Resolución 546/1999
Ente Nacional Regulador de
la Electricidad
BUENOS AIRES, 21 DE ABRIL DE 1999
VISTO: El Expediente ENRE N° 3495/97 y la Resoluciones SE N°15/92,
N° 77/98 y N° 1725/98, y CONSIDERANDO: Que en las Resoluciones
citadas, se establecen las condiciones ambientales y los procedimientos
que deben cumplir los transportistas, a los fines de la autorización de
ampliaciones del sistema eléctrico nacional; Que la fase constructiva
de las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, es la que
potencialmente puede producir los mayores impactos ambientales
negativos; Que es conveniente fijar las pautas de procedimientos
ambientales a cumplir durante la construcción de las líneas, a los efectos
de facilitar la supervisión que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD debe efectuar en esa fase de la ampliación, Que el ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, contrató la elaboración de un
pliego de condiciones ambientales para la construcción de ampliaciones del
sistema de transporte de energía eléctrica, Que los agentes del MEM a
los que va dirigido el referido pliego, han sido consultados acerca del
proyecto que constituye el anexo técnico de la presente Resolución; Que
el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, esta
facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en
los artículos 56 incisos k) y s) y 63 inciso g ) de la ley 24065 y su
reglamentación contenida en el Decreto N° 1398 del 6 de agosto de
1992; Por ello :
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD RESUELVE:
Artículo 1º) Apruébanse los PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA, QUE UTILICEN TENSIONES DE 132 kV O SUPERIORES, que como anexo
forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2º) El solicitante de una ampliación del sistema de
transporte, que propicie la construcción de líneas que utilicen tensiones
de 132 kV o superiores bajo el procedimiento de concurso público, deberá
incluir en los documentos licitatorios de la obra, el anexo que se aprueba
en la presente Resolución.
Artículo 3º) Para el resto de las obras de ampliación del
sistema de transporte, requieran o no el otorgamiento del certificado de
conveniencia y necesidad pública y empleen tensiones de 132 kV o
superiores, el anexo a la presente Resolución, deberá ser tomado como
referencia a los efectos de fijar las pautas ambientales que deberán ser
tenidas en cuenta en la construcción de las líneas y elementos auxiliares;
Artículo 4º) Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ACTA N°
457
Daniel Muguerza, Vocal
Tercero.- Juan C. Derobertis, Vocal
Segundo.- Alberto E. Devoto Vicepresidente.
Procedimientos Ambientales para la construcción de instalaciones del
Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, que utilicen tensiones de 132
kV o superiores.
1.0) INTRODUCCION
1.1 Objetivos El objetivo de este documento es
el de garantizar que la construcción y operación de Sistemas de Transporte
de Energía Eléctrica ocasione el menor impacto ambiental posible, para lo
cual el CONTRATISTA deberá adoptar las medidas necesarias para cumplir con
los requerimientos de este ANEXO que forma parte del Pliego del llamado a
licitación. El CONTRATISTA deberá asumir las responsabilidades
inherentes a la preservación del medio ambiente, debiendo adoptar para
ello los debidos recaudos del caso, los cuales deberán ser tenidos en
cuenta al momento de la formulación de su propuesta
económica. 1.2 Definiciones
1.2.1. Evaluación de Impacto Ambiental Es el
procedimiento que tiene por objeto la identificación, predicción e
interpretación de los impactos ambientales que un proyecto puede producir,
así como la prevención, corrección y valoración de los mismos, el que debe
ser sometido a las autoridades competentes. 1.2.2 Indicador de
Impacto Ambiental Es el elemento o concepto asociado a un factor que
proporciona la medida de la magnitud del impacto, al menos en su aspecto
cualitativo y también, de ser posible, en el cuantitativo a los efectos de
la determinación de la calidad ambiental. 1.2.3 Proyecto Es
el documento que define o condiciona la localización y la realización de
planes y programas, la ejecución de construcciones o de otras
instalaciones y obras, así como otras intervenciones en el medio natural o
en el paisaje, incluidas las destinadas a la explotación de los recursos
naturales renovables y no renovables, y la ordenación
territorial. 1.2.4 Límites del Proyecto o Emplazamiento Se
entenderá por "límites del proyecto" al área en la que se desarrollarán
las Obras tanto temporarias como permanentes. 1.2.5 Area de
Influencia Comprende el área hasta donde deberán extenderse los
estudios ambientales. En tal sentido deberá contemplarse el ambiente que
interacciona con el proyecto, el cual es proveedor de oportunidades,
generador de condicionantes y receptor de efectos. 1.2.6 Franja
de Servidumbre Se denomina "franja de servidumbre" a la superficie de
terreno necesaria para construir, operar, conservar, mantener, reparar,
controlar y vigilar todo el sistema de instalaciones, cables, cámaras,
torres, columnas, aparatos y demás mecanismos destinados a transmitir,
transportar, transformar o distribuir energía eléctrica. La
constitución de servidumbre administrativa se regirá por la Ley Nacional
N° 19.552, el artículo 83 de la Ley Nacional N° 24.065 que modifica los
artículos 1, 9, 10 y 11 de la anterior y/o las respectivas leyes
provinciales que resultaren de aplicación. 1.2.7 Piquete Se
denomina piquete a la superficie de terreno, dentro de la franja de
servidumbre, afectada por la construcción de los soportes de la
línea. 1.2.8 Area Protegida Se entiende por "área protegida"
a la unidad de conservación reconocida como parque, reserva, refugio,
santuario o monumento natural, sujeta a un régimen especial de protección
definido por Autoridad Pública Competente. De acuerdo al Sistema
Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Argentina, se encuentran
definidas las siguientes categorías: Reserva Científica/Reserva Natural
Estricta: Parque Nacional o Parque Provincial: Monumento
Natural: Reserva Natural Manejada / Santuario de Fauna y
Flora: Paisaje Protegido: incluye paisajes seminaturales y culturales.
En esta categoría se pueden diferenciar dos tipos de áreas:
a) Areas aprovechadas por el hombre de manera
intensiva para esparcimiento y turismo. b) Paisajes que reflejan
manifestaciones culturales específicas (costumbres, técnicas de uso y
manejo de la tierra, organización social, infraestructura o construcciones
típicas) consecuentes de la interacción del hombre y la
naturaleza. Reserva de Recursos: Reserva Natural -
Cultural: Reserva de Uso Múltiple: Reserva de Biósfera: comprende
uno o más de los siguientes componentes:
a. Ejemplos representativos de biomasa
naturales b. Comunidades únicas o territorios con
características naturales no habituales de interés excepcional
a.1) Ejemplos de paisajes armónicos resultantes de
modalidades tradicionales de aprovechamiento de la tierra a.2)
Ecosistemas modificados o deteriorados que se pueden restituir a un
estado más natural
Sitio de Patrimonio Mundial (Natural): 1.2.9
Patrimonio Cultural Son los componentes del ambiente que tienen
significación estética, histórica, científica o social u otro valor
especial, tanto para las generaciones actuales como para las futuras y así
declaradas por acto administrativo de la autoridad de
aplicación. 1.2.10 Elementos que Obstaculizan la Ejecución de
las Obras Serán considerados "elementos que obstaculicen la ejecución
de las obras" aquellos materiales inapropiados o que provoquen
interferencias en su construcción, tales como todo resto de basura,
residuos y chatarra, vegetación u otros materiales orgánicos, tanto vivos
como muertos o deteriorados, así como la cubierta vegetal del
terreno. 1.2.11 Residuos Se entenderá por "residuos" a todos
los materiales de desecho no comercializables, tales como follajes, ramas,
malezas, tocones desraizados, partes de construcciones declaradas
desechables, escombros y otros elementos desechables orgánicos o
inorgánicos, ya sea en sus estados líquido, sólido, semisólido o
gaseoso. 1.2.12. Limpieza Se entenderá por "limpieza" la
remoción de los residuos que se extiendan y/o sobresalgan sobre la
superficie del terreno afectado por las obras. 1.2.13
Desmonte Se entenderá por "desmonte" la remoción de vegetación y otras
materias orgánicas, incluidas pajas, troncos enterrados, y raíces
superiores a 0,05 metros de espesor que se encuentren a una profundidad de
0,15 metros por debajo de la cota original del terreno. 1.2.14
Desmalezado Se entenderá por "desmalezado" la remoción de hierbas y
malezas de la superficie, sin escarbar más de 0,08 metros del manto de la
cubierta vegetal del terreno. 1.2.15 Rastrillado Se entenderá
por "rastrillado" la remoción del material suelto remanente tras los
trabajos de desmalezado del terreno.
1.3 Evaluación de Impacto Ambiental de la Etapa de
Construcción. Los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental para esta
etapa deberán ajustarse a los requerimientos de las Resoluciones de la
Secretaría de Energía N° 15 del 11 de septiembre de 1992 y N°77/98 del 18
de marzo de 1998 y en lo relacionado con los procedimientos a seguir ante
el ENRE, de la Resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad
N° 1725/98 del 8 de octubre de 1997 y de toda otra normativa que en el
futuro complemente y/o modifique a las mismas emanada de autoridad
Competente. El Plan de Gestión Ambiental que debe prepararse para esta
fase, forma parte de dicha evaluación y será de cumplimiento obligatorio
por parte del contratista. En este ítem se han incluido recomendaciones
a ser tenidas en cuenta en aquellos casos en que el llamado a licitación
contemplare la posibilidad de desarrollar trazados alternativos al
propuesto a los Oferentes, en cuyo caso EL CONTRATISTA deberá preparar y
someter a consideración del comitente y del ENRE, la Evaluación de Impacto
Ambiental del proyecto, considerando estas nuevas alternativas, resultando
por lo demás, de aplicación las normas anteriormente citadas. Si EL
CONTRATISTA es responsable de elaborar el diseño ejecutivo de la
ampliación, estas recomendaciones tienen el propósito de orientarlo sobre
el criterio con el que debe optimizar la solución técnica. A los
efectos de evaluar los posibles impactos ambientales es conveniente
discriminarlos en base a las causas que los originan. 1.4
Impactos Ambientales más Comunes en la Construcción de Líneas de Alta
Tensión. A continuación se describen las premisas básicas que deben ser
contempladas por el CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato.
Asimismo, serán de aplicación las normativas ambientales que corresponda
aplicar al proyecto, emanadas de Autoridad Pública Competente nacional,
provincial y/o municipal. En el caso que el oferente decida presentar
alternativas al trazado de la línea o a la ubicación de las instalaciones
complementarias, deberán efectuarse los correspondientes estudios de
impacto ambiental, los que se extenderán a una distancia mínima de 5
kilómetros a cada lado del eje de la traza alternativa y compararla con la
seleccionada en el pliego. Dichos estudios deberán ser realizados por
profesionales idóneos en la materia y su alcance deberá ajustarse a las
exigencias ambientales establecidas en las normativas vigentes. Las
presentes recomendaciones constituyen una orientación a tener en cuenta,
en cuanto a los alcances de los mismos. Si la encomienda del
CONTRATISTA es la elaboración del proyecto ejecutivo, deberá profundizar
la E.I.A. incorporada en el pliego, al nivel que especifica la normativa
vigente. Las presentes recomendaciones constituyen una orientación a
tener en cuenta, en cuanto a los alcances de estos estudios y en especial
para la elaboración del P.G.A. de la etapa constructiva.
