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Resolución Nº 599/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

 

PRORROGASE EL PLAZO FIJADO POR LA RESOLUCION ENARGAS I/52.


 

 

Bs. As., 12/1/2009

 

VISTO el Expediente ENARGAS Nº 3979, la Ley Nº 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738 del 18 de setiembre de 1992, las Resoluciones ENARGAS Nº 3164, Nº 3218, Nº 3514 y NºI/52;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el art. 2º de la Ley Nº 24.076 establece que son objetivos para la Regulación del transporte y distribución del gas natural —entre otros— la protección adecuada de los derechos de los consumidores (Inc. a); la propensión a una mejor operación y confiabilidad, de los servicios e instalaciones de transporte y distribución de gas natural (inc. c); incentivar la eficiencia en el transporte, almacenamiento, distribución y uso del gas natural (inc. e); y velar por la adecuada protección del medio ambiente (inc. f).

Que la ejecución y control de estos objetivos están a cargo de esta Autoridad Regulatoria.

Que el artículo 52 inciso b) de esa misma norma otorga al ENARGAS las facultades de dictar reglamentos, a los que deben ajustarse todos los sujetos en ella comprendidos, en materia de seguridad, normas y procedimientos, para el mejor cumplimiento de sus fines y los de normas concordantes.

Que en atención a ello y con el objeto de prevenir los accidentes que se producen por inhalación de monóxido de carbono (CO), esta Autoridad Regulatoria diseñó e impulsó un plan de acción actualmente en curso.

Que dentro de ese plan de acción se inscribió el dictado de la Resolución ENARGAS Nº 3164 con el objeto de cubrir con acciones directas uno de los conjuntos de concentración potencialmente riesgosos como son los establecimientos educacionales del país, tomando los recaudos necesarios para causar los menores inconvenientes posibles a la labor de dichos establecimientos.

Que con posterioridad a la emisión de la citada Resolución, además de planteos por parte de las Licenciatarias de Distribución, se produjeron consultas de autoridades y entidades educativas, por dificultades que podrían planteárseles.

Que los citados planteos y consultas tenían en común dos preocupaciones: los plazos, y la metodología de realización para no perjudicar el normal funcionamiento de los establecimientos escolares.

Que el ENARGAS, en concordancia con las solicitudes de ampliación de plazos y la prueba piloto realizada, por medio de la Resolución Nº 3218 del 28 de junio de 2005, amplió a dieciocho (18) meses el plazo inicialmente fijado para la finalización de las inspecciones de seguridad, las que con la ampliación debían culminar en octubre de 2006.

Que posteriormente y ante nuevas dificultades planteadas por Autoridades Educativas, este Organismo, considerándolas atendibles ante la situación efectiva existente, volvió a prorrogar en dos oportunidades el plazo para la finalización de las tareas de inspección, cuyo último vencimiento operaría el 31 de diciembre de 2008, según lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 1/52 del 31 de julio de 2007.

Que sin perjuicio de lo anterior, este Organismo consideró, ante el requerimiento de las Autoridades de la Universidad de Buenos Aires, su emergencia edilicia y económica, generando un marco particular y ampliando hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52 para la finalización de las inspecciones de seguridad a sus instalaciones de gas, por medio de la Resolución ENARGAS Nº I/274.

Que a la fecha, con el trabajo coordinado y el esfuerzo de todas las partes, se ha revisado el 98% de las escuelas de todo el país, porcentaje que fue consolidando exitosamente el objetivo de la medida impulsada.

Que sobre el final del plazo fijado por la Resolución ENARGAS Nº I/52 distintas Autoridades solicitaron una prórroga para la finalización de las inspecciones de seguridad a sus instalaciones de gas, que se detallan seguidamente.

Que por nota de fecha 1º de setiembre de 2008 el Ministro de Salud de la Provincia de Santa Fe, informó lo siguiente:

 

- Sus equipos técnicos se encuentran abocados a regularizar las instalaciones de los Hospitales Centenario de Rosario y Eva Perón de Granadero Baigorria.

- Desde el inicio de su gestión a priorizado la seguridad de los hospitales públicos y para ello ha consensuado con la Distribuidora Litoral Gas S.A. un plan de avance mensual para cumplir con el objetivo de la regulación.

- Los proyectos de corrección para las instalaciones actuales contemplan la construcción de una nueva red de gas en media presión con anillado interior, difícil de ejecutar dentro de los plazos previstos por el ENARGAS.

 

Que por lo anterior es que solicita una prórroga, para ejecutar las obras necesarias para regularizar las instalaciones.

Que corresponde señalar que dichos nosocomios están abarcados por la Resolución ENARGAS Nº 3164, porque son considerados hospitales escuela.

Que por nota de fecha 15 de octubre de 2008, presentada en la Delegación Regional Rosario de este Organismo, el Secretario de Política Edilicia de la Universidad Nacional de Rosario, informó lo siguiente:

 

- La Universidad se encuentra realizando, con el trabajo coordinado y el esfuerzo de todas las partes involucradas, las tareas necesarias para adecuar las instalaciones de gas de sus edificios, en un todo de acuerdo con las normas vigentes.

- Detalló las obras ejecutadas, en ejecución, en proceso de licitación y en proceso de proyecto, señalando que las tareas ejecutadas y en ejecución significan un gran esfuerzo, marcado tanto por su magnitud como por su erogación presupuestaria.

- Las tareas a desarrollar corresponden al Centro Universitario Area Salud (CUAS), que resultan de una gran complejidad, dadas las finalidades a las que están destinados los edificios (docentes, administrativas, asistenciales), cuya planificación y realización fueron acordadas oportunamente con la Distribuidora Litoral Gas S.A.

- Dichas tareas comprenden: a) tendido de gas a media presión y b) regularización y adecuación de las instalaciones de los distintos edificios.

 

Que por lo anterior es que solicita una prórroga para ejecutar las obras necesarias para regularizar las instalaciones del CUAS.

Que por nota de fecha 10 de octubre de 2008, presentada en la Agencia Bahía Blanca de este Organismo el 23 de octubre de 2008, la Vicerrectora de la Universidad Nacional del Sur, manifestó lo siguiente:

 

- Requiere una prórroga de nueve meses, a partir de enero de 2009, para la "presentación de los informes y pruebas de hermeticidad que se solicitan en la resolución ENARGAS Nº 3164/2005 en cuanto a la seguridad de los establecimientos educativos".

 

- Dicho pedido de prórroga está motivado en la envergadura y antigüedad de los edificios de la Universidad, que requieren inversiones considerables para la adecuación de las instalaciones de gas natural.

- Contrataron en el año 2006 un grupo de gasistas matriculados para realizar el relevamiento de las instalaciones de gas natural y en el 2007 se iniciaron las obras en el Complejo Alem.

- Actualmente se están terminando de elaborar los planos y pliegos licitatorios para el resto de las instalaciones.

- Incorporaron en el 2008 un Ingeniero Civil matriculado, para que se dedique exclusivamente a completar toda la documentación técnica según las normas vigentes.

- Dada la magnitud de las instalaciones y la escasez del presupuesto universitario para el 2008, algunas obras se están ejecutando con dicho presupuesto y las restantes con el correspondiente al 2009.

 

Que por nota de fecha 27 de octubre de 2008 el Prosecretario de Planeamiento, Obras y Servicios de la Universidad de La Plata, manifestó lo siguiente:

 

- La situación dada en la Universidad es compleja por las características de las tareas que en ella se desarrollan. La superficie cubierta es aproximadamente de 340.000 m2.

- La vetustez de algunos edificios acentúa el posible riesgo de pérdida en las redes de gas. Fue necesario implementar un plan de readecuación, proyecto, documentación, registro y mantenimiento preventivo de las redes, equipos y sistemas de gas natural.

- Se extendieron los plazos de inspección determinados originalmente y se reprogramó la planificación original.

 

Que por lo anterior solicita al ENARGAS una prórroga de un año calendario para reanudar las inspecciones, aclarando que dentro de ese año se coordinarán en forma conjunta con la Distribuidora inspecciones parciales.

Que por nota de fecha 13 de noviembre de 2008 la Rectora de la Universidad Nacional de Córdoba, informó lo siguiente:

 

- Detalló los edificios regularizados, aquéllos en proceso de regularización y los que se encuentran en proceso de licitación.

- Dada la envergadura, complejidad de las obras y los diferentes procesos de contralor de la Universidad, más el tiempo necesario para su ejecución, estima que en un plazo adicional de ocho meses los trabajos estarán finalizados.

- Dado que en muchas dependencias de la Universidad el gas se está utilizando en diferentes procesos, como investigaciones de laboratorio en marcha desde hace tres años que no pueden interrumpirse, hospitales escuela con cientos de internados, se hace imprescindible continuar con el servicio de gas.

 

Que por nota de fecha 12 de noviembre de 2008, presentada en la Agencia Mar del Plata de este Organismo, el Subsecretario de Obras y Coordinación de Servicios de la Universidad Nacional de Mar del Plata, manifestó lo siguiente:

 

- Solicita una prórroga para la ejecución e inspección de las tareas de adaptación de las instalaciones de gas del Complejo Universitario Manuel Belgrano, hasta el mes de abril de 2009.

- Dicha solicitud se basa en la necesidad de continuar trabajos en sectores con gran afluencia de alumnos, investigadores y público en general, y en que atento a la plena actividad del ciclo lectivo, alteraría seriamente el calendario académico la suspensión de las actividades.

- Resulta técnicamente inviable e insegura la realización de las tareas de refacción indicadas por los informes del gasista matriculado durante el ciclo lectivo.

- En estos inmuebles se deben realizar modificaciones de tirajes de calderas, ventilaciones, tomas de aire adicionales e instalaciones de llaves de paso por secciones.

- A la fecha se han realizado: prueba de hermeticidad de la instalación; control e intervención de las instalaciones, artefactos y ventilaciones; informe técnico resultante y detección de pérdidas de gas o de monóxido en los edificios.

- Luego del informe técnico citado en el punto anterior, se realizaron: los proyectos de intervención para adecuar las instalaciones, la redacción de las especificaciones técnicas para las obras a realizar y la gestión administrativa de pliegos de licitación.

 

Que por nota de fecha 25 de noviembre de 2008 el Ministro de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, informó lo siguiente:

 

- Los establecimientos dependientes del Estado Provincial no cuentan con la totalidad de lo reglamentariamente estipulado para las instalaciones de gas natural.

- Se encuentran con un estado inquietante por la falta de control en la ejecución de instalaciones de gas, además de no contar con un cuerpo técnico que acreditara haber supervisado gran parte de estos trabajos y no disponer de reservas presupuestarias específicas para cumplir con lo requerido en la resolución.

- Dentro de la estructura de ese Ministerio se creó una Coordinación para tratar dicha problemática, compuesta por cuatro matriculados. Luego se procedió a relevar las instalaciones de los establecimientos y a cotejar la documentación declarada en las oficinas técnicas.

- Se evaluaron económicamente estos trabajos, estableciéndose un monto actualizado de aproximadamente $ 1.800.000. Dicho monto requiere una aprobación específica, que fue reflejada para el próximo ejercicio presupuestario del año 2009.

- Se efectuaron algunas obras menores y presentaciones de documentación técnica que permitieron regularizar un número pequeño de establecimientos, lo que de igual manera significó un esfuerzo económico para la provincia.

 

Que por lo anterior es que solicita una prórroga para ejecutar las obras necesarias para regularizar las instalaciones de gas.

Que por nota de fecha 11 de diciembre de 2008 el Director Provincial de Infraestructura Escolar de la Provincia de Buenos Aires, manifestó lo siguiente:

 

- Solicita una prórroga de un año para finalizar la operatoria fijada por la Resolución ENARGAS Nº 3164 en los establecimientos educativos de la Provincia de Buenos Aires.

- El pedido se fundamenta en que varios Consejos Escolares se encuentran realizando los trabajos respectivos y que recientemente han acordado con las empresas que desarrollarán los trabajos el desenvolvimiento de ellos a corto y mediano plazo; como así también obras que se encuentran en proceso de licitación y adjudicación.

- La operatoria está aproximadamente al 92% de las tareas.

 

Que en virtud de los pedidos de prórroga recibidos, este Organismo cursó notas a los presentantes solicitando, en todos los casos, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de todos sus establecimientos inspeccionados con observaciones y de los aún sin inspeccionar, ello con el objeto de generar una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo, hasta tanto culminen las tareas necesarias para la regularización de las instalaciones.

Que también se requirió un detalle de las obras en proceso de licitación y de aquéllas en proceso de proyecto, señalando en ambos casos los tiempos de ejecución previstos, a las autoridades que no acompañaron en su solicitud dicha información.

Que paralelamente, se enviaron notas a las respectivas Distribuidoras intervinientes, a los efectos de informarles el pedido de prórroga, que se ha iniciado su tratamiento, y la documentación requerida.

Que hasta la fecha, en respuesta a lo requerido, sólo hicieron presentaciones las autoridades correspondientes a la Universidad Nacional de Córdoba, la Universidad Nacional de Rosario y la Universidad Nacional del Sur.

Que la Universidad Nacional de Córdoba en relación con el procedimiento de control de los edificios informó que está bajo la responsabilidad del instalador matriculado contratado y que al contratar las reparaciones con terceros los pliegos prevén la responsabilidad del matriculado.

Que con respecto al segundo requerimiento, informó los edificios regularizados, en proceso de regularización y los edificios en proceso licitatorio de los cuales adjuntó copia de los contratos firmados.

Que la Universidad Nacional de Rosario presentó el procedimiento de control y el detalle de las obras en proceso de ejecución y a ejecutar y que de allí surge que las últimas obras finalizarían a mediados de 2010.

Que también agregó el pliego licitatorio y el proyecto aprobado del área salud, actas de habilitación de servicio y de inspecciones de la Distribuidora y detalle de la situación presupuestaria.

Que la Universidad Nacional del Sur remitió el procedimiento de control y el detalle de las obras en proceso de ejecución, en proyecto y en relevamiento y que de allí se desprende que necesitarían una prórroga de doce meses.

Que es necesario destacar que el espíritu del ENARGAS ha sido poner en condiciones de seguridad las instalaciones de gas de los establecimientos educacionales del país en todos sus niveles, causando en tal proceso los menores inconvenientes posibles a la actividad normal de las instituciones.

Que para ello, desde el comienzo de las inspecciones, se instó a la confección de planes de trabajos coordinados entre las Autoridades Educativas y las Licenciatarias de Distribución, que se concretaron satisfactoriamente.

Que la experiencia recogida de este proceso que se inició en el año 2005, permite afirmar que en la mayoría de los casos los establecimientos educativos evidenciaron la falta de un mantenimiento adecuado de su instalación de gas, generando condiciones riesgosas para la comunidad.

Que de la evaluación concreta de la situación actual, como consecuencia de las inspecciones ordenadas y realizadas, surge que el 98% de los establecimientos abarcados por la Resolución ENARGAS Nº 3164/95 se encuentran en condiciones seguras.

Que queda entonces trabajar sobre el 2% de los establecimientos para los cuales sus autoridades están solicitando la prórroga.

Que las presentaciones realizadas por las ocho (8) autoridades educacionales, detalladas en considerandos anteriores, indican palmariamente que no es posible terminar los trabajos de revisión en el plazo previsto (31/12/2008) manteniendo el espíritu ya mencionado de no generar situaciones traumáticas, lo que debe continuarse como ha venido desarrollándose con buenos resultados a lo largo de este proceso.

Que resulta conveniente acompañar a las autoridades educacionales en esta última etapa a los efectos de lograr el objetivo buscado de que todos los establecimientos se encuentren en condiciones seguras.

Que corresponde tener en cuenta que en la oportunidad de otorgarse la última prórroga por medio de la Resolución ENARGAS Nº I/52, de acuerdo con lo fijado en su Artículo 2º, las Autoridades Educacionales debieron evaluar por intermedio de gasistas matriculados, el estado de las instalaciones de gas de los establecimientos de sus respectivas jurisdicciones aún pendientes de inspeccionar, de modo de conocer las situaciones de riesgo, las irregularidades menores y en base a ello planificar las reparaciones.

Que por todo lo anterior y teniendo en cuenta que a la fecha aún resta la presentación de la documentación requerida por parte de cinco (5) autoridades y con el objeto de apoyar la finalización exitosa de las revisiones, es necesario otorgar las prórrogas solicitadas, siempre que se establezcan los condicionamientos correspondientes en cada caso para no resignar la seguridad antes y durante las tareas de regularización.

Que el Equipo Técnico ha realizado el análisis correspondiente en el Informe GD Nº 294/2008 que antecede a la presente.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS resulta competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 inciso b) de la Ley Nº 24.076 y por los Decretos 571/07, 1646/07, 953/08 y 2138/08.

 

Por ello,

 

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º — Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de los Hospitales Escuela Centenario de Rosario y Eva Perón de Granadero Baigorria, dependientes del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

 

ARTICULO 2º — La autoridades del Gobierno de la Provincia de Santa Fe deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora Litoral Gas S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de dichos hospitales con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 3º — Prorrogar hasta el 31 de julio de 2010 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de la Universidad Nacional de Rosario.

 

ARTICULO 4º — La autoridades de la Universidad Nacional de Rosario deberán presentar, antes del 16 de febrero de 2009, la aprobación de la Distribuidora Litoral Gas S.A. al procedimiento de control que han elaborado.

Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 5º — Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 6º — La autoridades de la Universidad Nacional del Sur deberán presentar, antes del 16 de febrero de 2009, la aprobación de la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A. al procedimiento de control que han elaborado.

Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 7º — Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de la Universidad Nacional de La Plata.

 

ARTICULO 8º — La autoridades de la Universidad Nacional de La Plata deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de sus establecimientos en proceso de reparación y sin inspeccionar, con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 9º — Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de la Universidad Nacional de Córdoba.

 

ARTICULO 10º — Las autoridades de la Universidad Nacional de Córdoba deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora de Gas del Centro S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de sus establecimientos en proceso de reparación y sin inspeccionar, con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 11º — Prorrogar hasta el 30 de abril de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

 

ARTICULO 12º — Las autoridades de la Universidad Nacional de Mar del Plata deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de sus establecimientos en proceso de reparación y sin inspeccionar, con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 13º — Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas dependientes del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

 

ARTICULO 14º — Las autoridades del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora Camuzzi Gas del Sur S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de sus establecimientos en proceso de reparación y sin inspeccionar, con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 15º — Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo fijado por el Artículo 1º de la Resolución ENARGAS Nº I/52, para la finalización de las inspecciones de seguridad a las instalaciones de gas dependientes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 16º — Las autoridades del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires deberán presentar, con la aprobación previa de la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A. y antes del 16 de febrero de 2009, un procedimiento de control de las instalaciones de gas de sus establecimientos en proceso de reparación y sin inspeccionar, con el objeto de crear una herramienta que garantice que no se produzcan situaciones de riesgo. Su incumplimiento generará en forma automática la anulación de la prórroga otorgada en el Artículo anterior.

 

ARTICULO 17º — Las Autoridades Educativas asegurarán la efectiva aplicación del procedimiento aprobado exigido para garantizar la seguridad de las instalaciones de gas.

 

ARTICULO 18º — Las Distribuidoras intervinientes deberán, teniendo en cuenta los nuevos plazos fijados, planificar coordinadamente con las Autoridades Educativas la continuidad de las inspecciones de seguridad, siempre con la inteligencia de causar los menores inconvenientes posibles a las actividades normales de los establecimientos.

 

ARTICULO 19º — Los Gasistas Matriculados intervinientes deberán informar bimestralmente a la Distribuidora correspondiente sobre las tareas de vigilancia realizadas, con el detalle de las medidas de seguridad adoptadas y el avance de las tareas de regularización de las instalaciones.

 

ARTICULO 20º — