas o privadas, el CONTRATISTA deberá proveer y mantener desvíos alternativos que garanticen la circulación del tránsito público y privado. Los mismos deberán contar con una conveniente señalización, la cual se deberá ajustar como mínimo a los requerimientos del presente pliego y/o a las exigencias de la Autoridad Pública Competente.
Si resultase necesaria la clausura de caminos por parte del CONTRATISTA para el normal desarrollo de los trabajos, éste deberá proveer y mantener accesos alternativos para las personas que residan en la zona o para aquellas que tengan actividad comercial en la misma.
Si el CONTRATISTA escogiera utilizar los caminos de tierra existentes como accesos a la zona de obras deberá garantizar el mantenimiento de los mismos con el fin de permitir su uso por terceros. La transitabilidad de dichos accesos estará determinada para aquellos vehículos que habitualmente circulan por los mismos y no por los afectados a las obras. Finalizadas las obras deberán ser reacondicionados convenientemente.
En este caso, se permitirán clausuras, las que deberán ajustarse a las ordenanzas vigentes, o en su defecto serán de hasta cuatro (4) horas. Sólo podrán efectuarse cierres de un plazo de tiempo mayor, contando con la autorización de la Autoridad Pública Competente, si se notifica de los mismos a los potenciales afectados, con una semana de antelación, a fin de no producir molestias indebidas.
En cuanto a las medidas a adoptar referidas a señalización e iluminación será de aplicación lo indicado en el numeral 5.5.
En los caminos de uso público el CONTRATISTA no podrá estacionar tanto en forma transitoria como permanente, bajo ninguna circunstancia, vehículos, maquinaria ni equipos, como así tampoco efectuar acopio de ningún tipo de material. En zonas urbanas y suburbanas y una vez agotadas otras instancias, en el caso que resultare necesario estacionar en vía pública en forma transitoria vehículos, maquinaria y equipos, se deberá contar con la autorización pertinente emanada de la Autoridad Pública Competente. En estos casos se deberán adoptar las medidas de señalización e iluminación requeridas en las normativas vigentes que resulten de aplicación y lo indicado en el numeral 5.5.
5.3 Afectación de Areas de Cultivo o Pastoreo
El CONTRATISTA deberá elaborar un programa de trabajos tal que la construcción de la Obra no interfiera con los sistemas de riego de tierras cultivadas o con los campos destinados a pastoreo.
En el caso que las obras deban realizarse durante la temporada de riego, el CONTRATISTA deberá prever la construcción de canales de riego temporarios, compuertas de derivación y las diversas estructuras que sean requeridas por los propietarios afectados.
El CONTRATISTA deberá preservar el acceso en forma ininterrumpida del ganado a través de las distintas áreas de campo, así como no interrumpir el acceso en fracciones de campo utilizadas para el pastoreo.
Deberá mantener permanentemente los cercos existentes para restringir el desplazamiento del ganado y cuidar que las tranqueras permanezcan cerradas y seguras.
Deberán reducirse al mínimo los cortes de alambrados y cercos, los que deberán ser reparados y dejados en perfectas condiciones cada vez que sean afectados mientras dure la ejecución de las obras y hasta la finalización de las mismas.
Antes de cortar el cerco para instalar en los accesos tranqueras provisorias, el CONTRATISTA dispondrá terminales dobles tipo esquinero a cada lado de la abertura, para que el cerco quede con sus alambres totalmente tensados. Las tranqueras provisorias permanecerán cerradas con candado de llave maestra, de la cual tan sólo dispondrán el Propietario, el Contratista y la Inspección de Obras.
Todos los daños causados por no cumplir con este requisito como, por ejemplo, la pérdida o dispersión de ganado y/o daños sufridos por estos, serán de total responsabilidad del CONTRATISTA.
La cantidad de alambres, tipo y calidad serán, como mínimo, de características similares a las del cerco existente.
Se preverá también la provisión y montaje de tranqueras definitivas, a instalar en sitios a definir por la Inspección de Obra, debiéndose contar con la conformidad del propietario del inmueble.
Las tranqueras serán pintadas totalmente, de un color a definir por la Inspección de Obra. La estructura de madera llevará una mano de pintura imprimante y dos, como mínimo, de esmalte sintético y los herrajes, una mano de antióxido y dos de esmalte.
Las partes enterradas llevarán, además, una protección con pintura asfáltica.
5.4 Afectación de Servicios Públicos
Será responsabilidad del CONTRATISTA mantener permanentemente en servicio todas las cañerías conductoras de combustible y gas, las líneas de energía subterráneas, los cables de telecomunicaciones, los acueductos y cañerías maestras, las cañerías de riego, cloacales, los postes y las líneas de energía eléctrica aéreas, y todo otro servicio afectado por la Obra o en su defecto construir otros sistemas de provisión que satisfagan los requerimientos de los prestatarios de los servicios afectados.
Cuando la ejecución de la Obra requiera la remoción o relocalización permanente o temporaria de un servicio existente, quedará a cargo del CONTRATISTA la responsabilidad de coordinar todas las actividades con los prestatarios de dicho servicio y efectuar todos los trabajos a su entera satisfacción.
Cuando las operaciones del CONTRATISTA deban desarrollarse en áreas adyacentes o cercanas a instalaciones de servicios tales como gas, teléfonos, televisión, energía eléctrica, agua, cloacas o sistemas de riego, y existiese la posibilidad de que dichas operaciones puedan provocar daños o inconvenientes, el CONTRATISTA deberá suspender sus trabajos hasta haber tomado los recaudos necesarios para protegerlas.
Las válvulas de los servicios sanitarios, sistemas hidrantes contra incendio y bocas de registro de los distintos servicios deberán ser mantenidas por el CONTRATISTA libres de obstrucciones y disponibles para ser utilizadas en cualquier momento.
5.5 Señalización e Iluminación
El CONTRATISTA deberá adoptar conforme a lo exigido por las normativas vigentes todas las medidas necesarias a fin de impedir el ingreso de personal no autorizado a las áreas de construcción y a los caminos, calles y corredores afectados y, de acuerdo con lo requerido, garantizar la seguridad pública y la seguridad de los empleados del CONTRATISTA, la de otros empleados, de otros contratistas y la de terceros que puedan resultar afectados por la Obra.
Asimismo, será responsabilidad del CONTRATISTA proteger las instalaciones existentes y las propiedades adyacentes de cualquier daño potencial.
Los vallados deberán ser ubicados en forma tal de permitir el acceso de los propietarios de los inmuebles directamente afectados por la Obra.
El CONTRATISTA deberá asegurar la correcta protección con vallados efectivos y señalamiento precaucional adecuado que garanticen la total seguridad de quienes circulen por calles, caminos, rutas, autopistas y cualquier otra vía pública en la que haya resultado imprescindible su cierre total o parcial al tránsito.
Deberán ubicarse señalizaciones en las intersecciones de la vía pública más próximas, sobre ambos lados del área bloqueada.
El CONTRATISTA deberá garantizar la debida iluminación de los vallados y de las obstrucciones con luces precaucionales.
Las mismas deberán permanecer encendidas desde el atardecer hasta el amanecer y en todo momento en que, por fenómenos meteorológicos tales como lluvia, niebla, etc., resulte reducida la visibilidad.
Las luces precaucionales deberán ajustarse a normas de diseño eléctrico apropiadas y estar posicionadas en estructuras fijas, de forma tal de garantizar su correcta visibilidad en cualquier condición meteorológica.
5.6 Peso de los Equipos
Una buena medida para la preservación del suelo consiste en evitar la compactación del terreno en todas las áreas que no requieran un mantenimiento a largo plazo para el acceso a la línea y a las torres, excepto en aquellas superficies destinadas a caminos de uso público.
Fuera de los caminos de acceso, que requieren un tratamiento especial de mantenimiento a largo plazo, no deberán utilizarse equipos de un peso mayor a las 6,50 t/m² (equivalente a una topadora CAT D7), excepto en aquellas áreas que posteriormente serán restauradas, devolviéndolas a su estado original.

6.0.) HALLAZGO DE PIEZAS ARQUEOLOGICAS, PALEONTOLOGICAS Y/O HISTORICAS

6.1 Generalidades
El COMITENTE podrá ordenar al CONTRATISTA la paralización de las Obra en el lugar afectado si, a su criterio, la pieza se extendiera más allá de la porción de terreno afectada "prima facie".
Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá efectuar un estudio complementario específico, con el asesoramiento de un especialista en la materia, del contenido en el Estudio de Impacto Ambiental, el cual debió permitir disponer anticipadamente de información respecto de las áreas potencialmente más sensitivas.
El CONTRATISTA deberá regirse por las normativas vigentes sobre el particular, caso contrario deberá ajustarse a las recomendaciones que a continuación se indican.
6.2 Protección de Piezas Halladas
El CONTRATISTA deberá asegurar la protección de las piezas con cubiertas y/o defensas hasta que sea notificado de la orden de reiniciar la Obra.
Las piezas halladas deberán ser cubiertas con un film plástico, el que podrá ser afirmado al suelo con tierra, rocas o cualquier otro elemento de peso que se ubique en los extremos del mismo, cuidando de no apoyarlo sobre las piezas. De acuerdo con el tipo de hallazgo, podría ser necesario efectuar un relleno adicional para asegurar la debida protección de una estructura en ruinas, o para prevenir cualquier tipo de derrumbe, rellenando los espacios vacíos con material de relleno, el que se ubicará suelto en la parte lateral externa del film.
De ser necesario, deberá tableestacarse o apuntalarse la estructura hallada para protegerla adecuadamente. Deberá construirse un vallado temporario para evitar el acceso al lugar de personas no autorizadas.
6.3 Extracción de los Hallazgos
La Inspección de Obra establecerá el destino de los hallazgos, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, quedando entendido que el CONTRATISTA no podrá remover ni extraer o apoderarse de ninguno de dichos objetos, considerando que, en todos los casos, son propiedad del Estado o del COMITENTE, según corresponda.
Si el COMITENTE decidiera extraer la pieza, el CONTRATISTA deberá proveer el asesoramiento especializado, el equipamiento, la mano de obra y los materiales necesarios para posibilitar su extracción, preservando los restos de cualquier daño.
En el caso de piezas de porte el CONTRATISTA deberá proveer los medios apropiados para su traslado al lugar que indicare el COMITENTE.
6.4 Tiempos de Trabajo y su Compensación
El contrato podrá sufrir demoras en lo que respecta al cumplimiento de los plazos parciales con motivo de la orden de paralización de los trabajos, como consecuencia de la eventual ocurrencia de las situaciones descriptas en esta sección, por lo que se le reconocerán las pertinentes ampliaciones de plazo en dicho frente de trabajo.

7.0.) ESPECIES DE FLORA Y FAUNA CON PROBLEMAS DE CONSERVACION

7.1 Estudios de Campo Requeridos
El CONTRATISTA deberá llevar a cabo todos los procedimientos necesarios tendientes a preservar la flora y fauna local de cualquier impacto negativo que pudiera alterar su hábitat.
El CONTRATISTA deberá contar con un profesional en Biología que esté familiarizado con los aspectos biogeográficos, comunidades nativas, así como las especies que se encuentran amenazadas y/o en peligro de extinción y las propias del lugar para intervenir en el desarrollo del diseño final de la línea de transmisión.
Para la identificación del estado de conservación de las especies se deberá tener en cuenta la normativa vigente (Disposición Nº 144-Ministerio de Economía, Agricultura y Ganadería, Recalificación del Estado de Conservación de la Fauna Silvestre Argentina, Región Patagónica, Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano) así como el Libro Rojo - Mamíferos y Aves Amenazadas de la Argentina (Fucema - AOP - SAREM).
Se deberán cumplimentar las medidas que se detallan a continuación con el fin de evitar y/o minimizar impactos perjudiciales para las especies más sensibles.
Efectuar un examen sobrevolando a baja altura la traza de la línea. En base a dicho relevamiento aéreo y a los planos aerofotogramétricos disponibles, realizar una caracterización biológica a lo largo del trazado de la línea.
En base a las referencias que se obtengan en materia de hábitats de las especies animales y vegetales, sus preferencias, distribución geográfica y la caracterización descripta en el punto anterior, identificar las poblaciones de especies amenazadas, vulnerables y/o en peligro de extinción que pudieran encontrarse en el recorrido de la línea, como así también de las que puedan ser afectadas por su desarrollo.
Identificar mediante revisiones bibliográficas y visitas de campo las áreas donde se verifique la presencia de especies sensibles, es decir, aquellas susceptibles de sufrir un impacto negativo de importancia.
Detallar la diversidad de especies de la zona en estudio y los eventuales impactos de la línea de transmisión sobre sus poblaciones.
Evaluar la significación del impacto potencial que pudiera provocar la construcción, operación y mantenimiento de la línea de transmisión sobre las poblaciones de dichas especies. Se pondrá especial atención sobre aquellas especies cuyo rango de distribución actual se encuentra limitado por modificación del hábitat.
Proponer soluciones viables para eliminar y/o minimizar los posibles impactos negativos para las especies sensibles identificadas en los pasos precedentes. La redefinición de la traza de la línea y/o de los caminos de acceso se considera una estrategia apropiada, desviándola hacia zonas que no constituyan hábitats naturales de las especies autóctonas. Asimismo, las actividades de construcción pueden programarse de forma tal que no coincidan con momentos críticos en sus hábitos estacionales, tales como los períodos de búsqueda y construcción de nidos, de desove o de cría.
7.2 Métodos de Protección de Dichas Especies
El CONTRATISTA deberá tomar las precauciones prudentes y necesarias para proteger a las especies naturales de la flora y fauna autóctonas, así como de especies vegetales implantadas con valor paisajístico y de aquellas, tanto de la flora como de la fauna, con valor económico para los habitantes del lugar.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá notificar al COMITENTE en el caso que los trabajos de construcción a llevar a cabo pusieran en peligro a las especies con problemas de conservación o a sus hábitats naturales.
Como consecuencia de lo indicado precedentemente, el CONTRATISTA deberá demarcar las áreas reconocidas como hábitats naturales de las especies antes citadas, previo al inicio de las actividades de construcción.
El COMITENTE podrá demarcar toda otra región considerada como hábitat natural de especies en peligro que recién se conocieran durante la construcción.
Estas actividades deberán ser debidamente contempladas por el CONTRATISTA al momento de la formulación de su oferta, no pudiendo ser motivo de requerimientos de adicionales y/o prórrogas de ninguna índole.
7.3 Migración de aves
El CONTRATISTA deberá:
Identificar en la traza de la línea las áreas potenciales donde sea dable esperar impactos negativos respecto de las poblaciones de aves.
Efectuar estudios de patrones de vuelo de las aves y su relación con la línea, especialmente en la época de cortejo y reproducción.
Demostrar de un modo objetivo el impacto esperado considerando las variables ambientales correspondientes y las poblaciones que resultarían afectadas. Deberá ponerse especial atención en las especies que presenten problemas de conservación o que muestren especialización en sus hábitats, sin perjuicio de aquellas que no reúnan las anteriores características.
Proponer soluciones para evitar los impactos negativos. Como ejemplo de una estrategia adecuada podría considerarse la redefinición del trazado de la línea en los sitios identificados como críticos, o diferir las tareas de construcción de modo que las mismas se desarrollen fuera de los períodos de nidificación y cría. Si las soluciones propuestas resultaran técnicamente impracticables se deberá proponer medidas para minimizar y/o mitigar el impacto. Dichas propuestas deberán resultar acordes a la ingeniería del proyecto y no competitivas visualmente con el paisaje circundante.

8.0.) CONTROLES DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS+

8.1 Control de la Contaminación del Aire
El CONTRATISTA deberá arbitrar los medios a fin de minimizar la contaminación del aire como consecuencia de la ejecución de los trabajos de construcción.
El CONTRATISTA deberá realizar las tareas de vuelco y traslado a destino de tierra, piedras y escombros cuidando de provocar la menor cantidad de polvo que sea posible. Deberá evitarse el traslado de este impacto a los cursos de agua.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá realizar algún tipo de tratamiento para prevenir el levantamiento de polvo en aquellas calles, caminos y desvíos no pavimentados que se encuentren dentro de los 100 metros de zonas residenciales, o bien rociarlos con agua en forma periódica, durante el período de afectación de las mismas.
Todos los equipos utilizados por el CONTRATISTA deberán ser monitoreados y revisados con frecuencia con el fin de asegurar una eliminación de gases desde sus conductos de escape que no exceda los límites impuestos por las normas que rigen en la materia y/o las que determine el COMITENTE, con el fin de evitar la contaminación del aire.
En las plantas de prearmado y de hormigón, en los casos en que se ubiquen dentro de los límites del proyecto, deberán emplearse técnicas que garanticen una polución controlada.
8.2 Control de los Cursos de Agua
El CONTRATISTA deberá mantener los cursos de agua, diques, alcantarillas, drenajes naturales y/o desagües permanentemente libres de todo tipo de obstrucción, tales como residuos de limpieza, materiales de construcción y/o escombros.
En la medida que resulte posible, el CONTRATISTA no alterará los drenajes originales de los cursos de agua.
Cuando resulte necesario efectuar trabajos en los cursos de agua, el CONTRATISTA deberá cuidar de no incrementar la turbiedad del agua y de no producir daños en las especies acuáticas.La turbiedad del agua no podrá exceder un 10% del nivel de turbiedad natural, considerada como tal previo al inicio de las obras, salvo que el COMITENTE preste su conformidad, aprobando un porcentaje superior.
No podrán realizarse trabajos con equipos operando en cursos de agua, salvo que estén expresamente autorizados por el COMITENTE. Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá extremar los recaudos a los efectos de no provocar impactos de ningún tipo.
El CONTRATISTA deberá impedir todo derrame y/o vuelco combustibles, residuos y/o sustancias volátiles tales como petróleo, aceites, sustancias químicas, diluyentes y/o cualquier otro producto contaminante en los desagües pluviales o sanitarios, o cursos de agua o lagunas, etc.
El CONTRATISTA no podrá extraer la vegetación existente en las márgenes del curso de agua sin la autorización del COMITENTE.
Queda expresamente prohibida la disposición de residuos sólidos y semisólidos en todos los cursos de agua.
8.3 Control de la Contaminación del Suelo
Todos los equipos y vehículos utilizados por el CONTRATISTA deberán ser monitoreados y revisados con el fin de asegurar la inexistencia de pérdidas de combustibles y/o lubricantes.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá adoptar los resguardos pertinentes para evitar derrames de combustibles y/o lubricantes.
La carga de combustible y el cambio de lubricantes deberá efectuarse en los lugares habilitados en los obradores para tal fin, no estando permitido efectuarlo sobre el terreno natural.
En el caso que resultase imprescindible efectuar carga de combustible y recambio de lubricantes y filtros de equipamiento afectado específicamente a algún frente de trabajo, dicha actividad deberá realizarse en lugares habilitados para tal fin, debiéndose garantizar que no se afectará en lo más mínimo al terreno natural como asimismo la permanente limpieza de los mismos.
Estas situaciones, se deberán plantear una vez agotadas todas las instancias y serán consideradas como excepcionales, requiriendo por tal motivo, la aprobación previa del COMITENTE.
8.4 Control de Erosiones, Derrumbes y Prevención de Crecientes
El CONTRATISTA deberá hacerse cargo de la provisión, operación y mantenimiento de las instalaciones necesarias para controlar posibles erosiones y derrumbes y para proteger a la Obra y a las instalaciones existentes de crecientes que pudieran producirse durante el período de construcción.
El CONTRATISTA deberá diseñar y construir instalaciones para defensa de márgenes a fin de controlar la erosión, utilizando procedimientos y técnicas experimentadas que garanticen los resguardos pertinentes en la preservación del medio ambiente.
8.5 Control de Ruidos
Los niveles de ruido deberán ajustarse a las normativas vigentes.
En áreas residenciales se deberá programar las actividades de forma tal de efectuar las mismas en horario laboral normal.
Se deberán adoptar los resguardos pertinentes con el fin de garantizar que los equipos que se utilicen cuenten con sistemas de control de sonido no menos efectivos que los provistos por sus fabricantes. Asimismo se deberán efectuar los controles periódicos de verificación que corresponda a fin de asegurar su correcto funcionamiento.
Deberá, en todos los casos, cumplimentarse las normativas municipales vigentes en la materia, o en su defecto deberá respetarse la Norma IRAM 4602 Ruidos Molestos al vecindario,si se trata de zonas urbanizadas
En los casos de obradores o de frentes de trabajo próximos a inmuebles ocupados se contemplará:
Ubicación de los equipos en operación en un área lo más alejada posible de los inmuebles potencialmente sensibles a los impactos sonoros.
Se deberá notificar con la debida anticipación a los potenciales afectados cada vez que se prevea realizar actividades extremadamente ruidosas.

9.0.) DISPOSICION DE RESIDUOS

9.1 Distintos Tipos de Disposición
Los requerimientos generales para la disposición de residuos son:

a) Se deberán utilizar exclusivamente lo lugares habilitados a tal fin para efectuar la disposición de cualquier material desechable.
b) La disposición no deberá generar peligro de ningún tipo por contaminación y/o incendios, ni obstaculizar ni bloquear la operatoria del lugar, aún si el material fuera movido o alterado.

A continuación se describen las clases de disposiciones de los residuos sólidos durante la etapa constructiva, efectuándose el análisis de los efluentes líquidos serán en el rubro Obradores.

DESCRIPCION

CLASE DE DISPOSICION

Residuos generados por el constructor

Utilización, incineración o remoción

Remanentes de construcciones y escombros

Incineración o remoción

Follajes, ramas y malezas inferiores a 0,08 m de diámetro y de 0,90 m de longitud

Utilización, incineración o remoción

Residuos existentes en la zona

Utilización, incineración o remoción de residuos superiores a 0,15 m de diámetro y de 2,40 m de longitud

Todos los materiales de desecho existentes y/o generados durante la construcción serán removidos en forma diaria para su posterior disposición, o incinerados en los lugares aprobados para su disposición.
Bajo ninguna circunstancia se deberán enterrar o incinerar residuos no biodegradables.
El CONTRATISTA deberá proveer contenedores apropiados para la recolección y disposición de materiales de desechos, escombros y residuos en general.
Será de responsabilidad del CONTRATISTA mantener permanentemente limpias las áreas de trabajo existentes, caminos, accesos, campamentos y obradores.

9.2 Incineración
La incineración se deberá efectuar en los lugares permitidos, en espacios descampados dentro de la franja de servidumbre. La ubicación para la incineración de materiales de desecho estará sujeta a la aprobación del COMITENTE.
Se deberán armar montículos con los materiales a incinerar a fin de reducir al mínimo el humo, los peligros de incendio y daños en el terreno, utilizando para su incineración métodos de práctica probados.
Se permitirá construir un cordón delimitando la zona excepto donde, en opinión del COMITENTE, resultase extremadamente peligroso por el riesgo de propagación del fuego.
Se deberán emplear tractores equipados con paletas horquilladas para desmonte para armar los montículos y los cordones, salvo en el caso en que esté prohibido el uso de equipo motorizado, en el que se hará a mano, con método de cabos y/o cables u otros métodos que preserven el suelo de los daños que puedan ser ocasionados por los materiales a incinerar.
El equipamiento contra incendio requerido deberá mantenerse próximo a las áreas utilizadas para la incineración.
Se deberán quebrar y cortar aquellos tocones y/o raíces de grandes dimensiones para facilitar su incineración.
Cuando se necesiten líneas de fuego, deberá despejarse de toda maleza y/o residuo una franja suficientemente ancha y segura. Luego, un ancho no inferior a los 0,90 metros deberá ser cortado hasta dejarlo libre de vegetación sobre el lado exterior de la línea despejada.
El CONTRATISTA deberá llevar un registro de estas operaciones. Asimismo deberá nominar a un representante ante el COMITENTE para recibir y transmitir todas las novedades e instrucciones, en materia de precauciones a tener en cuenta en trabajos vinculados con incineración y uso de fuego. Este representante deberá estar presente en todo momento que se esté efectuando una incineración, y cada vez que así lo requiera el COMITENTE.

10.0.) RESTAURACION DE LAS AREAS UTILIZADAS PARA LA OBRA

10.1 Generalidades
El CONTRATISTA devolverá, a la Recepción Definitiva de la Obra, todos los terrenos desafectados restaurados a las condiciones originales en que los recibió.
El CONTRATISTA deberá renivelar, preparar la superficie y rellenar los caminos, las áreas de construcción y todas las otras áreas alteradas y no requeridas para la operación y mantenimiento del emprendimiento.
Este trabajo consistirá, especialmente, en la colocación de relleno y fertilizantes, de acuerdo con estas especificaciones, en las áreas descriptas en los planos o designadas por el COMITENTE.
10.2 Requerimientos
El CONTRATISTA deberá proponer en áreas urbanas y suburbanas el tipo de semillas a utilizar y el programa a desarrollar, los que deberán ser aprobados por el COMITENTE.
En las afectaciones de áreas cultivadas los procedimientos de restauración deberán contar con la previa conformidad de los propietarios.
En los casos de necesidad que el CONTRATISTA deba recurrir a especies con características particulares, las mismas deberán resultar equivalentes o superiores a las aprobadas, debiendo el COMITENTE autorizar cualquier excepción al respecto.
El CONTRATISTA deberá proponer las especificaciones de las variedades de semillas y las proporciones necesarias para la dosificación que se requiera.
El fertilizante deberá ser un producto de tipo inorgánico aprobado para su comercialización.
En estos casos el CONTRATISTA, indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta, complementando el Plan de Gestión Ambiental, con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental que garantice que no se generarán impactos negativos de ningún tipo. El mismo deberá estar elaborado por un profesional idóneo en la materia.
10.3 Metodología
Los trabajos de siembra serán llevados a cabo sólo en los períodos de clima favorable. La siembra no deberá realizarse antes o durante un clima muy cálido o seco, salvo contando con una autorización expresa del COMITENTE. Asimismo, ninguna tarea deberá realizarse durante un clima extremadamente ventoso, o cuando la tierra se encuentre excesivamente húmeda o fangosa.
No más de cinco (5) días antes de la siembra de las semillas, la tierra deberá ser preparada removiéndola hasta una profundidad no inferior a 0,05 metros. El arado deberá practicarse en forma longitudinal en todos los declives. De resultar necesario, el terreno arado deberá ser compactado y/o consolidado.
Los restos de malezas existentes y pequeñas malezas, deberán ser cortadas y parcialmente incorporadas en el suelo durante los trabajos de preparación del arado. Toda otra vegetación que crezca interponiéndose a la siembra deberá ser extraída.
La incorporación de estos restos vegetales dependerá de las condiciones climáticas, edafológicas y de la calidad del material aportado.
Su incorporación será positiva cuando las condiciones mencionadas favorezcan una rápida descomposición. La situación ideal se plantea en climas relativamente lluviosos, no excesivamente fríos y suelos no muy ácidos, constituyendo un abono.
Por el contrario, cuanto más secos y fríos sean los climas y más ácido el pH del suelo, será más lenta la descomposición produciéndose un desequilibrio en la relación C/N con un efecto final desfavorable para la evolución del terreno.
Se deberán extremar los cuidados a fin de no dañar aquellos árboles y/o plantas que deban ser protegidas.
El fertilizante deberá ser uniformemente aplicado mediante el método de aspersión al vuelo, en forma manual, gota a gota, o bien mediante otros métodos aceptados en todas las áreas sembradas.
Las semillas deberán ser plantadas a una profundidad del orden de los 0,06 á 0,19 metros.
En áreas inaccesibles a un equipo sembrador, la siembra deberá realizarse mediante el método de aspersión al vuelo. Las semillas arrojadas al voleo deberán ser rastrilladas.

11.0.) REPOSICION DE MASA FORESTAL

11.1 Generalidades
El CONTRATISTA deberá, a la Recepción Definitiva de la Obra, entregar los terrenos en los cuales hubiese efectuado reposición de masa forestal perfectamente acondicionados.
En el llamado a licitación el COMITENTE determinará dichas áreas, o en su defecto, en el caso de que el CONTRATISTA proponga el desarrollo de alternativas al proyecto básico, deberá ser contemplado en dichos estudios cuando el llamado así lo determine, las cuales, indefectiblemente deberán ser aprobadas por el COMITENTE.
En el caso que la Inspección de Obra considere que los terrenos utilizados no se hallasen en condiciones aceptables, determinará los trabajos necesarios que deberán realizarse. En caso de negativa o demora por parte del CONTRATISTA, el reacondicionamiento será ejecutado por terceros, con cargo a aquél.
En lo referente a la afectación de la flora el CONTRATISTA, durante las diferentes etapas del proyecto, deberá tener presente que existirá riesgo de grave transformación ecológica negativa cuando se plantee alguna de las siguientes circunstancias:
Destrucción parcial o eliminación de ejemplares de especies protegidas o en vías de extinción.
Destrucción o alteración negativa de valores singulares botánicos y paisajísticos.
Afectaciones que, por localización o ámbito temporal, dificulten o impidan la nidificación o la reproducción de especies protegidas o de interés para la zona.
Regresión previsible en calidad de valores edafológicos cuya recuperación no se producirá en el mediano plazo.
Afectaciones que puedan provocar procesos erosivos incontrolables o que produzcan pérdidas de suelo superiores a las admisibles en relación a su capacidad de regeneración.
Afectaciones que alteren paisajes naturales o artificiales de valor tradicionalmente arraigado.
Empleo de especies no incluidas en las escalas sucesionales naturales de la vegetación correspondiente al área a repoblar.
Afectaciones que impliquen una notable disminución de diversidad biológica.
11.2 Requerimientos
El CONTRATISTA deberá proponer el tipo de especies a utilizar y el programa a desarrollar, los que deberán ser aprobados por el COMITENTE.
En los casos de necesidad que el CONTRATISTA deba recurrir a especies con características particulares, las mismas deberán resultar equivalentes o superiores a las aprobadas, debiendo el COMITENTE autorizar cualquier excepción al respecto.
El fertilizante deberá ser un producto de tipo inorgánico aprobado para su comercialización.
Deberá prestarse especial atención cuando la reposición deba efectuarse en suelos que no hayan estado sensiblemente cubiertos por árboles de las mismas especies que se pretende introducir, como así también cuando se intente realizar sobre terrenos descampados en los últimos diez años debido al potencial riesgo de graves transformaciones ecológicas negativas.
En todos los casos el CONTRATISTA, indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental que garantice que no se generarán impactos negativos de ningún tipo. El mismo deberá estar elaborado por un profesional idóneo en la materia.
11.3 Metodología
Para este punto resultan de aplicación las recomendaciones que correspondan contenidas en el numeral 10.3.
Efectuada la elección de las especies a implantar debe considerarse que dentro de una misma especie la diferencia de forma, desarrollo y crecimiento de los distintos individuos en iguales condiciones depende de los genotipos, por lo que debe utilizarse plantas procedentes de semillas de árboles seleccionados considerando sus potenciales hereditarias y su adaptación al medio. La estabilidad de la vegetación repuesta dependerá de las especies elegidas y de su procedencia.
El material vegetal a ser utilizado debe ser de aquellos árboles que resulten genéticamente los mejor adaptados a cada situación que se plantee a fin de garantizar su adecuado desarrollo, la máxima productividad ecológica y su perdurabilidad. Su implantación puede mejorarse mediante la aplicación de técnicas que mejoren las condiciones del suelo y la cantidad de agua útil que reciba cada planta durante sus primeros años.
Deberá indicarse las siguientes características de los materiales de reproducción:
Naturaleza: plantas, semillas o parte de plantas
Especie, subespecie o variedad.
Región de procedencia
Procedencia de las semillas a emplear en cada especie y en cada área de reposición.
Origen de la semilla, si los árboles son poblaciones autóctonas o el lugar de donde proviene si es una población introducida.
Naturaleza del material de base si es de huertos semilleros o masas forestales.
Años de madurez para las semillas.
Duración de la fase en vivero, como semillero o como planta transplantada.
Las afectaciones sobre la vegetación existente en las zonas de reposición se circunscribirán a las áreas donde no se establezca una competencia entre las especies implantadas y las naturales por el espacio, el agua, el suelo y los nutrientes, que hagan fracasar la reforestación. En el caso que entre la vegetación natural hubiese especies que por su calidad biológica o rareza sean consideradas conservables, deberán ser excluidas de cualquier tipo de afectación. Las afectaciones sobre la vegetación deberán ser cuidadosamente estudiadas y justificadas considerando las funciones de producción, protección y de control que la misma realice.
En los casos en que corresponda deberá procederse a la sistematización del terreno mediante la aplicación de técnicas suficientemente experimentadas ajustadas a preceptos ambientales.
La estructura de los plantines no deberá ser alterada, razón por la cual los hoyos deberán tener dimensiones suficientes para recibir a los mismos en buenas condiciones. Si es a raíz desnuda, la misma no deberá llegar al fondo del hoyo. Si es con envase no biodegradable, deberá quitarse el mismo con precaución a fin de no dañar el sistema radical y evitar que se caiga el sustrato que lo rodea. La cobertura con tierra vegetal no deberá superar el cuello de la raíz.

12.0.) CAMPAMENTOS TEMPORARIOS Y OBRADORES

12.1 Criterios para su Ubicación
Preferentemente, los campamentos y obradores deberán ser ubicados dentro o en las adyacencias de los asentamientos o poblaciones que puedan proveer los servicios que se detallan en el numeral 12.2.
Las obras no deberán provocar ningún tipo de impacto ambiental perjudicial.
Dichos lugares deberán ser aprobados por la autoridad local y/o el COMITENTE, previo a su utilización.
Los campamentos deberán estar en un terreno alto, que permita un buen drenaje, no estar expuestos a inundaciones y estar limpios de residuos sólidos.
12.2 Servicios a Proveer a Dichos Campamentos y Obradores
El CONTRATISTA deberá asegurar la provisión de agua potable en los campamentos y obradores, la que deberá reunir condiciones aptas para su consumo como bebida y cocción de alimentos, así como para lavado y aseo.
Las cantidades suministradas deberán ser suficientes para permitir el lavado de la ropa de trabajo del personal dos veces a la semana y para su baño personal diario.
Los baños deberán disponer de duchas, lavatorios, mingitorios e inodoros acordes con las necesidades del personal. Asimismo, deberán implementarse las medidas pertinentes para la cobertura de tales necesidades en los frentes de trabajo tanto permanentes como transitorios.
Cuando los frentes de obra se hallen alejados de los servicios sanitarios fijos deberá proveerse servicios sanitarios de tipo desplazable, comúnmente denominados químicos, provistos de desinfectantes y cuyas características respondan a la de los primeros.
12.3 Controles para la Protección del Ambiente durante su utilización
El agua para consumo del personal, tanto en los obradores y campamentos como en los frentes de trabajo deberá ser potable, en condiciones, ubicación y temperatura adecuados.
En los frentes de obra donde el agua potable no pueda ser suministrada por red, será provista mediante grifos de depósitos móviles cerrados de material inoxidable no tóxico, de cierre hermético y de fácil limpieza. Bajo ninguna circunstancia dichos grifos serán utilizados con otro fin que el del consumo humano. Asimismo, el agua para uso industrial deberá ser claramente identificada para evitar su ingesta.
El agua potable deberá reunir las condiciones de calidad impuestas por las Autoridades Públicas Sanitarias Competentes o, en su defecto por el COMITENTE.
Deberán efectuarse análisis físico-químicos y bacteriológicos al comienzo de la actividad, bacteriológicos semestralmente y físico-químicos anualmente.
La disposición de efluentes en los lugares donde se hallan habilitados servicios locales deberán ser autorizada por las Autoridades Públicas Competentes, debiendo el CONTRATISTA proveer y mantener las conexiones temporarias al sistema de colección existente.
En aquellas áreas en las que no existan servicios locales habilitados, el CONTRATISTA deberá establecer sistemas de disposición de efluentes separados, domésticos y sanitarios en general.
Los sistemas no podrán permitir la descarga directa de ningún efluente sin tratar a ningún curso de agua, dentro o fuera de la franja de servidumbre. Los sistemas de disposición deberán estar ajustados a las normas impuestas en la materia por las Autoridades Públicas Competentes y/o por el COMITENTE y deberán tratar todo aquel efluente líquido que se genere, debiendo en consecuencia, estar dimensionados para la condición de máxima ocupación de los mismos.
El CONTRATISTA estará obligado a mantener las condiciones generales de limpieza y pulcritud de los campamentos temporarios y permanentes.
En tal sentido deberá proveer un sistema para la colección, almacenamiento y disposición de residuos sólidos de los campamentos.
El CONTRATISTA deberá proveer contenedores de gran durabilidad para la colección y almacenamiento de residuos sólidos en el lugar. Dichos contenedores deberán estar provistos de un cierre hermético y deberán asegurar la imposibilidad del acceso de roedores en su interior.
Los residuos sólidos deberán ser extraídos del lugar, como mínimo, dos veces por semana y sus contenedores deberán ser ubicados en forma tal de evitar la emanación de olores en lugares próximos a áreas residenciales.
La disposición de los residuos sólidos no deberá efectuarse dejándolos en el lugar en forma permanente, a diferencia de los residuos sólidos provenientes de la cocción de vegetales, la que podrá efectuarse en excavaciones realizadas en el lugar a los fines de su disposición final. La profundidad de dichos pozos no deberá aproximarse a más de 0,25 metros del nivel de las napas freáticas (medidos durante el período en que los campamentos se encuentren en uso), y deberán ser cubiertos después de su uso con no menos de 0,50 metros de tierra limpia.
Todo otro tipo de residuo sólido deberá ser colectado, almacenado y transportado hacia las áreas aprobadas por las autoridades locales para su disposición final en contenedores cerrados.
El CONTRATISTA proveerá los sistemas pluviales necesarios para la colección y disposición del agua de lluvia y de direccionar los desagües de la zona de obras hacia el sistema de desagües pluviales local, en el caso de existir, luego de asegurarse de haber librado al efluente de sedimentos mediante lagunas diseñadas a tales fines. Dichas instalaciones deberán retener el curso de agua durante un lapso de aproximadamente 10 minutos, o durante el tiempo que requieran las autoridades locales y/o la Inspección de Obra.
12.4 Restauración del Area
El área utilizada por los campamentos y obradores, una vez finalizados los trabajos, deberá ser restaurada, a satisfacción de los propietarios de las tierras y/o del COMITENTE. En ningún caso podrán abandonarse en el lugar residuos sólidos de ninguna especie.

13.0.) HIGIENE Y SEGURIDAD
El CONTRATISTA deberá cumplimentar todos los requerimientos ambientales establecidos en el Decreto N° 911, del 5 de agosto de 1996, mediante el cual se actualizó la reglamentación de la Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo N° 19.587 mediante el dictado del Reglamento de Higiene y Seguridad anexo al mismo.

14.0.) AREA RESPONSABLE DEL AMBIENTE
El CONTRATISTA deberá contar en su plantel en obra con un Area Ambiental. La misma estará a cargo de un profesional, de reconocida experiencia en la materia, cuya función será la de coordinar todas las actividades específicas, así como la supervisión, implementación de las medidas correctivas que corresponda, monitoreo, seguimiento de los eventuales impactos y de mantener la relación en la temática ambiental con el COMITENTE. Su dependencia jerárquica en el plantel del CONTRATISTA será directa del Director del Proyecto.
El Plantel profesional, con reconocida y probada experiencia en las áreas a su cargo, deberá cubrir, como mínimo, las siguientes disciplinas, ajustado a las necesidades de cada proyecto y a las exigencias particulares que para los mismos establezca el COMITENTE:
profesionales en Biología dedicados a la conservación y manejo de fauna
profesionales en Biología o Ingeniería Agronómica dedicados a la flora
profesionales especializados en saneamiento (residuos sólidos y líquidos).
La asignación temporal del mismo estará condicionada a las necesidades propias de cada obra.
El plantel profesional y la asignación temporal del mismo deberá ser propuesto por el CONTRATISTA y deberá ser indefectiblemente aprobado por el COMITENTE:
Este plantel deberá contar con oficinas en los obradores y movilidades propias.
El CONTRATISTA no podrá comenzar las obras mientras no cuente con la aprobación del Plan de Gestión Ambiental por parte del COMITENTE y las autorizaciones que correspondan otorgadas por las Autoridades Públicas Competentes.
Asimismo, será responsabilidad de este Area la elaboración de los informes de avance mensual respecto del cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental, como la de suministrar toda aquella información ambiental que requiera el COMITENTE.
Será de incumbencia del Area de Medio Ambiente:
Informar y capacitar al personal sobre los comportamientos a desarrollar ante la problemática ambiental.
La implementación y control de las medidas de protección ambiental.
La elaboración de los planes de contingencias y las normativas y reglamentaciones ambientales aplicables a las actividades y a los lugares de trabajo.
Los mismos deberán contemplar las situaciones de emergencia (incendios, derrames, inundaciones, etc.) que puedan ocurrir y que tengan consecuencias ambientales significativas.
Asignar responsabilidades específicas al personal en relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de mitigación.
Programar y encarar la difusión de las actividades ambientales al personal y a la comunidad interesada.

15.0.) COMUNICACIÓN AMBIENTAL
La política de comunicación que se implemente con respecto al medio ambiente se debe fundamentar en la realidad de una serie de actuaciones acordes con lo que se reflejará posteriormente mediante la aplicación de técnicas de convencimiento a través de la seriedad, el diálogo y la información.
Una adecuada comunicación ambiental permitirá eliminar temores consecuentes del emprendimiento y evitar situaciones de crisis y, en el caso de corresponder encararlas en forma apropiada.
Los aspectos que deben tenerse en cuenta son:
Aspectos sociales (historial)
Aspectos técnicos (implicancias ambientales)
Aspectos históricos (antecedentes sobre impactos anteriores)
Factor social (aceptabilidad de la población)
Factor técnico (viabilidad técnica del proyecto)
Compromisos y limitaciones externas (ideologías, grupos de presión)
Factor económico (viabilidad económica de las alternativa)
Sensibilidad simbólica del lugar
Factor ecológico ( impactos ambientales y medidas correctoras)
Respecto al público involucrado lo primero que debe conocerse es con quien se va a tratar para asegurar que la comunicación estará totalmente adaptada al mismo, motivo por el cual deberá efectuarse un relevamiento a fin de detectar quienes pueden llegar a influir sobre los objetivos propuestos y cual es su grado de influencia.
Esto permitirá plantear adecuadamente los criterios que deben ser tenidos en cuenta en la elaboración de los planes y medidas de gestión, que tendrán como objetivo:
Evitar la activación o potenciación de conflictos en el seno de las comunidades que pudieran resultar de impactos sobre la situación preexistente de conflictos o de los impactos sobre otras esferas de la vida de las comunidades que pudieran incidir en el panorama de conflictos de la región.
Evitar la potenciación de conflictos entre la comunidad y el proyecto.
Frente a situaciones de conflicto deberá contemplarse:
No tomar partido a favor de alguno de los agentes en conflicto. La gestión se debe basar en el compromiso de evitar, mitigar o compensar por los impactos causados por el proyecto y no en la toma de partido de ningún tipo, evitando que el proyecto sea un agente adicional de la confrontación.
La comunidad debe ser el único interlocutor. En este caso se entenderá por comunidad al grupo social que comparte el hecho de ser afectado por los impactos del proyecto.
Atento con lo expresado precedentemente deberá preverse, conforme a las necesidades de cada emprendimiento y de los requerimientos particulares formulados al respecto en el llamado a licitación el establecimiento de lugares de consulta y recepción de reclamos por parte del público involucrado. La recepción de dichas inquietudes deberá ser atendida por personal profesional especializado en la comunicación medioambiental, el cual dependerá de la respectiva área y contará con el soporte de la misma.

 

ANEXO I

TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA

TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS
La vegetación de la República Argentina se encuentra agrupada en territorios fitogeográficos, de acuerdo a sus afinidades florísticas.
En el territorio nacional se reconocen 16 provincias fitogeográficas. De ellas 12 corresponden a ambientes continentales, con 5 provincias caracterizadas por la presencia de formaciones arboladas y 5 con vegetación arbustiva.
Dichos territorios fitogeográficos se agrupan como sigue:

REGION

DOMINIO

PROVINCIA

Neotropical

Amazónico

Yungas

   

Paranaense

 

Chaqueño

Chaqueña

   

Espinal

   

Prepuna

   

Monte

   

Pampeana

 

Andino-Patagónico

Altoandina

   

Puneña

   

Patagónica

Antártica

Subantártico

Subantártica

   

Insular

 

Antártico

Antártica

Oceánico

Oceánico Tropical

Uruguayo- Bonaerense

 

Oceánico Magallánico

Oceánica Patagónica

   

Oceánica Fueguina

El tipo de vegetación predominante que puede encontrarse en las provincias fitogeográficas mencionadas se presenta en la siguiente tabla:

PROVINCIA

TIPO DE VEGETACIÓN

Yungas

Selva nublada

Paranaense

Selvas y sabanas

Chaqueña

Bosques xerófilos caducifolios, palmares, sabanas, pajonales, estepas halófilas, cardonales.

Espinal

Bosques xerófilos caducifolios, palmares, sabanas graminosas, estepas graminosas, estepas arbustivas.

Prepuna

Estepas arbustivas, cardonales, bosquecillos enanos, cojines de bromeliaceas

Monte

Estepas arbustivas xerófilas, sammófilas y halófilas, bosques marginales de mimosoideas o de sauces

Pampeana

Estepa o pseudoestepa de gramíneas

Altoandina

Estepas graminosas, estepas de camerófitos

Puneña

Estepa arbustiva

Patagónica

Estepa arbustiva, estepa de caméfitos, estepas herbáceas

Subantártica

Bosque caducifolio, bosque perennifolio

Se pueden reconocer 3 tipos de vegetación con predominancia de árboles:
Selva: vegetación densa por lo general con más de un estrato de árboles y abundancia de lianas y epífitas.
Bosque: vegetación arbórea generalmente uniestratificada, con escasas lianas y epífitos
Parque: bosquecillos de poca extensión alternando con vegetación herbácea.
Las estepas arbustivas se caracterizan por la presencia de arbustos bajos y esparcidos que dejan entre ellos grandes espacios de suelo desnudo.
Selva Paranaense: corresponde a un clima cálido y húmedo, con precipitaciones homogéneas durante el año que alcanzan entre 1.500 y 2.000mm de lluvia caída. Ocupa la mayor parte de la provincia de Misiones, continuándose hacia el sur a través de las selvas marginales mesopotámicas hasta la reserva provincial de Punta Lara, al norte de la ciudad de La Plata. Constituye una selva subtropical con un estrato superior compuesto por árboles de 20 a 30 m de altura con bastante consistencia, entre los que predominan el guatambú blanco y el laurel negro. En la provincia de Misiones se destaca al norte el palo rosa y al este el pino paraná. Se contabilizan más de cien especies arbóreas. Las tacuaras son frecuentes formando densos cañaverales y en determinados lugares se encuentran helechos arborescentes. De las especies de las palmeras se encuentran el pindó y el palmito. El Parque Nacional Iguazú constituye uno de los escenarios naturales más atractivos de esta selva.
Selva Tucumano-oranense o Yungas: corresponde a un clima cálido y húmedo con precipitaciones de 2.500 mm anuales, concentradas principalmente en primavera-verano y con heladas en invierno. Se ubica sobre los flancos orientales de montañas con formaciones vegetales asociadas a los diferentes pisos serranos. En las partes bajas se encuentran las selvas de palo blanco y palo amarillo o Selvas de Transición. La tipa y el pacará son las especies dominantes en ciertos puntos al sur de las provincias de Tucumán y Salta. Las Selvas Montanas, que se ubican entre los 550 m y los 1.600 m, son densas e impenetrables, siendo sus especies típicas el horco molle y el laurel de la falda y en algunos sectores el cedro salteño y el nogal. En la misma se ubican los Parques Nacionales Baritú, Calilegua y El Rey.
Bosques Montanos: se ubican por encima de las selvas montanas, en una franja entre los 1.200 m y los 2.500m. Presentan tres tipos de bosques según la especie predominante: los de pino de cerro, los de aliso del cerro y los de queñoa.
El Chaco: es un bosque subtropical semixerófilo que presenta distintas especies de quebrachos que forman un estrato superior, secundado por un inferior de algarrobos, mistol y espinillo. Las cactáceas son comunes, en particular en los lugares más degradados, con varias especies tales como el cardón. Se subdivide en el Chaco Oriental y en el Chaco Occidental o Semiárido. El Chaco Oriental es el más húmedo y predomina el bosque de quebracho colorado chaqueño alternando con bañados, cuencas fluviales con montes ribereños, pastizales y extensos palmares de palma negra. El Chaco Occidental presenta al quebracho colorado santiagueño como su más típico componente.
Bosques Andino-Patagónicos: Es una formación exclusiva del sur de la Argentina y Chile. Se extiende sobre relieves montañosos, con valles glaciares transversales, lagos y torrentes, a lo largo de la Cordillera austral y de la Cordillera de la costa, desde Neuquén hasta Tierra del Fuego e Isla de los Estados. Sus especies características son el pehuén, la lenga, el coihue, el ñire, el ciprés, el alerce y el arrayán, entre otros.
Espinal: Rodea al pastizal pampeano presentando condiciones climáticas variables, siendo las mismas cálidas y húmedas en Corrientes y Entre Ríos y templadas y secas en San Luis y La Pampa. Predominan las especies de algarrobo que forman un bosque xerófilo bajo. Son comunes el sombra de toro, el chañar y el molle. El ñandubay es ubicado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe. Los algarrobos blanco y negro son característicos en el centro del país, mientras que el caldén se halla presente en La Pampa y provincias vecinas.

 

 
Sitio desarrollado por el Ing. Néstor Adolfo BOTTA para RED PROTEGER®.
Enviar correo electrónico a webmaster@redproteger.com.ar con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.
Copyright © 2000-2012 RED PROTEGER®
Última modificación: 05 de abril de 2012