1.4.1 Usos del Suelo Los impactos que se puedan
provocar en el terreno estarán directamente relacionados con la cantidad
de suelo afectado por la delimitación de la franja de servidumbre. La
selección del trazado debe contemplar la minimización de conflictos
relativos al uso de la tierra, tanto en el presente como en el
futuro. El trazado de una línea de transmisión que afecte una franja de
servidumbre ya existente siempre producirá un menor impacto que otro con
afectación total. Debe evitar los lugares que resulten ser un
patrimonio natural o cultural, las áreas protegidas, parques y lugares de
recreación de uso público en general. El diseño y los métodos
constructivos deben considerar los montes nativos por ser los exponentes
genuinos de la vegetación natural así como montes artificiales y
forestaciones con fines comerciales o paisajísticos que brindan sitios de
descanso, perchaje y nidificación a la avifauna nativa. Las áreas
destinadas a forestación, dentro de las posibilidades que presente el
proyecto, deben ser evitadas pudiendo tan sólo afectarse las forestaciones
menores cuya altura no afecte la línea. En áreas destinadas a la
agricultura, el impacto negativo es mayor en zonas de riego y/o de
cultivos, tales como siembra de granos, y se vuelve menor en áreas
utilizadas para el pastoreo de ganado. Cuando la traza afecte terrenos
cultivados, deberán adoptarse los resguardos pertinentes con el fin de
minimizar al máximo las perturbaciones a esta actividad. Una vez
concluidas las obras en estas áreas el terreno deberá ser restaurado y
vuelto a sus condiciones originales. El CONTRATISTA deberá tener muy en
cuenta, al seleccionar su metodología de montaje, que las franjas de
servidumbre, por lo general, requieren la construcción de caminos de
acceso. Si la afectación del terreno resulta considerable la recuperación
de la vegetación será lenta y, por tal motivo, deberán adoptarse los
resguardos del caso, tales como la compactación de las márgenes de los
cursos de agua. También deberá contemplarse que los impactos provocados
por la compactación del suelo de los caminos perdurarán por un largo
tiempo. Las restricciones al dominio que se establezcan dentro de la
franja de servidumbre, deben observar los criterios de seguridad pública y
operativas incorporadas en la Especificación Técnica N° T - 80 de la ex
Agua y Energía Eléctrica S.E. Las principales medidas tendientes a
minimizar la posibilidad de provocar impactos negativos en zonas agrícolas
y tierras húmedas son: utilizar equipos tractores apropiados y/o con
neumáticos, que no ejerzan una presión sobre el suelo superior a lo
estipulado en el numeral 5.6.limitar el área sujeta a alteraciones al
mínimo posible, diseñando caminos de acceso específicos con un ancho
inferior a los 6 metros.restaurar el área al término de la Obra,
removiendo el terreno. 1.4.2 Suelos y Geología El CONTRATISTA
deberá prestar atención a los siguientes aspectos: Si la construcción
se realiza en áreas con pendientes y superficies empinadas donde exista un
significativo riesgo de erosiones, el suelo puede desmoronarse. Otro
tipo de impacto negativo puede ser la compactación del suelo en áreas
agrícolas como consecuencia del uso de equipos pesados en la construcción
de las obras. Ambas situaciones pueden darse en la construcción de una
línea en una franja de servidumbre nueva, o expandida. No obstante, dichos
impactos negativos pueden ser minimizados con la práctica de medidas
mitigación apropiadas en su construcción. 1.4.3 Terrenos
Pantanosos y Anegadizos La construcción de fundaciones y caminos de
acceso puede afectar negativamente a los terrenos pantanosos, destruyendo
la flora y fauna acuática, así como los hábitats de las especies
silvestres del lugar, salvo que se adopten las medidas adecuadas. Deben
evitarse circulaciones innecesarias entre piquetes a los efectos de
minimizar los impactos sobre el suelo natural. Los efectos negativos a
largo plazo son causados, en general, por la compactación del suelo debido
al uso de equipos de construcción pesados, lo que provoca cambios en los
desagües naturales y, a veces, en los tipos de vegetación. No obstante,
las líneas de transmisión pueden, a menudo, atravesar y/o evitar
totalmente pequeños pantanos, con la consecuente eliminación del
impacto. En el caso de resultar necesario erigir estructuras en
terrenos húmedos y/o pantanosos el CONTRATISTA deberá utilizar equipos con
rodamientos especiales y/o adecuados (por ejemplo rolligom) para minimizar
el impacto. Si fuese indispensable, previa superación de otras
instancias, construir terraplenes para acceder a los piquetes, su ancho no
deberá exceder el del mínimo necesario para la circulación del equipo a
utilizar. Deberá garantizarse el libre escurrimiento de las aguas. Una vez
desafectado el terreno deberá ser restituido a sus condiciones
naturales. 1.4.4 Calidad de Agua y Preservación de la
Pesca La construcción de líneas debe evitar la afectación de las
orillas de los cursos de agua y la impactación de los humedales que
atraviesen. La limpieza y/o expansión de una franja de servidumbre
involucra en muchos casos movimientos de suelo. La acción erosiva de las
lluvias podrá provocar un incremento de la cantidad de sedimentos en los
cursos de agua, con el consecuente aumento de la turbidez y la disminución
de la penetración lumínica. Su efecto puede comprometer la productividad
primaria de los cuerpos de agua, limitando la productividad de
fitoplancton y el desarrollo de la vegetación sumergida. El uso de
herbicidas para el desmalezado del terreno podrá afectar el desarrollo de
la vegetación palustre y sumergida, comprometiendo el equilibrio de las
poblaciones y comunidades acuáticas animales que se desarrollan a expensas
de la vegetación acuática. De este modo, en el cuerpo de agua se
producirán cambios tanto en sus características físico - químicas como
sobre los numerosos recursos naturales que en él coexisten. La magnitud
de dichos efectos sobre los cursos de agua dependerá de la distancia a los
lugares donde se desarrollen las actividades. La variedad de peces que
los habitan dependen del régimen del cuerpo de agua, de la calidad de sus
aguas, de su temperatura, de las corrientes, de la estructura de sus
fondos y de la materia orgánica acumulada. Las modificaciones
introducidas, producto de las obras, pueden poner en riesgo a las
poblaciones de peces tanto de valor comercial como deportivo. Los
impactos negativos podrán evitarse con la implementación de medidas
preventivas, tales como la no obstaculización del curso natural, la
remoción inmediata de la vegetación cortada, adecuada aplicación de
herbicidas, entre otras. Para la utilización de productos agroquímicos
en terrenos próximos a cursos de agua resultará obligatoria la
intervención de un profesional con incumbencias en la
materia. 1.4.5 Vegetación y Vida Silvestre El CONTRATISTA
deberá tener en cuenta, en aquellos que la afectación de una nueva franja
de servidumbre y/o la expansión de una ya existente crean un impacto
negativo en la vegetación y en las especies de vida silvestre. Deberá
contemplarse que en aquellos casos en que se opte por expansiones de
franjas ya existentes, frente a la afectación de una nueva franja, el
impacto negativo resultante será en general menor. Al proyectar la
traza de una línea se deberá tener en cuenta que la composición específica
de las comunidades vegetales nativas y su fisonomía varían notablemente de
acuerdo a su ubicación geográfica y con la topografía del terreno. La
tala de árboles que por su altura puedan interferir de algún modo con la
seguridad e integridad de la línea y las prácticas de mantenimiento,
utilizando herbicidas específicos de corresponder, asegurarán que sólo
sobrevivirá la vegetación de baja altura. Para la tala de forestación
nativa, deberá proponerse, en función de las necesidades de la obra, los
límites de las areas a ser limpiadas. En virtud de lo expuesto se podrá
optar por una solución de compromiso entre la variante más ventajosa desde
el punto de vista constructivo y/u operativo y aquella que involucre
vegetación de bajo porte. Cabe señalar que no existen medidas de
mitigación posibles en lo referente a impactos sobre la vegetación. El
despeje de una franja de servidumbre para una nueva línea afectará los
hábitats naturales de las especies de la vida silvestre del lugar e
incrementará el acceso de cazadores. La expansión de franjas de
servidumbre existentes y/o la apertura de nuevas franjas afectarán los
hábitats naturales de las especies de fauna nativa. En el caso de que
involucren especies arbóreas, tanto nativas como forestales, determinará
un impacto negativo sobre aquellas especies faunísticas asociadas a dicha
vegetación. Antes de la tala, deberá verificarse la ausencia de dormideros
de colonia de aves. Las tareas desarrolladas durante las distintas
fases de la etapa constructiva provocarán el alejamiento de la fauna
silvestre hacia otros ambientes similares en forma temporaria, siempre y
cuando el ambiente no sea profundamente modificado. Respecto a las aves
las líneas de transmisión determinan impactos variados sobre sus
poblaciones. En áreas con escasa vegetación arbustiva y/o arbórea, las
torres de las líneas ofrecen nuevos sitios de nidificación y son
utilizadas por aves rapaces como puestos de avistaje de posibles
presas. Como efecto negativo debe indicarse las colisiones con los
conductores y cables de guardia. Las mismas están influenciadas por
factores de índole ingenieril, como el diseño, localización y orientación
de la línea, y aquellos de carácter biológico, como el comportamiento de
las distintas especies así como la topografía del terreno, las condiciones
meteorológicas y el uso del suelo. La colisión con los cables de guardia
es la causante más común de la mortalidad de aves en líneas de transmisión
de extra alta tensión. Los sistemas de señalización son efectivos. Su
efectividad varía entre el 57% y el 89%. Deben ser compatibilizados con
los aspectos visuales de la línea en general y en especial presentar
características compatibles con los espaciadores. La influencia
meteorológica solamente se puede mitigar considerando la altura de los
conductores y mejorando su visibilidad y la de las estructuras en
condiciones adversas. Debe tenerse en cuenta que las especies que tienden
a volar de noche o en condiciones de baja visibilidad tienen una mayor
probabilidad de colisión. Teniendo en cuenta las múltiples variables
comprendidas, que invalidan las generalizaciones al respecto, cada línea
merecerá un estudio particular en cuanto a este impacto se refiera, a
partir de la información elaborada en las fases de prefactibilidad,
factibilidad o de proyecto básico. 1.4.6 Recursos
Visuales Las líneas de transmisión ocasionan impacto sobre el paisaje,
pudiendo alterar un medio ambiente visual existente debido al agregado de
nuevos elementos visuales y/o modificando o eliminando recursos visuales
existentes. Los impactos visuales incluyen los cambios en los
escenarios analizados y la respuesta del observador a dichos cambios.La
respuesta del observador a dicho impacto será indefectiblemente subjetiva,
no obstante lo cual, usualmente muestra una gama de consensos. El
cambio que provoca una línea de transmisión sobre el recurso visual puede
ser objetivamente mensurado. Las líneas de alta tensión, por lo
general, presentan los siguientes elementos
visuales: conductores cables de guardia torres caminos de
acceso franja de servidumbre Los cuatro primeros se agregan a los
escenarios existentes mientras que el último puede modificar o eliminar
recursos visuales. Los efectos visuales adversos podrán ser percibidos
aún a una distancia de algunos kilómetros de la línea. El impacto
visual de un sistema de transmisión puede ser minimizado, pero no anulado,
adoptando medidas que permitan mimetizar la obra en el paisaje y/o
escenario que la rodea. Las medidas a adoptar deben contemplar: diseño
esbelto y ágil de las estructuras tratar de disimular la línea en el
paisaje aprovechando desniveles, arboledas, obstáculos naturales o
artificiales, etc.alejar el trazado de áreas pobladas, caminos, en
aquellos casos que no se utilicen total o parcialmente franjas de
servidumbre existentes, y de los lugares que suele frecuentar el público,
a fin de reducir en forma significativa el tamaño percibido.reducir la
reflexión de las estructuras y de los conductores.en los casos en que se
utilicen marcadores, como protectores del impactos sobre las aves, los
mismos deberán presentar características y colores similares a la de los
espaciadores con el objeto de no incrementar significativamente el impacto
visual.en el caso que se deba atravesar lugares de interés histórico,
parques o áreas de recreación se deberá ocultar la línea de la vista del
público preservando los rasgos característicos del lugar.en los casos de
áreas de interés paisajístico deberán evitarse los trazados en la cercanía
de autopistas o rutas nacionales y/o provinciales.en áreas pintorescas o
residenciales la limpieza de la franja de servidumbre deberá limitarse a
aquellos materiales que constituyan un peligro para la línea. Así también,
en caso de corresponder y previa realización de los estudios pertinentes,
ejecutar todas las acciones necesarias para mitigar el impacto.se buscará
evitar la visual de tramos de largo desarrollo cruzando autopistas y rutas
nacionales y/o provinciales en áreas boscosas, valles, cañones y laderas.
En tales casos deberá contemplarse la ejecución de quiebres en los cruces,
ocultando el trazado con vegetación natural o aprovechar obstáculos
naturales o artificiales existentes.los tocones ubicados en áreas a la
vista del público deberán ser removidos o cortados al ras del suelo. En
el Estudio de Impacto Ambiental que debe presentar el CONTRATISTA se
deberá aplicar la metodología propuesta por la Resolución SE N° 77/98 a
los efectos de mensurar objetivamente los impactos provocados sobre
paisajes, vistas significativas, escenarios panorámicos y/o recursos
visuales de interés para la comunidad, sin perjuicio de la utilización de
otras metodologías o herramientas de reconocida eficacia a estos
fines. 1.4.7 Recursos Culturales La construcción de las obras
pueden afectar recursos culturales que se encuentren bajo la superficie
del terreno, tales como piezas históricas, arqueológicas o paleontológicas
o podrán interferir la vista de componentes ambientales integrantes de los
patrimonios naturales o culturales del área. Ante tal situación deberán
adoptarse los resguardos del caso a fin de evitar o minimizar el posible
impacto, evitando la afectación de las áreas que pudiesen resultar
sensibles o en su defecto, cumplimentando las recomendaciones contenidas
en el numeral 6.0 Hallazgo de Piezas Arqueológicas, Paleontológicas y/o
Históricas. 1.4.8 Calidad del Aire y Nivel de Ruidos La
construcción de la línea de transmisión podrá afectar perjudicialmente la
calidad del aire debido al polvo producido por las obras en los caminos de
acceso. Las prácticas adecuadas, de uso corriente en construcciones,
podrán evitar este problema. La operación de maquinaria con motores a
combustión interna generan emisiones de contaminantes gaseosos al aire,
fundamentalmente constituidos por CO, SO2 y NOX. En tal sentido deberán
efectuarse los controles pertinentes a fin de asegurar que las emisiones
se ajusten a las normativas vigentes. Cuando la línea de transmisión
esté operando, producirá ruido. El ancho de la franja de servidumbre debe
asegurar reducir el nivel de ruido a los valores establecidos en la
Resolución SE N° 77/98. El efecto corona puede causar algunas
interferencias eléctricas en los hogares y comercios de la zona. En tal
sentido deberán adoptarse los resguardos pertinentes, con el fin de que,
en aquellos casos en que pudieran producirse estos efectos, se desarrollen
las pertinentes acciones para su mitigación, y se respeten las normas
vigentes. 1.4.9 Salud y Seguridad Estos efectos no se
manifiestan durante la construcción de la línea sino en la fase operativa
e incluyen a los shocks eléctricos y la posibilidad de efectos a largo
plazo, debido a la exposición a la radiación electromagnética. Los
impactos provocados por shocks eléctricos serán mitigados mediante la
construcción de la línea respetando las normas vigentes en materia de
seguridad, que especifican la distancia mínima permitida entre la línea y
el suelo, u otros objetos, a fin de minimizar riesgo. El ancho de la
franja de servidumbre garantizará dos hechos fundamentales que hacen a la
preservación ambiental, en el ancho libre de infraestructuras:
a) Los campos de radiación eléctrica y de radiación
magnética en el extremo de la franja prevista a ambos lados del eje de la
traza que debe estar libre de edificaciones no deberán exceder los valores
establecidos en la Resolución SE N° 77/98. b) El nivel audible
de ruido no deberá exceder el nivel establecido en la Res. SE N° 77/98,
durante períodos de lluvia, en la franja prevista a ambos lados del eje de
la traza que debe estar libre de edificaciones.
Los campos magnéticos se pueden reducir teniendo en cuenta
las siguientes recomendaciones: Ubicación de transformadores a la
intemperie Desdoblamiento de fases Inversión de fases Tendidos
sobre estructuras tipo delta Elevar la altura de las estructuras de
soporte Instalar cables suplementarios con corrientes protectoras que
anulen los campos generados Puestas a tierras adecuadas para disminuir
la resistencia al máximo. Se deberá seccionar y/o poner a tierra las
cercas, alambrados y cañerías metálicas, maquinaria rural, silos,
mecanismos elevadores y sistemas de riego ubicados en las proximidades de
la línea (Norma IRAM 2281-1990 y Norma ANSI/IEEE Standard 80-1986). La
Organización Mundial de la Salud recomienda aprovechar el efecto pantalla
de la vegetación y de la topografía, que son amortiguadores de las
tensiones electromagnéticas, como protección del personal operativo, al
medio ambiente y a la población ubicada en sus inmediaciones. Un
aspecto a tener en cuenta en cuanto a la seguridad es el hecho de que los
sistemas de transmisión pueden interrumpir la trayectoria de vuelo de los
aviones cerca de los aeropuertos y poner en peligro las aeronaves que
vuelan muy bajo, especialmente las que se emplean para
fumigación. 1.4.10 Aspectos Sociales Los aspectos sociales
constituyen un fenómeno complejo, cuyo análisis requiere del estudio
simultáneo e interrelacionado de las dimensiones socioeconómica,
sociocultural y sociopolítica. Desde esta perspectiva, ninguna de estas
dimensiones, analizada de manera aislada, puede dar cuenta del fenómeno
social total o puede sentar las bases para la gestión social con las
comunidades que resulten impactadas por la construcción y operación de un
proyecto eléctrico. Deberá contemplarse que durante la construcción de
las obras se incrementará en forma puntual la población en las áreas
rurales a lo largo de la traza. Asimismo, deberá tenerse en cuenta que
los caminos de servicio aumentarán la posibilidad de acceder a terrenos
privados, por lo que deberán contemplarse los intereses de aquellos que
resultaren pasibles de ser afectados. Las líneas de transmisión pueden
inducir asentamientos en la franja de servidumbre y en su entorno, o en
las tierras que se tornen más accesibles. En lugares donde escasea la
vivienda la franja de servidumbre constituye un sitio atractivo para la
construcción de viviendas precarias que, a su vez, provoca otros impactos
ambientales, y en áreas urbanas, sobrecarga la infraestructura y los
servicios públicos locales. La traza que se adopte debe evitar, dentro
de las posibilidades, la afectación de áreas pobladas o en su defecto
adoptar las acciones necesarias para mitigar los impactos que se pudieran
llegar a provocar.
2.0.) ELABORACION DEL PROYECTO EJECUTIVO El proceso de
elaboración del proyecto ejecutivo, que es el corolario de estudios
previos (prefactibilidad y anteproyecto o proyecto básico) que deben
contemplar la dimensión ambiental, si bien resulta de corta duración y
con desarrollo centrado principalmente en gabinete, contiene elementos de
impacto ambiental a considerar. Requiere la ejecución de trabajos de
campo tales como topografía y sondeos geotécnicos que involucran
afectaciones negativas, temporarias y localizadas. Por otro lado, implica
el ajuste definitivo de los procedimientos constructivos, los cuales se
deberán ejecutar con criterios satisfactoriamente experimentados, tanto a
nivel local como internacional, que permitan cumplimentar todas las
exigencias y/o normativas ambientales, adoptando aquellos que provoquen el
menor impacto posible. Estos criterios deberán ajustarse ante las
eventuales modificaciones que pudieran plantearse durante la ejecución
del emprendimiento. Será de fundamental importancia que los profesionales
ambientales trabajen conjuntamente con los ingenieros de proyecto
integrando un único equipo multidisciplinario. En el caso que deba
modificarse en parte la traza deberán efectuarse los pertinentes
estudios, analizando como mínimo tres variantes, teniendo en cuenta que
los aspectos fundamentales son en el orden indicado: impactos
ambientales aspectos económicos en las distintas etapas de desarrollo del
proyecto Una vez evaluados estos aspectos, y una vez aprobados por el
COMITENTE, previa o posterior intervención de la Autoridad Pública
Competente, en caso de corresponder, se procederá a la ejecución del
proyecto definitivo de la alternativa seleccionada. En tal sentido la
metodología para la ejecución de las obras deberá contemplar todos los
aspectos ambientales exigidos. La secuencia de tareas deberá ser
programada de forma tal de lograr en los plazos previstos contractualmente
una continuidad en la ejecución de los trabajos a fin de provocar el
menor impacto posible. Un aspecto de particular importancia es el de
encarar la ejecución de las tareas evitando concentraciones innecesarias
de mano de obra y equipos y la reiteración de actividades
injustificadamente. En esta etapa resultará de cumplimiento
obligatorio, antes de dar inicio a cualquier actividad de campo, el
gestionar los permisos de paso y construcción, para una vez obtenidos los
mismos iniciar la constitución de servidumbre sobre la franja afectada.
Resultará de vital importancia no generar conflictos injustificados con
los propietarios a los efectos de no comprometer innecesariamente al
proyecto. En tal sentido deberá tenerse en cuenta las recomendaciones
indicadas en los numerales 1.4.10 Aspectos Sociales y 15.0 Comunicación
Medioambiental.
3.0.) EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS
3.1 Generalidades La preparación de los
emplazamientos (piquetes, áreas destinadas a estaciones transformadoras,
caminos de acceso temporarios y definitivos, obradores y campamentos,
etc.) deberá efectuarse una vez que se hayan adoptado las medidas
necesarias para prevenir erosiones y/o desmoronamientos. Se deberán
limitar las áreas expuestas a erosiones y/o derrumbes durante la
instalación de defensas temporarias a una distancia máxima que abarque un
radio no menor de 150 metros de las mismas. Se deberá limpiar,
desmontar y rastrillar y/o apisonar, según la ubicación geográfica del
proyecto, las áreas que resulten necesarias para las instalaciones propias
o de terceros y para la disposición de residuos dentro de los límites
especificados. No deberá efectuarse ni dañarse a aquella vegetación que
no resulte necesario remover. En aquellas áreas de construcción en la
que no se requiera limpieza, la vegetación existente no deberá ser
afectada, toda vez que sea posible y las curvas de nivel originales
deberán ser mantenidas sin alteraciones. En áreas dedicadas a la
agricultura en donde resulte necesario nivelar el terreno, las
plantaciones removidas deberán ser almacenadas en pilas para su retiro
posterior. Después de la construcción, deberán ser reemplazadas y el suelo
nivelado a su cota original. El CONTRATISTA estará a cargo de la
construcción, operación y mantenimiento de endicados provisorios, canales,
canales de drenaje, sumideros, bombas y todo otro tipo de obras
temporarias de protección y/o derivación. Asimismo, será
responsabilidad del CONTRATISTA la provisión de materiales, la
instalación, la operación y el mantenimiento de los sistemas de bombeo
necesarios y la provisión de todo otro equipamiento requerido para
preservar el medio ambiente al efectuar la remoción y posterior
disposición de aguas, desde las distintas partes de la Obra.
Especialmente, se deberán mantener en todo momento las fundaciones y demás
partes de la Obra libres de agua, conforme con los requerimientos de las
Especificaciones Técnicas del Pliego. 3.2 Consideraciones Acerca
de la Protección del Ambiente Las líneas de transmisión y sus obras
conexas deberán atravesar los campos adoptando todos los resguardos para
preservar el medio ambiente en aquellas áreas más sensibles al impacto
ambiental, por lo que deberán tomarse medidas especiales a fin de evitar
inconvenientes en este aspecto. Para este tipo de áreas, se deberán
adoptar procedimientos de limpieza específicos y se incluirá el marcado de
árboles en forma individual para su protección. Estas áreas podrán
incluir recursos naturales tales como vida silvestre, vegetación y cursos
de agua, recursos culturales y sociales, tales como patrimonio cultural,
actividades de los residentes, y paisajes naturales, tanto originales como
desarrollados por el hombre. 3.3 Tratamiento de Areas de
Cultivos y Plantaciones El CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas
que resulten necesarias con el objeto de evitar, y de no ser posible,
minimizar los impactos en áreas de cultivo y plantaciones. Una adecuada
programación de ejecución de las obras permitirá contemplar las épocas de
cultivo y de cosecha y/o recolección como así también la de no interferir
con las actividades de desarrollo habitual en las citadas áreas. El
CONTRATISTA deberá encarar, a su cargo, todas aquellas acciones
correctivas que deban ejecutarse en dichas áreas como ser: remoción y/o
poda de árboles, arbustos, estructuras u otras obstrucciones.
4.0.) FRANJA DE SERVIDUMBRE
4.1 Delimitación La delimitación de la franja de
servidumbre se debe efectuar en la etapa de análisis y evaluación
preliminar de la factibilidad técnica, económica y ambiental del
proyecto. La Reglamentación sobre líneas aéreas exteriores de la
Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) y la Especificación Técnica N°
T-80 de Agua y Energía Eléctrica fijan las prescripciones fundamentales
que se deben observar en el proyecto y en la construcción de líneas
eléctricas, los criterios de cálculo de la franja de servidumbre y las
distancias mínimas a las edificaciones. Como ejemplo, para líneas de
500 kV en zona rural resulta una franja de servidumbre de un ancho del
orden de los 100,00 (cien) metros. Dentro de esta franja, la existencia de
viviendas, deberán ser excluidas en un ancho de 42 (cuarenta y dos) metros
aproximadamente, a ambos lados del eje de la línea. En los cortes
transversales (Plano Nº ENRE/1 y N° ENRE/2) de la franja de servidumbre
incorporados como ejemplos orientativos para una línea de 500 y de 132 kV
respectivamente, se aprecia que la norma ha contemplado la permanencia de
plantaciones, arbustos y árboles bajos que no excedan un altura de 3,40
metros en el centro de la franja de servidumbre. Asimismo, se permite un
incremento gradual de sus alturas en el desplazamiento hacia los extremos
de la franja de servidumbre. En áreas rurales las delimitaciones
efectuadas dentro de la franja de servidumbre por la Especificación
Técnica T-80 permiten reducir sustancialmente los trabajos de limpieza del
terreno, con la consecuente minimización y/o supresión total de los
posibles impactos ambientales vinculados con el desmalezado y desmonte del
terreno, peligro de erosiones del suelo, afectación de paisajes naturales
y alteraciones en los hábitats naturales de la flora y fauna
autóctona. 4.2 Limpieza y Mantenimiento El CONTRATISTA tendrá
la obligación de mantener, en la medida en que lo permitan las obras, toda
la cobertura vegetal existente y los suelos en las condiciones
naturales. Para la elección del momento en que se efectuará la limpieza
de la franja de servidumbre y el método a utilizar deberá tenerse en
cuenta aspectos tales como la estabilidad del suelo, la protección de la
vegetación natural y de los recursos naturales existentes. En casos
extremos en que deba afectarse forestaciones en las cuales haya dormideros
de colonias de aves la limpieza no deberá efectuarse en las épocas de
cortejo y reproducción. La remoción de la vegetación que resulte
indispensable afectar por la ejecución de los trabajos deberá ser
previamente autorizada por la Inspección de Obra. El CONTRATISTA será
responsable de toda remoción o destrucción de árboles o arbustos, y deberá
reponer a su costo la vegetación dañada como consecuencia de trabajos
ejecutados en forma inadecuada o inconsulta, o por acciones de su
personal. El CONTRATISTA deberá despejar la zona de seguridad y franjas
adyacentes de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el
llamado y lo consignado en este Pliego. A tal efecto, procederá a la
tala o poda de árboles, arbustos, malezas, etc., conforme con las
restricciones indicadas, previa autorización del COMITENTE. En la
franja de servidumbre, se derribarán sólo aquellos árboles y arbustos
altos que excedan las especificaciones detalladas en los Planos Nº ENRE/1
y ENRE/2, o los que indique el Pliego del llamado sobre el particular
conforme las características del emprendimiento. Específicamente, no serán
removidos los árboles o arbustos de una altura menor a 3,40 metros y
normalmente su altura de crecimiento no supera ese porte, excepto que
resulte imprescindible en áreas afectadas por la construcción de
estructuras. Los ejemplares que deban talarse, se lo hará a una altura
máxima equivalente al diámetro del tronco, o a 0,30 metros, a la altura
que resulte inferior, medida desde la superficie del suelo. Se talarán los
arbustos, cuando sea necesario, hasta una altura máxima de 0,30 metros o
debajo de su rama más baja, a la altura que resulte inferior. No se
utilizarán de apoyo ni se torcerán. Los árboles de rebrote rápido
(álamos, eucaliptos, paraísos, etc.) deberán destroncarse hasta una altura
de 0,30 metros y tratarse con productos de uso autorizado por autoridad
sanitaria competente que impidan su crecimiento dentro de una franja de 30
m a cada lado del eje de la línea. En las áreas afectadas por la
construcción de estructuras la altura máxima de los tocones será de 0,15
metros sobre el nivel del suelo. Los tocones de más de 0,50 metros de
diámetro que deban ser retirados deberán ser trozados antes de ser
removidos. Los tocones ubicados en zonas a la vista del público deberán
ser cortados al ras del suelo o removidos. En la zona de tránsito
vehicular (de ancho aproximado de 6 metros) no deberán quedar troncos,
raíces, etc. hasta una profundidad no inferior a los 0,50 metros. La
cantidad de árboles y arbustos a cortar será el mínimo necesario para
permitir el acceso a la Obra y garantizar las operaciones de montaje y
funcionamiento de la línea. En las zonas de cultivos se deberán acordar
con la Inspección de Obras los límites de cortes a realizar. Se tendrá
especial cuidado en preservar toda la vegetación, tal como árboles,
arbustos, hierbas, malezas y cultivos sobre o adyacente a la franja de
servidumbre que no interfieran razonablemente con la ejecución del
trabajo. No será permitida la remoción de la cobertura natural del
terreno o cualquier otra perturbación innecesaria. El CONTRATISTA
deberá tener especial cuidado para evitar la erosión eólica y/o hídrica en
la franja de servidumbre y deberá proponer las metodologías de trabajo a
desarrollar y tendrá bajo su responsabilidad el tipo de acceso a piquetes,
siendo de su exclusiva competencia las erosiones producidas y su
remediación. En las áreas de cultivos intensivos, el CONTRATISTA deberá
tomar el máximo de precauciones compatibles con las condiciones de
distancias eléctricas, y empleará métodos de trabajo que produzcan el
mínimo de daños posibles en los cultivos o plantaciones. En general,
los árboles de montes naturales talados cuya madera pueda ser utilizada,
serán desgajados y los troncos colocados en forma ordenada en la orilla de
la franja de servidumbre. En montes artificiales, los troncos se
cortarán apropiadamente, conforme con lo acordado con los propietarios
afectados, y se depositarán fuera de la franja o donde el mismo indique
dentro del predio. En estos casos el destino final dependerá de su
aceptación por parte del propietario. Los despojos, incluidos los tocones,
no serán quemados en el sitio, debiendo el CONTRATISTA proceder de
inmediato a su retiro de la zona. El destino final de los mismos, es de
exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, para lo cual deberá tenerlo en
cuenta en su cotización. El CONTRATISTA no podrá, en ningún caso,
operar equipamiento o remover vegetación fuera de la franja de servidumbre
delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del propietario
y del COMITENTE. Hasta la Recepción Provisoria de la Obra, el
CONTRATISTA deberá permanentemente mantener el lugar de operación libre de
obstáculos y desperdicios de materiales o basura de todo tipo y retirar
todo material sobrante o instalaciones temporales tan pronto como su uso
no sea ya necesario para el montaje. El CONTRATISTA tomará a su cargo
los reclamos e indemnizaciones que pudieran corresponder provenientes del
incorrecto despeje de la franja de servidumbre. Los otros reclamos
motivados por daños directos evitables que se ocasionen en la propiedad
por motivo de la ejecución de la Obra, dentro o fuera de la franja de
servidumbre, que razonablemente, a juicio del COMITENTE, pudieran haberse
evitado, correrán por cuenta y cargo del CONTRATISTA. Los acuerdos
particulares que el CONTRATISTA pudiera llegar a contraer con los
propietarios no lo exime del cumplimiento de las normativas ambientales
exigidas en el presente Pliego, no pudiendo ser argumentados como
justificativo de ningún tipo de incumplimiento, debiendo encarar, por su
cuenta y cargo, toda acción correctiva que requiera en tal sentido el
COMITENTE. 4.3 Tratamiento de Tocones El rebrote de los
tocones de aquellas especies que pudieran constituir un riesgo dentro de
la franja de servidumbre deberá ser tratado con un herbicida aprobado y de
uso autorizado, especialmente en las inmediaciones de áreas públicas de
suministro de agua, por Autoridad Pública Competente. Será necesario
contar con una autorización escrita del COMITENTE para poder utilizar
cualquier herbicida. Su aplicación se efectuará con métodos de tipo
manual. Se deberán seguir todas las instrucciones de uso que contenga
el envase del herbicida. Se deberá adicionar tintura al herbicida a fin de
detectar fácilmente los tocones que ya han sido tratados con el producto.
Este tratamiento deberá efectuarse el mismo día en que se realice la
tala. Se deberá evitar la tala de árboles y su tratamiento en días de
lluvias fuertes y continuas, a fin de evitar el lavado del
herbicida. Se deberá efectuar un triple lavado de los recipientes con
agua fría. Se podrá utilizar el agua del lavado en la mezcla del
herbicida. La disposición final de los recipientes deberá realizarse en
los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes del
medio ambiente. 4.4 Remoción de los Restos del Desmonte Los
restos del desmonte ejemplares de acuerdo con estas especificaciones
pasarán a ser de propiedad del CONTRATISTA, salvo indicación en
contrario. Los mismos, deberán ser removidos de la franja de
servidumbre hasta una ubicación, que deberá ser aprobada por el
COMITENTE. La madera extraída será depositada en los costados de la
franja hasta que se produzca su remoción. La maleza será quemada,
extremando los cuidados tendientes a evitar incendios. Si por alguna
razón los productos de la deforestación deben ser extraídos de la franja
de servidumbre, el CONTRATISTA deberá obtener la autorización -por
escrito- por parte del propietario afectado, como mínimo, con diez (10)
días de anticipación. La extracción de la deforestación se deberá limitar
a lo acordado en el permiso firmado y dentro de las zonas aprobadas por el
COMITENTE. La extracción deberá efectuarse teniendo en cuenta la
imposibilidad de ocasionar el más mínimo peligro de incendio. Los
materiales provenientes de la limpieza serán desechados conforme con la
metodología propuesta por el CONTRATISTA y aprobada por el COMITENTE. En
la mayoría de los casos, los materiales provenientes del desmonte podrán
quemarse dentro de la franja de servidumbre, respetando las restricciones
vigentes estatales y/o provinciales y/o municipales y/o que fije el
COMITENTE para evitar la propagación accidental del fuego y, en aquellos
casos de extrema combustibilidad de las especies, se deberán retirar de
inmediato de la zona. El CONTRATISTA aprovechará la mayor cantidad de
productos de la desforestación para usos tales como leña, combustible para
equipos de trituración de madera, resinas y otros usos (además de los usos
regulares de dichos productos), incluyendo todos los alcances que resulten
económicamente factibles.
5.0.) CAMINOS DE ACCESO Y DESVIOS
5.1 Generalidades Para llegar hasta la línea, el
CONTRATISTA podrá emplear los caminos existentes, mejorar las huellas o
construir nuevos accesos, conforme las reglas del buen arte. A los
efectos de su clasificación, se ha dividido a los distintos tipos de
accesos en cuatro categorías:
1) rutas pavimentadas 2) rutas o caminos
de tierra consolidados 3) huellas transitables con vehículos
livianos 4) acceso a campo traviesa o sólo transitables a pie
Las dos primeras categorías presentarán muy pocos
problemas en cuanto al impacto ambiental producido por su uso, salvo el
incremento en la generación de polvo en la segunda y aquellos derivados de
la necesidad de garantizar que los equipos utilizados para la construcción
no dañarán los caminos, o que estos, en caso de resultar dañados, deberán
ser vueltos a sus condiciones originales. La tercera categoría es, sin
lugar a dudas, la más contradictoria debido a que los caminos permanecen
inaccesibles por extensos períodos como consecuencia de las lluvias y
solamente podrán ser transitados por vehículos livianos. Estos caminos
de acceso también necesitarán un adecuado mantenimiento y reparación
durante el período de construcción y al término de las obras. La cuarta
categoría, inicialmente, incluye a aquellos que se necesiten a campo
traviesa para poder así arribar a las áreas de emplazamiento. En este
caso, la compactación del terreno y la alteración de tierras húmedas serán
las principales consecuencias, tal como se expone posteriormente. En
cada uno de los caminos de acceso a la línea, el CONTRATISTA, con acuerdo
de la Inspección de Obra, deberá colocar, en lugares bien visibles y
adecuadamente señalizados, carteles que indiquen en los accesos
principales y secundarios la numeración de los piquetes del tramo de línea
al cual se puede acceder. Los accesos necesarios para el montaje en la
línea se deberán construir preferentemente dentro de la franja de
servidumbre, afectando al mínimo indispensable los cultivos y la
vegetación existentes. Se procurará mantener la topografía original de
la franja y los escurrimientos naturales de las aguas. En caso contrario,
se deberán construir los desagües y drenajes necesarios para evitar daños
en los predios y erosiones localizadas en los terrenos adyacentes al de la
ubicación de las estructuras que, al sólo juicio de la Inspección de Obra,
pudieran comprometer su estabilidad. El acceso en la franja se
realizará, dentro de lo posible, en una traza paralela y aguas abajo al
eje de la línea. Si el CONTRATISTA decidiera, en piquetes de difícil
acceso, ejecutar los trabajos con equipos especiales sin construir caminos
de acceso aptos para vehículos comunes, en el caso de utilizar movilidades
de uso terrestre deberá limitar no sólo la cantidad de viajes sino también
los accesos a ser utilizados. Cualquiera que resultare la solución
adoptada, el CONTRATISTA deberá facilitar los medios necesarios para que
la Inspección de Obra pueda desplazarse a dichos piquetes todas las veces
que ésta lo requiera, sin que esto implique costos adicionales para el
COMITENTE. En aquellas situaciones en que se elija la alternativa de
ejecutar caminos de acceso, se deberá evitar la provocación de impactos
ambientales indeseables. A tal fin se deberá utilizar equipo apropiado y
se tenderá a la minimización de la alteración del lugar. Se deberán
utilizar equipos tractores y/o con neumáticos aptos para la zona, que no
ejerzan una presión sobre el suelo superior a la exigida por el presente
Pliego. La Inspección de Obra deberá determinar específicamente
aquellas áreas donde no se podrá utilizar equipo pesado. En general,
los accesos no deberán ser superiores a los 6 metros de
ancho. Respetando las indicaciones generales de esta especificación, el
CONTRATISTA tendrá libertad en la elección de las características de los
caminos y las modalidades de su construcción, las que deberán ser
explicitadas en su oferta. El CONTRATISTA deberá controlar y ordenar el
estacionamiento de vehículos a fin de impedir interferencias en el
tránsito y/o estacionamiento del público, en el acceso de vehículos de
emergencias, en las actividades normales de los propietarios y en los
trabajos de construcción de la Obra. Atento con las distintas etapas de
construcción que presenta una obra de esta naturaleza, lo aquí planteado
deberá ser respetado en cada una de ellas. 5.2 Mantenimiento de
Accesos El CONTRATISTA deberá coordinar las obras de manera tal de
interrumpir lo menos posible la circulación pública, ya sea vehicular o
peatonal. Cuando resulte necesario atravesar, cerrar u obstruir
caminos, calles, rutas o autopistas, ya sean públicas o privadas, el
CONTRATISTA deberá proveer y mantener desvíos alternativos que garanticen
la circulación del tránsito público y privado. Los mismos deberán contar
con una conveniente señalización, la cual se deberá ajustar como mínimo a
los requerimientos del presente pliego y/o a las exigencias de la
Autoridad Pública Competente. Si resultase necesaria la clausura de
caminos por parte del CONTRATISTA para el normal desarrollo de los
trabajos, éste deberá proveer y mantener accesos alternativos para las
personas que residan en la zona o para aquellas que tengan actividad
comercial en la misma. Si el CONTRATISTA escogiera utilizar los caminos
de tierra existentes como accesos a la zona de obras deberá garantizar el
mantenimiento de los mismos con el fin de permitir su uso por terceros. La
transitabilidad de dichos accesos estará determinada para aquellos
vehículos que habitualmente circulan por los mismos y no por los afectados
a las obras. Finalizadas las obras deberán ser reacondicionados
convenientemente. En este caso, se permitirán clausuras, las que
deberán ajustarse a las ordenanzas vigentes, o en su defecto serán de
hasta cuatro (4) horas. Sólo podrán efectuarse cierres de un plazo de
tiempo mayor, contando con la autorización de la Autoridad Pública
Competente, si se notifica de los mismos a los potenciales afectados, con
una semana de antelación, a fin de no producir molestias indebidas. En
cuanto a las medidas a adoptar referidas a señalización e iluminación será
de aplicación lo indicado en el numeral 5.5. En los caminos de uso
público el CONTRATISTA no podrá estacionar tanto en forma transitoria como
permanente, bajo ninguna circunstancia, vehículos, maquinaria ni equipos,
como así tampoco efectuar acopio de ningún tipo de material. En zonas
urbanas y suburbanas y una vez agotadas otras instancias, en el caso que
resultare necesario estacionar en vía pública en forma transitoria
vehículos, maquinaria y equipos, se deberá contar con la autorización
pertinente emanada de la Autoridad Pública Competente. En estos casos se
deberán adoptar las medidas de señalización e iluminación requeridas en
las normativas vigentes que resulten de aplicación y lo indicado en el
numeral 5.5. 5.3 Afectación de Areas de Cultivo o Pastoreo El
CONTRATISTA deberá elaborar un programa de trabajos tal que la
construcción de la Obra no interfiera con los sistemas de riego de tierras
cultivadas o con los campos destinados a pastoreo. En el caso que las
obras deban realizarse durante la temporada de riego, el CONTRATISTA
deberá prever la construcción de canales de riego temporarios, compuertas
de derivación y las diversas estructuras que sean requeridas por los
propietarios afectados. El CONTRATISTA deberá preservar el acceso en
forma ininterrumpida del ganado a través de las distintas áreas de campo,
así como no interrumpir el acceso en fracciones de campo utilizadas para
el pastoreo. Deberá mantener permanentemente los cercos existentes para
restringir el desplazamiento del ganado y cuidar que las tranqueras
permanezcan cerradas y seguras. Deberán reducirse al mínimo los cortes
de alambrados y cercos, los que deberán ser reparados y dejados en
perfectas condiciones cada vez que sean afectados mientras dure la
ejecución de las obras y hasta la finalización de las mismas. Antes de
cortar el cerco para instalar en los accesos tranqueras provisorias, el
CONTRATISTA dispondrá terminales dobles tipo esquinero a cada lado de la
abertura, para que el cerco quede con sus alambres totalmente tensados.
Las tranqueras provisorias permanecerán cerradas con candado de llave
maestra, de la cual tan sólo dispondrán el Propietario, el Contratista y
la Inspección de Obras. Todos los daños causados por no cumplir con
este requisito como, por ejemplo, la pérdida o dispersión de ganado y/o
daños sufridos por estos, serán de total responsabilidad del
CONTRATISTA. La cantidad de alambres, tipo y calidad serán, como
mínimo, de características similares a las del cerco existente. Se
preverá también la provisión y montaje de tranqueras definitivas, a
instalar en sitios a definir por la Inspección de Obra, debiéndose contar
con la conformidad del propietario del inmueble. Las tranqueras serán
pintadas totalmente, de un color a definir por la Inspección de Obra. La
estructura de madera llevará una mano de pintura imprimante y dos, como
mínimo, de esmalte sintético y los herrajes, una mano de antióxido y dos
de esmalte. Las partes enterradas llevarán, además, una protección con
pintura asfáltica. 5.4 Afectación de Servicios Públicos Será
responsabilidad del CONTRATISTA mantener permanentemente en servicio todas
las cañerías conductoras de combustible y gas, las líneas de energía
subterráneas, los cables de telecomunicaciones, los acueductos y cañerías
maestras, las cañerías de riego, cloacales, los postes y las líneas de
energía eléctrica aéreas, y todo otro servicio afectado por la Obra o en
su defecto construir otros sistemas de provisión que satisfagan los
requerimientos de los prestatarios de los servicios afectados. Cuando
la ejecución de la Obra requiera la remoción o relocalización permanente o
temporaria de un servicio existente, quedará a cargo del CONTRATISTA la
responsabilidad de coordinar todas las actividades con los prestatarios de
dicho servicio y efectuar todos los trabajos a su entera
satisfacción. Cuando las operaciones del CONTRATISTA deban
desarrollarse en áreas adyacentes o cercanas a instalaciones de servicios
tales como gas, teléfonos, televisión, energía eléctrica, agua, cloacas o
sistemas de riego, y existiese la posibilidad de que dichas operaciones
puedan provocar daños o inconvenientes, el CONTRATISTA deberá suspender
sus trabajos hasta haber tomado los recaudos necesarios para
protegerlas. Las válvulas de los servicios sanitarios, sistemas
hidrantes contra incendio y bocas de registro de los distintos servicios
deberán ser mantenidas por el CONTRATISTA libres de obstrucciones y
disponibles para ser utilizadas en cualquier momento. 5.5
Señalización e Iluminación El CONTRATISTA deberá adoptar conforme a lo
exigido por las normativas vigentes todas las medidas necesarias a fin de
impedir el ingreso de personal no autorizado a las áreas de construcción y
a los caminos, calles y corredores afectados y, de acuerdo con lo
requerido, garantizar la seguridad pública y la seguridad de los empleados
del CONTRATISTA, la de otros empleados, de otros contratistas y la de
terceros que puedan resultar afectados por la Obra. Asimismo, será
responsabilidad del CONTRATISTA proteger las instalaciones existentes y
las propiedades adyacentes de cualquier daño potencial. Los vallados
deberán ser ubicados en forma tal de permitir el acceso de los
propietarios de los inmuebles directamente afectados por la Obra. El
CONTRATISTA deberá asegurar la correcta protección con vallados efectivos
y señalamiento precaucional adecuado que garanticen la total seguridad de
quienes circulen por calles, caminos, rutas, autopistas y cualquier otra
vía pública en la que haya resultado imprescindible su cierre total o
parcial al tránsito. Deberán ubicarse señalizaciones en las
intersecciones de la vía pública más próximas, sobre ambos lados del área
bloqueada. El CONTRATISTA deberá garantizar la debida iluminación de
los vallados y de las obstrucciones con luces precaucionales. Las
mismas deberán permanecer encendidas desde el atardecer hasta el amanecer
y en todo momento en que, por fenómenos meteorológicos tales como lluvia,
niebla, etc., resulte reducida la visibilidad. Las luces precaucionales
deberán ajustarse a normas de diseño eléctrico apropiadas y estar
posicionadas en estructuras fijas, de forma tal de garantizar su correcta
visibilidad en cualquier condición meteorológica. 5.6 Peso de
los Equipos Una buena medida para la preservación del suelo consiste en
evitar la compactación del terreno en todas las áreas que no requieran un
mantenimiento a largo plazo para el acceso a la línea y a las torres,
excepto en aquellas superficies destinadas a caminos de uso
público. Fuera de los caminos de acceso, que requieren un tratamiento
especial de mantenimiento a largo plazo, no deberán utilizarse equipos de
un peso mayor a las 6,50 t/m² (equivalente a una topadora CAT D7), excepto
en aquellas áreas que posteriormente serán restauradas, devolviéndolas a
su estado original.
6.0.) HALLAZGO DE PIEZAS ARQUEOLOGICAS, PALEONTOLOGICAS Y/O
HISTORICAS
6.1 Generalidades El COMITENTE podrá ordenar al
CONTRATISTA la paralización de las Obra en el lugar afectado si, a su
criterio, la pieza se extendiera más allá de la porción de terreno
afectada "prima facie". Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá
efectuar un estudio complementario específico, con el asesoramiento de un
especialista en la materia, del contenido en el Estudio de Impacto
Ambiental, el cual debió permitir disponer anticipadamente de información
respecto de las áreas potencialmente más sensitivas. El CONTRATISTA
deberá regirse por las normativas vigentes sobre el particular, caso
contrario deberá ajustarse a las recomendaciones que a continuación se
indican. 6.2 Protección de Piezas Halladas El CONTRATISTA
deberá asegurar la protección de las piezas con cubiertas y/o defensas
hasta que sea notificado de la orden de reiniciar la Obra. Las piezas
halladas deberán ser cubiertas con un film plástico, el que podrá ser
afirmado al suelo con tierra, rocas o cualquier otro elemento de peso que
se ubique en los extremos del mismo, cuidando de no apoyarlo sobre las
piezas. De acuerdo con el tipo de hallazgo, podría ser necesario efectuar
un relleno adicional para asegurar la debida protección de una estructura
en ruinas, o para prevenir cualquier tipo de derrumbe, rellenando los
espacios vacíos con material de relleno, el que se ubicará suelto en la
parte lateral externa del film. De ser necesario, deberá tableestacarse
o apuntalarse la estructura hallada para protegerla adecuadamente. Deberá
construirse un vallado temporario para evitar el acceso al lugar de
personas no autorizadas. 6.3 Extracción de los Hallazgos La
Inspección de Obra establecerá el destino de los hallazgos, de acuerdo con
las leyes y reglamentos vigentes, quedando entendido que el CONTRATISTA no
podrá remover ni extraer o apoderarse de ninguno de dichos objetos,
considerando que, en todos los casos, son propiedad del Estado o del
COMITENTE, según corresponda. Si el COMITENTE decidiera extraer la
pieza, el CONTRATISTA deberá proveer el asesoramiento especializado, el
equipamiento, la mano de obra y los materiales necesarios para posibilitar
su extracción, preservando los restos de cualquier daño. En el caso de
piezas de porte el CONTRATISTA deberá proveer los medios apropiados para
su traslado al lugar que indicare el COMITENTE. 6.4 Tiempos de
Trabajo y su Compensación El contrato podrá sufrir demoras en lo que
respecta al cumplimiento de los plazos parciales con motivo de la orden de
paralización de los trabajos, como consecuencia de la eventual ocurrencia
de las situaciones descriptas en esta sección, por lo que se le
reconocerán las pertinentes ampliaciones de plazo en dicho frente de
trabajo.
7.0.) ESPECIES DE FLORA Y FAUNA CON PROBLEMAS DE CONSERVACION
7.1 Estudios de Campo Requeridos El CONTRATISTA
deberá llevar a cabo todos los procedimientos necesarios tendientes a
preservar la flora y fauna local de cualquier impacto negativo que pudiera
alterar su hábitat. El CONTRATISTA deberá contar con un profesional en
Biología que esté familiarizado con los aspectos biogeográficos,
comunidades nativas, así como las especies que se encuentran amenazadas
y/o en peligro de extinción y las propias del lugar para intervenir en el
desarrollo del diseño final de la línea de transmisión. Para la
identificación del estado de conservación de las especies se deberá tener
en cuenta la normativa vigente (Disposición Nº 144-Ministerio de Economía,
Agricultura y Ganadería, Recalificación del Estado de Conservación de la
Fauna Silvestre Argentina, Región Patagónica, Secretaría de Recursos
Naturales y Ambiente Humano) así como el Libro Rojo - Mamíferos y Aves
Amenazadas de la Argentina (Fucema - AOP - SAREM). Se deberán
cumplimentar las medidas que se detallan a continuación con el fin de
evitar y/o minimizar impactos perjudiciales para las especies más
sensibles. Efectuar un examen sobrevolando a baja altura la traza de la
línea. En base a dicho relevamiento aéreo y a los planos
aerofotogramétricos disponibles, realizar una caracterización biológica a
lo largo del trazado de la línea. En base a las referencias que se
obtengan en materia de hábitats de las especies animales y vegetales, sus
preferencias, distribución geográfica y la caracterización descripta en el
punto anterior, identificar las poblaciones de especies amenazadas,
vulnerables y/o en peligro de extinción que pudieran encontrarse en el
recorrido de la línea, como así también de las que puedan ser afectadas
por su desarrollo. Identificar mediante revisiones bibliográficas y
visitas de campo las áreas donde se verifique la presencia de especies
sensibles, es decir, aquellas susceptibles de sufrir un impacto negativo
de importancia. Detallar la diversidad de especies de la zona en
estudio y los eventuales impactos de la línea de transmisión sobre sus
poblaciones. Evaluar la significación del impacto potencial que pudiera
provocar la construcción, operación y mantenimiento de la línea de
transmisión sobre las poblaciones de dichas especies. Se pondrá especial
atención sobre aquellas especies cuyo rango de distribución actual se
encuentra limitado por modificación del hábitat. Proponer soluciones
viables para eliminar y/o minimizar los posibles impactos negativos para
las especies sensibles identificadas en los pasos precedentes. La
redefinición de la traza de la línea y/o de los caminos de acceso se
considera una estrategia apropiada, desviándola hacia zonas que no
constituyan hábitats naturales de las especies autóctonas. Asimismo, las
actividades de construcción pueden programarse de forma tal que no
coincidan con momentos críticos en sus hábitos estacionales, tales como
los períodos de búsqueda y construcción de nidos, de desove o de
cría. 7.2 Métodos de Protección de Dichas Especies El
CONTRATISTA deberá tomar las precauciones prudentes y necesarias para
proteger a las especies naturales de la flora y fauna autóctonas, así como
de especies vegetales implantadas con valor paisajístico y de aquellas,
tanto de la flora como de la fauna, con valor económico para los
habitantes del lugar. Asimismo, el CONTRATISTA deberá notificar al
COMITENTE en el caso que los trabajos de construcción a llevar a cabo
pusieran en peligro a las especies con problemas de conservación o a sus
hábitats naturales. Como consecuencia de lo indicado precedentemente,
el CONTRATISTA deberá demarcar las áreas reconocidas como hábitats
naturales de las especies antes citadas, previo al inicio de las
actividades de construcción. El COMITENTE podrá demarcar toda otra
región considerada como hábitat natural de especies en peligro que recién
se conocieran durante la construcción. Estas actividades deberán ser
debidamente contempladas por el CONTRATISTA al momento de la formulación
de su oferta, no pudiendo ser motivo de requerimientos de adicionales y/o
prórrogas de ninguna índole. 7.3 Migración de aves El
CONTRATISTA deberá: Identificar en la traza de la línea las áreas
potenciales donde sea dable esperar impactos negativos respecto de las
poblaciones de aves. Efectuar estudios de patrones de vuelo de las aves
y su relación con la línea, especialmente en la época de cortejo y
reproducción. Demostrar de un modo objetivo el impacto esperado
considerando las variables ambientales correspondientes y las poblaciones
que resultarían afectadas. Deberá ponerse especial atención en las
especies que presenten problemas de conservación o que muestren
especialización en sus hábitats, sin perjuicio de aquellas que no reúnan
las anteriores características. Proponer soluciones para evitar los
impactos negativos. Como ejemplo de una estrategia adecuada podría
considerarse la redefinición del trazado de la línea en los sitios
identificados como críticos, o diferir las tareas de construcción de modo
que las mismas se desarrollen fuera de los períodos de nidificación y
cría. Si las soluciones propuestas resultaran técnicamente impracticables
se deberá proponer medidas para minimizar y/o mitigar el impacto. Dichas
propuestas deberán resultar acordes a la ingeniería del proyecto y no
competitivas visualmente con el paisaje circundante.
8.0.) CONTROLES DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS+
8.1 Control de la Contaminación del Aire El
CONTRATISTA deberá arbitrar los medios a fin de minimizar la contaminación
del aire como consecuencia de la ejecución de los trabajos de
construcción. El CONTRATISTA deberá realizar las tareas de vuelco y
traslado a destino de tierra, piedras y escombros cuidando de provocar la
menor cantidad de polvo que sea posible. Deberá evitarse el traslado de
este impacto a los cursos de agua. Asimismo, el CONTRATISTA deberá
realizar algún tipo de tratamiento para prevenir el levantamiento de polvo
en aquellas calles, caminos y desvíos no pavimentados que se encuentren
dentro de los 100 metros de zonas residenciales, o bien rociarlos con agua
en forma periódica, durante el período de afectación de las
mismas. Todos los equipos utilizados por el CONTRATISTA deberán ser
monitoreados y revisados con frecuencia con el fin de asegurar una
eliminación de gases desde sus conductos de escape que no exceda los
límites impuestos por las normas que rigen en la materia y/o las que
determine el COMITENTE, con el fin de evitar la contaminación del
aire. En las plantas de prearmado y de hormigón, en los casos en que se
ubiquen dentro de los límites del proyecto, deberán emplearse técnicas que
garanticen una polución controlada. 8.2 Control de los Cursos de
Agua El CONTRATISTA deberá mantener los cursos de agua, diques,
alcantarillas, drenajes naturales y/o desagües permanentemente libres de
todo tipo de obstrucción, tales como residuos de limpieza, materiales de
construcción y/o escombros. En la medida que resulte posible, el
CONTRATISTA no alterará los drenajes originales de los cursos de
agua. Cuando resulte necesario efectuar trabajos en los cursos de agua,
el CONTRATISTA deberá cuidar de no incrementar la turbiedad del agua y de
no producir daños en las especies acuáticas.La turbiedad del agua no podrá
exceder un 10% del nivel de turbiedad natural, considerada como tal previo
al inicio de las obras, salvo que el COMITENTE preste su conformidad,
aprobando un porcentaje superior. No podrán realizarse trabajos con
equipos operando en cursos de agua, salvo que estén expresamente
autorizados por el COMITENTE. Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá
extremar los recaudos a los efectos de no provocar impactos de ningún
tipo. El CONTRATISTA deberá impedir todo derrame y/o vuelco
combustibles, residuos y/o sustancias volátiles tales como petróleo,
aceites, sustancias químicas, diluyentes y/o cualquier otro producto
contaminante en los desagües pluviales o sanitarios, o cursos de agua o
lagunas, etc. El CONTRATISTA no podrá extraer la vegetación existente
en las márgenes del curso de agua sin la autorización del
COMITENTE. Queda expresamente prohibida la disposición de residuos
sólidos y semisólidos en todos los cursos de agua. 8.3 Control
de la Contaminación del Suelo Todos los equipos y vehículos utilizados
por el CONTRATISTA deberán ser monitoreados y revisados con el fin de
asegurar la inexistencia de pérdidas de combustibles y/o
lubricantes. Asimismo, el CONTRATISTA deberá adoptar los resguardos
pertinentes para evitar derrames de combustibles y/o lubricantes. La
carga de combustible y el cambio de lubricantes deberá efectuarse en los
lugares habilitados en los obradores para tal fin, no estando permitido
efectuarlo sobre el terreno natural. En el caso que resultase
imprescindible efectuar carga de combustible y recambio de lubricantes y
filtros de equipamiento afectado específicamente a algún frente de
trabajo, dicha actividad deberá realizarse en lugares habilitados para tal
fin, debiéndose garantizar que no se afectará en lo más mínimo al terreno
natural como asimismo la permanente limpieza de los mismos. Estas
situaciones, se deberán plantear una vez agotadas todas las instancias y
serán consideradas como excepcionales, requiriendo por tal motivo, la
aprobación previa del COMITENTE. 8.4 Control de Erosiones,
Derrumbes y Prevención de Crecientes El CONTRATISTA deberá hacerse
cargo de la provisión, operación y mantenimiento de las instalaciones
necesarias para controlar posibles erosiones y derrumbes y para proteger a
la Obra y a las instalaciones existentes de crecientes que pudieran
producirse durante el período de construcción. El CONTRATISTA deberá
diseñar y construir instalaciones para defensa de márgenes a fin de
controlar la erosión, utilizando procedimientos y técnicas experimentadas
que garanticen los resguardos pertinentes en la preservación del medio
ambiente. 8.5 Control de Ruidos Los niveles de ruido deberán
ajustarse a las normativas vigentes. En áreas residenciales se deberá
programar las actividades de forma tal de efectuar las mismas en horario
laboral normal. Se deberán adoptar los resguardos pertinentes con el
fin de garantizar que los equipos que se utilicen cuenten con sistemas de
control de sonido no menos efectivos que los provistos por sus
fabricantes. Asimismo se deberán efectuar los controles periódicos de
verificación que corresponda a fin de asegurar su correcto
funcionamiento. Deberá, en todos los casos, cumplimentarse las
normativas municipales vigentes en la materia, o en su defecto deberá
respetarse la Norma IRAM 4602 Ruidos Molestos al vecindario,si se trata de
zonas urbanizadas En los casos de obradores o de frentes de trabajo
próximos a inmuebles ocupados se contemplará: Ubicación de los equipos
en operación en un área lo más alejada posible de los inmuebles
potencialmente sensibles a los impactos sonoros. Se deberá notificar
con la debida anticipación a los potenciales afectados cada vez que se
prevea realizar actividades extremadamente ruidosas.
9.0.) DISPOSICION DE RESIDUOS
9.1 Distintos Tipos de Disposición Los
requerimientos generales para la disposición de residuos son:
a) Se deberán utilizar exclusivamente lo lugares
habilitados a tal fin para efectuar la disposición de cualquier material
desechable. b) La disposición no deberá generar peligro de
ningún tipo por contaminación y/o incendios, ni obstaculizar ni bloquear
la operatoria del lugar, aún si el material fuera movido o alterado.
A continuación se describen las clases de disposiciones de los residuos
sólidos durante la etapa constructiva, efectuándose el análisis de los
efluentes líquidos serán en el rubro Obradores.
DESCRIPCION |
CLASE DE DISPOSICION |
Residuos generados por el constructor |
Utilización, incineración o remoción |
Remanentes de construcciones y escombros |
Incineración o remoción |
Follajes, ramas y malezas inferiores a 0,08 m de diámetro y de
0,90 m de longitud |
Utilización, incineración o remoción |
Residuos existentes en la zona |
Utilización, incineración o remoción de residuos superiores a
0,15 m de diámetro y de 2,40 m de longitud |
Todos los materiales de desecho existentes y/o generados durante la
construcción serán removidos en forma diaria para su posterior
disposición, o incinerados en los lugares aprobados para su
disposición. Bajo ninguna circunstancia se deberán enterrar o incinerar
residuos no biodegradables. El CONTRATISTA deberá proveer contenedores
apropiados para la recolección y disposición de materiales de desechos,
escombros y residuos en general. Será de responsabilidad del
CONTRATISTA mantener permanentemente limpias las áreas de trabajo
existentes, caminos, accesos, campamentos y obradores.
9.2 Incineración La incineración se deberá
efectuar en los lugares permitidos, en espacios descampados dentro de la
franja de servidumbre. La ubicación para la incineración de materiales de
desecho estará sujeta a la aprobación del COMITENTE. Se deberán armar
montículos con los materiales a incinerar a fin de reducir al mínimo el
humo, los peligros de incendio y daños en el terreno, utilizando para su
incineración métodos de práctica probados. Se permitirá construir un
cordón delimitando la zona excepto donde, en opinión del COMITENTE,
resultase extremadamente peligroso por el riesgo de propagación del
fuego. Se deberán emplear tractores equipados con paletas horquilladas
para desmonte para armar los montículos y los cordones, salvo en el caso
en que esté prohibido el uso de equipo motorizado, en el que se hará a
mano, con método de cabos y/o cables u otros métodos que preserven el
suelo de los daños que puedan ser ocasionados por los materiales a
incinerar. El equipamiento contra incendio requerido deberá mantenerse
próximo a las áreas utilizadas para la incineración. Se deberán quebrar
y cortar aquellos tocones y/o raíces de grandes dimensiones para facilitar
su incineración. Cuando se necesiten líneas de fuego, deberá despejarse
de toda maleza y/o residuo una franja suficientemente ancha y segura.
Luego, un ancho no inferior a los 0,90 metros deberá ser cortado hasta
dejarlo libre de vegetación sobre el lado exterior de la línea
despejada. El CONTRATISTA deberá llevar un registro de estas
operaciones. Asimismo deberá nominar a un representante ante el COMITENTE
para recibir y transmitir todas las novedades e instrucciones, en materia
de precauciones a tener en cuenta en trabajos vinculados con incineración
y uso de fuego. Este representante deberá estar presente en todo momento
que se esté efectuando una incineración, y cada vez que así lo requiera el
COMITENTE.
10.0.) RESTAURACION DE LAS AREAS UTILIZADAS PARA LA OBRA
10.1 Generalidades El CONTRATISTA devolverá, a
la Recepción Definitiva de la Obra, todos los terrenos desafectados
restaurados a las condiciones originales en que los recibió. El
CONTRATISTA deberá renivelar, preparar la superficie y rellenar los
caminos, las áreas de construcción y todas las otras áreas alteradas y no
requeridas para la operación y mantenimiento del emprendimiento. Este
trabajo consistirá, especialmente, en la colocación de relleno y
fertilizantes, de acuerdo con estas especificaciones, en las áreas
descriptas en los planos o designadas por el COMITENTE. 10.2
Requerimientos El CONTRATISTA deberá proponer en áreas urbanas y
suburbanas el tipo de semillas a utilizar y el programa a desarrollar, los
que deberán ser aprobados por el COMITENTE. En las afectaciones de
áreas cultivadas los procedimientos de restauración deberán contar con la
previa conformidad de los propietarios. En los casos de necesidad que
el CONTRATISTA deba recurrir a especies con características particulares,
las mismas deberán resultar equivalentes o superiores a las aprobadas,
debiendo el COMITENTE autorizar cualquier excepción al respecto. El
CONTRATISTA deberá proponer las especificaciones de las variedades de
semillas y las proporciones necesarias para la dosificación que se
requiera. El fertilizante deberá ser un producto de tipo inorgánico
aprobado para su comercialización. En estos casos el CONTRATISTA,
indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta, complementando el Plan
de Gestión Ambiental, con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental
que garantice que no se generarán impactos negativos de ningún tipo. El
mismo deberá estar elaborado por un profesional idóneo en la
materia. 10.3 Metodología Los trabajos de siembra serán
llevados a cabo sólo en los períodos de clima favorable. La siembra no
deberá realizarse antes o durante un clima muy cálido o seco, salvo
contando con una autorización expresa del COMITENTE. Asimismo, ninguna
tarea deberá realizarse durante un clima extremadamente ventoso, o cuando
la tierra se encuentre excesivamente húmeda o fangosa. No más de cinco
(5) días antes de la siembra de las semillas, la tierra deberá ser
preparada removiéndola hasta una profundidad no inferior a 0,05 metros. El
arado deberá practicarse en forma longitudinal en todos los declives. De
resultar necesario, el terreno arado deberá ser compactado y/o
consolidado. Los restos de malezas existentes y pequeñas malezas,
deberán ser cortadas y parcialmente incorporadas en el suelo durante los
trabajos de preparación del arado. Toda otra vegetación que crezca
interponiéndose a la siembra deberá ser extraída. La incorporación de
estos restos vegetales dependerá de las condiciones climáticas,
edafológicas y de la calidad del material aportado. Su incorporación
será positiva cuando las condiciones mencionadas favorezcan una rápida
descomposición. La situación ideal se plantea en climas relativamente
lluviosos, no excesivamente fríos y suelos no muy ácidos, constituyendo un
abono. Por el contrario, cuanto más secos y fríos sean los climas y más
ácido el pH del suelo, será más lenta la descomposición produciéndose un
desequilibrio en la relación C/N con un efecto final desfavorable para la
evolución del terreno. Se deberán extremar los cuidados a fin de no
dañar aquellos árboles y/o plantas que deban ser protegidas. El
fertilizante deberá ser uniformemente aplicado mediante el método de
aspersión al vuelo, en forma manual, gota a gota, o bien mediante otros
métodos aceptados en todas las áreas sembradas. Las semillas deberán
ser plantadas a una profundidad del orden de los 0,06 á 0,19 metros. En
áreas inaccesibles a un equipo sembrador, la siembra deberá realizarse
mediante el método de aspersión al vuelo. Las semillas arrojadas al voleo
deberán ser rastrilladas.
11.0.) REPOSICION DE MASA FORESTAL
11.1 Generalidades El CONTRATISTA deberá, a la
Recepción Definitiva de la Obra, entregar los terrenos en los cuales
hubiese efectuado reposición de masa forestal perfectamente
acondicionados. En el llamado a licitación el COMITENTE determinará
dichas áreas, o en su defecto, en el caso de que el CONTRATISTA proponga
el desarrollo de alternativas al proyecto básico, deberá ser contemplado
en dichos estudios cuando el llamado así lo determine, las cuales,
indefectiblemente deberán ser aprobadas por el COMITENTE. En el caso
que la Inspección de Obra considere que los terrenos utilizados no se
hallasen en condiciones aceptables, determinará los trabajos necesarios
que deberán realizarse. En caso de negativa o demora por parte del
CONTRATISTA, el reacondicionamiento será ejecutado por terceros, con cargo
a aquél. En lo referente a la afectación de la flora el CONTRATISTA,
durante las diferentes etapas del proyecto, deberá tener presente que
existirá riesgo de grave transformación ecológica negativa cuando se
plantee alguna de las siguientes circunstancias: Destrucción parcial o
eliminación de ejemplares de especies protegidas o en vías de
extinción. Destrucción o alteración negativa de valores singulares
botánicos y paisajísticos. Afectaciones que, por localización o ámbito
temporal, dificulten o impidan la nidificación o la reproducción de
especies protegidas o de interés para la zona. Regresión previsible en
calidad de valores edafológicos cuya recuperación no se producirá en el
mediano plazo. Afectaciones que puedan provocar procesos erosivos
incontrolables o que produzcan pérdidas de suelo superiores a las
admisibles en relación a su capacidad de regeneración. Afectaciones que
alteren paisajes naturales o artificiales de valor tradicionalmente
arraigado. Empleo de especies no incluidas en las escalas sucesionales
naturales de la vegetación correspondiente al área a
repoblar. Afectaciones que impliquen una notable disminución de
diversidad biológica. 11.2 Requerimientos El CONTRATISTA
deberá proponer el tipo de especies a utilizar y el programa a
desarrollar, los que deberán ser aprobados por el COMITENTE. En los
casos de necesidad que el CONTRATISTA deba recurrir a especies con
características particulares, las mismas deberán resultar equivalentes o
superiores a las aprobadas, debiendo el COMITENTE autorizar cualquier
excepción al respecto. El fertilizante deberá ser un producto de tipo
inorgánico aprobado para su comercialización. Deberá prestarse especial
atención cuando la reposición deba efectuarse en suelos que no hayan
estado sensiblemente cubiertos por árboles de las mismas especies que se
pretende introducir, como así también cuando se intente realizar sobre
terrenos descampados en los últimos diez años debido al potencial riesgo
de graves transformaciones ecológicas negativas. En todos los casos el
CONTRATISTA, indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta con el
correspondiente Estudio de Impacto Ambiental que garantice que no se
generarán impactos negativos de ningún tipo. El mismo deberá estar
elaborado por un profesional idóneo en la materia. 11.3
Metodología Para este punto resultan de aplicación las recomendaciones
que correspondan contenidas en el numeral 10.3. Efectuada la elección
de las especies a implantar debe considerarse que dentro de una misma
especie la diferencia de forma, desarrollo y crecimiento de los distintos
individuos en iguales condiciones depende de los genotipos, por lo que
debe utilizarse plantas procedentes de semillas de árboles seleccionados
considerando sus potenciales hereditarias y su adaptación al medio. La
estabilidad de la vegetación repuesta dependerá de las especies elegidas y
de su procedencia. El material vegetal a ser utilizado debe ser de
aquellos árboles que resulten genéticamente los mejor adaptados a cada
situación que se plantee a fin de garantizar su adecuado desarrollo, la
máxima productividad ecológica y su perdurabilidad. Su implantación puede
mejorarse mediante la aplicación de técnicas que mejoren las condiciones
del suelo y la cantidad de agua útil que reciba cada planta durante sus
primeros años. Deberá indicarse las siguientes características de los
materiales de reproducción: Naturaleza: plantas, semillas o parte de
plantas Especie, subespecie o variedad. Región de
procedencia Procedencia de las semillas a emplear en cada especie y en
cada área de reposición. Origen de la semilla, si los árboles son
poblaciones autóctonas o el lugar de donde proviene si es una población
introducida. Naturaleza del material de base si es de huertos
semilleros o masas forestales. Años de madurez para las
semillas. Duración de la fase en vivero, como semillero o como planta
transplantada. Las afectaciones sobre la vegetación existente en las
zonas de reposición se circunscribirán a las áreas donde no se establezca
una competencia entre las especies implantadas y las naturales por el
espacio, el agua, el suelo y los nutrientes, que hagan fracasar la
reforestación. En el caso que entre la vegetación natural hubiese especies
que por su calidad biológica o rareza sean consideradas conservables,
deberán ser excluidas de cualquier tipo de afectación. Las afectaciones
sobre la vegetación deberán ser cuidadosamente estudiadas y justificadas
considerando las funciones de producción, protección y de control que la
misma realice. En los casos en que corresponda deberá procederse a la
sistematización del terreno mediante la aplicación de técnicas
suficientemente experimentadas ajustadas a preceptos ambientales. La
estructura de los plantines no deberá ser alterada, razón por la cual los
hoyos deberán tener dimensiones suficientes para recibir a los mismos en
buenas condiciones. Si es a raíz desnuda, la misma no deberá llegar al
fondo del hoyo. Si es con envase no biodegradable, deberá quitarse el
mismo con precaución a fin de no dañar el sistema radical y evitar que se
caiga el sustrato que lo rodea. La cobertura con tierra vegetal no deberá
superar el cuello de la raíz.
12.0.) CAMPAMENTOS TEMPORARIOS Y OBRADORES
12.1 Criterios para su
Ubicación Preferentemente, los campamentos y obradores deberán ser
ubicados dentro o en las adyacencias de los asentamientos o poblaciones
que puedan proveer los servicios que se detallan en el numeral
12.2. Las obras no deberán provocar ningún tipo de impacto ambiental
perjudicial. Dichos lugares deberán ser aprobados por la autoridad
local y/o el COMITENTE, previo a su utilización. Los campamentos
deberán estar en un terreno alto, que permita un buen drenaje, no estar
expuestos a inundaciones y estar limpios de residuos
sólidos. 12.2 Servicios a Proveer a Dichos Campamentos y
Obradores El CONTRATISTA deberá asegurar la provisión de agua potable
en los campamentos y obradores, la que deberá reunir condiciones aptas
para su consumo como bebida y cocción de alimentos, así como para lavado y
aseo. Las cantidades suministradas deberán ser suficientes para
permitir el lavado de la ropa de trabajo del personal dos veces a la
semana y para su baño personal diario. Los baños deberán disponer de
duchas, lavatorios, mingitorios e inodoros acordes con las necesidades del
personal. Asimismo, deberán implementarse las medidas pertinentes para la
cobertura de tales necesidades en los frentes de trabajo tanto permanentes
como transitorios. Cuando los frentes de obra se hallen alejados de los
servicios sanitarios fijos deberá proveerse servicios sanitarios de tipo
desplazable, comúnmente denominados químicos, provistos de desinfectantes
y cuyas características respondan a la de los primeros. 12.3
Controles para la Protección del Ambiente durante su utilización El
agua para consumo del personal, tanto en los obradores y campamentos como
en los frentes de trabajo deberá ser potable, en condiciones, ubicación y
temperatura adecuados. En los frentes de obra donde el agua potable no
pueda ser suministrada por red, será provista mediante grifos de depósitos
móviles cerrados de material inoxidable no tóxico, de cierre hermético y
de fácil limpieza. Bajo ninguna circunstancia dichos grifos serán
utilizados con otro fin que el del consumo humano. Asimismo, el agua para
uso industrial deberá ser claramente identificada para evitar su
ingesta. El agua potable deberá reunir las condiciones de calidad
impuestas por las Autoridades Públicas Sanitarias Competentes o, en su
defecto por el COMITENTE. Deberán efectuarse análisis físico-químicos y
bacteriológicos al comienzo de la actividad, bacteriológicos
semestralmente y físico-químicos anualmente. La disposición de
efluentes en los lugares donde se hallan habilitados servicios locales
deberán ser autorizada por las Autoridades Públicas Competentes, debiendo
el CONTRATISTA proveer y mantener las conexiones temporarias al sistema de
colección existente. En aquellas áreas en las que no existan servicios
locales habilitados, el CONTRATISTA deberá establecer sistemas de
disposición de efluentes separados, domésticos y sanitarios en
general. Los sistemas no podrán permitir la descarga directa de ningún
efluente sin tratar a ningún curso de agua, dentro o fuera de la franja de
servidumbre. Los sistemas de disposición deberán estar ajustados a las
normas impuestas en la materia por las Autoridades Públicas Competentes
y/o por el COMITENTE y deberán tratar todo aquel efluente líquido que se
genere, debiendo en consecuencia, estar dimensionados para la condición de
máxima ocupación de los mismos. El CONTRATISTA estará obligado a
mantener las condiciones generales de limpieza y pulcritud de los
campamentos temporarios y permanentes. En tal sentido deberá proveer un
sistema para la colección, almacenamiento y disposición de residuos
sólidos de los campamentos. El CONTRATISTA deberá proveer contenedores
de gran durabilidad para la colección y almacenamiento de residuos sólidos
en el lugar. Dichos contenedores deberán estar provistos de un cierre
hermético y deberán asegurar la imposibilidad del acceso de roedores en su
interior. Los residuos sólidos deberán ser extraídos del lugar, como
mínimo, dos veces por semana y sus contenedores deberán ser ubicados en
forma tal de evitar la emanación de olores en lugares próximos a áreas
residenciales. La disposición de los residuos sólidos no deberá
efectuarse dejándolos en el lugar en forma permanente, a diferencia de los
residuos sólidos provenientes de la cocción de vegetales, la que podrá
efectuarse en excavaciones realizadas en el lugar a los fines de su
disposición final. La profundidad de dichos pozos no deberá aproximarse a
más de 0,25 metros del nivel de las napas freáticas (medidos durante el
período en que los campamentos se encuentren en uso), y deberán ser
cubiertos después de su uso con no menos de 0,50 metros de tierra
limpia. Todo otro tipo de residuo sólido deberá ser colectado,
almacenado y transportado hacia las áreas aprobadas por las autoridades
locales para su disposición final en contenedores cerrados. El
CONTRATISTA proveerá los sistemas pluviales necesarios para la colección y
disposición del agua de lluvia y de direccionar los desagües de la zona de
obras hacia el sistema de desagües pluviales local, en el caso de existir,
luego de asegurarse de haber librado al efluente de sedimentos mediante
lagunas diseñadas a tales fines. Dichas instalaciones deberán retener el
curso de agua durante un lapso de aproximadamente 10 minutos, o durante el
tiempo que requieran las autoridades locales y/o la Inspección de
Obra. 12.4 Restauración del Area El área utilizada por los
campamentos y obradores, una vez finalizados los trabajos, deberá ser
restaurada, a satisfacción de los propietarios de las tierras y/o del
COMITENTE. En ningún caso podrán abandonarse en el lugar residuos sólidos
de ninguna especie.
13.0.) HIGIENE Y SEGURIDAD El CONTRATISTA deberá
cumplimentar todos los requerimientos ambientales establecidos en el
Decreto N° 911, del 5 de agosto de 1996, mediante el cual se actualizó
la reglamentación de la Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo N°
19.587 mediante el dictado del Reglamento de Higiene y Seguridad anexo al
mismo.
14.0.) AREA RESPONSABLE DEL AMBIENTE El CONTRATISTA deberá
contar en su plantel en obra con un Area Ambiental. La misma estará a
cargo de un profesional, de reconocida experiencia en la materia, cuya
función será la de coordinar todas las actividades específicas, así
como la supervisión, implementación de las medidas correctivas que
corresponda, monitoreo, seguimiento de los eventuales impactos y de
mantener la relación en la temática ambiental con el COMITENTE. Su
dependencia jerárquica en el plantel del CONTRATISTA será directa del
Director del Proyecto. El Plantel profesional, con reconocida y probada
experiencia en las áreas a su cargo, deberá cubrir, como mínimo, las
siguientes disciplinas, ajustado a las necesidades de cada proyecto y a
las exigencias particulares que para los mismos establezca el COMITENTE: profesionales
en Biología dedicados a la conservación y manejo de fauna profesionales
en Biología o Ingeniería Agronómica dedicados a la flora profesionales
especializados en saneamiento (residuos sólidos y líquidos). La
asignación temporal del mismo estará condicionada a las necesidades
propias de cada obra. El plantel profesional y la asignación temporal
del mismo deberá ser propuesto por el CONTRATISTA y deberá ser
indefectiblemente aprobado por el COMITENTE: Este plantel deberá
contar con oficinas en los obradores y movilidades propias. El
CONTRATISTA no podrá comenzar las obras mientras no cuente con la
aprobación del Plan de Gestión Ambiental por parte del COMITENTE y las
autorizaciones que correspondan otorgadas por las Autoridades Públicas
Competentes. Asimismo, será responsabilidad de este Area la
elaboración de los informes de avance mensual respecto del cumplimiento
del Plan de Gestión Ambiental, como la de suministrar toda aquella
información ambiental que requiera el COMITENTE. Será de incumbencia
del Area de Medio Ambiente: Informar y capacitar al personal sobre los
comportamientos a desarrollar ante la problemática ambiental. La
implementación y control de las medidas de protección ambiental. La
elaboración de los planes de contingencias y las normativas y
reglamentaciones ambientales aplicables a las actividades y a los lugares
de trabajo. Los mismos deberán contemplar las situaciones de
emergencia (incendios, derrames, inundaciones, etc.) que puedan ocurrir y
que tengan consecuencias ambientales significativas. Asignar
responsabilidades específicas al personal en relación a la
implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de
mitigación. Programar y encarar la difusión de las actividades
ambientales al personal y a la comunidad interesada.
15.0.) COMUNICACIÓN AMBIENTAL La política de comunicación
que se implemente con respecto al medio ambiente se debe fundamentar en la
realidad de una serie de actuaciones acordes con lo que se reflejará
posteriormente mediante la aplicación de técnicas de convencimiento a
través de la seriedad, el diálogo y la información. Una adecuada
comunicación ambiental permitirá eliminar temores consecuentes del
emprendimiento y evitar situaciones de crisis y, en el caso de
corresponder encararlas en forma apropiada. Los aspectos que deben
tenerse en cuenta son: Aspectos sociales (historial) Aspectos
técnicos (implicancias ambientales) Aspectos históricos (antecedentes
sobre impactos anteriores) Factor social (aceptabilidad de la
población) Factor técnico (viabilidad técnica del proyecto) Compromisos
y limitaciones externas (ideologías, grupos de presión) Factor
económico (viabilidad económica de las alternativa) Sensibilidad
simbólica del lugar Factor ecológico ( impactos ambientales y medidas
correctoras) Respecto al público involucrado lo primero que debe
conocerse es con quien se va a tratar para asegurar que la comunicación
estará totalmente adaptada al mismo, motivo por el cual deberá
efectuarse un relevamiento a fin de detectar quienes pueden llegar a
influir sobre los objetivos propuestos y cual es su grado de influencia. Esto
permitirá plantear adecuadamente los criterios que deben ser tenidos en
cuenta en la elaboración de los planes y medidas de gestión, que
tendrán como objetivo: Evitar la activación o potenciación de
conflictos en el seno de las comunidades que pudieran resultar de impactos
sobre la situación preexistente de conflictos o de los impactos sobre
otras esferas de la vida de las comunidades que pudieran incidir en el
panorama de conflictos de la región. Evitar la potenciación de
conflictos entre la comunidad y el proyecto. Frente a situaciones de
conflicto deberá contemplarse: No tomar partido a favor de alguno de
los agentes en conflicto. La gestión se debe basar en el compromiso de
evitar, mitigar o compensar por los impactos causados por el proyecto y no
en la toma de partido de ningún tipo, evitando que el proyecto sea un
agente adicional de la confrontación. La comunidad debe ser el único
interlocutor. En este caso se entenderá por comunidad al grupo social que
comparte el hecho de ser afectado por los impactos del proyecto. Atento
con lo expresado precedentemente deberá preverse, conforme a las
necesidades de cada emprendimiento y de los requerimientos particulares
formulados al respecto en el llamado a licitación el establecimiento de
lugares de consulta y recepción de reclamos por parte del público
involucrado. La recepción de dichas inquietudes deberá ser atendida por
personal profesional especializado en la comunicación medioambiental, el
cual dependerá de la respectiva área y contará con el soporte de la
misma.
ANEXO I
TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA
TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS La vegetación de la República Argentina
se encuentra agrupada en territorios fitogeográficos, de acuerdo a sus
afinidades florísticas. En el territorio nacional se reconocen 16
provincias fitogeográficas. De ellas 12 corresponden a ambientes
continentales, con 5 provincias caracterizadas por la presencia de
formaciones arboladas y 5 con vegetación arbustiva. Dichos territorios
fitogeográficos se agrupan como sigue:
REGION |
DOMINIO |
PROVINCIA |
Neotropical |
Amazónico |
Yungas |
|
|
Paranaense |
|
Chaqueño |
Chaqueña |
|
|
Espinal |
|
|
Prepuna |
|
|
Monte |
|
|
Pampeana |
|
Andino-Patagónico |
Altoandina |
|
|
Puneña |
|
|
Patagónica |
Antártica |
Subantártico |
Subantártica |
|
|
Insular |
|
Antártico |
Antártica |
Oceánico |
Oceánico Tropical |
Uruguayo- Bonaerense |
|
Oceánico Magallánico |
Oceánica Patagónica |
|
|
Oceánica Fueguina |
El tipo de vegetación predominante que puede encontrarse en las
provincias fitogeográficas mencionadas se presenta en la siguiente tabla:
PROVINCIA |
TIPO DE VEGETACIÓN |
Yungas |
Selva nublada |
Paranaense |
Selvas y sabanas |
Chaqueña |
Bosques xerófilos caducifolios, palmares, sabanas, pajonales,
estepas halófilas, cardonales. |
Espinal |
Bosques xerófilos caducifolios, palmares, sabanas graminosas,
estepas graminosas, estepas arbustivas. |
Prepuna |
Estepas arbustivas, cardonales, bosquecillos enanos, cojines de
bromeliaceas |
Monte |
Estepas arbustivas xerófilas, sammófilas y halófilas, bosques
marginales de mimosoideas o de sauces |
Pampeana |
Estepa o pseudoestepa de gramíneas |
Altoandina |
Estepas graminosas, estepas de camerófitos |
Puneña |
Estepa arbustiva |
Patagónica |
Estepa arbustiva, estepa de caméfitos, estepas
herbáceas |
Subantártica |
Bosque caducifolio, bosque perennifolio |
Se pueden reconocer 3 tipos de vegetación con predominancia de
árboles: Selva: vegetación densa por lo general con más de un estrato
de árboles y abundancia de lianas y epífitas. Bosque: vegetación
arbórea generalmente uniestratificada, con escasas lianas y
epífitos Parque: bosquecillos de poca extensión alternando con
vegetación herbácea. Las estepas arbustivas se caracterizan por la
presencia de arbustos bajos y esparcidos que dejan entre ellos grandes
espacios de suelo desnudo. Selva Paranaense: corresponde a un clima
cálido y húmedo, con precipitaciones homogéneas durante el año que
alcanzan entre 1.500 y 2.000mm de lluvia caída. Ocupa la mayor parte de la
provincia de Misiones, continuándose hacia el sur a través de las selvas
marginales mesopotámicas hasta la reserva provincial de Punta Lara, al
norte de la ciudad de La Plata. Constituye una selva subtropical con un
estrato superior compuesto por árboles de 20 a 30 m de altura con bastante
consistencia, entre los que predominan el guatambú blanco y el laurel
negro. En la provincia de Misiones se destaca al norte el palo rosa y al
este el pino paraná. Se contabilizan más de cien especies arbóreas. Las
tacuaras son frecuentes formando densos cañaverales y en determinados
lugares se encuentran helechos arborescentes. De las especies de las
palmeras se encuentran el pindó y el palmito. El Parque Nacional Iguazú
constituye uno de los escenarios naturales más atractivos de esta
selva. Selva Tucumano-oranense o Yungas: corresponde a un clima cálido
y húmedo con precipitaciones de 2.500 mm anuales, concentradas
principalmente en primavera-verano y con heladas en invierno. Se ubica
sobre los flancos orientales de montañas con formaciones vegetales
asociadas a los diferentes pisos serranos. En las partes bajas se
encuentran las selvas de palo blanco y palo amarillo o Selvas de
Transición. La tipa y el pacará son las especies dominantes en ciertos
puntos al sur de las provincias de Tucumán y Salta. Las Selvas Montanas,
que se ubican entre los 550 m y los 1.600 m, son densas e impenetrables,
siendo sus especies típicas el horco molle y el laurel de la falda y en
algunos sectores el cedro salteño y el nogal. En la misma se ubican los
Parques Nacionales Baritú, Calilegua y El Rey. Bosques Montanos: se
ubican por encima de las selvas montanas, en una franja entre los 1.200 m
y los 2.500m. Presentan tres tipos de bosques según la especie
predominante: los de pino de cerro, los de aliso del cerro y los de
queñoa. El Chaco: es un bosque subtropical semixerófilo que presenta
distintas especies de quebrachos que forman un estrato superior, secundado
por un inferior de algarrobos, mistol y espinillo. Las cactáceas son
comunes, en particular en los lugares más degradados, con varias especies
tales como el cardón. Se subdivide en el Chaco Oriental y en el Chaco
Occidental o Semiárido. El Chaco Oriental es el más húmedo y predomina el
bosque de quebracho colorado chaqueño alternando con bañados, cuencas
fluviales con montes ribereños, pastizales y extensos palmares de palma
negra. El Chaco Occidental presenta al quebracho colorado santiagueño como
su más típico componente. Bosques Andino-Patagónicos: Es una formación
exclusiva del sur de la Argentina y Chile. Se extiende sobre relieves
montañosos, con valles glaciares transversales, lagos y torrentes, a lo
largo de la Cordillera austral y de la Cordillera de la costa, desde
Neuquén hasta Tierra del Fuego e Isla de los Estados. Sus especies
características son el pehuén, la lenga, el coihue, el ñire, el ciprés, el
alerce y el arrayán, entre otros. Espinal: Rodea al pastizal pampeano
presentando condiciones climáticas variables, siendo las mismas cálidas y
húmedas en Corrientes y Entre Ríos y templadas y secas en San Luis y La
Pampa. Predominan las especies de algarrobo que forman un bosque xerófilo
bajo. Son comunes el sombra de toro, el chañar y el molle. El ñandubay es
ubicado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe. Los
algarrobos blanco y negro son característicos en el centro del país,
mientras que el caldén se halla presente en La Pampa y provincias vecinas.
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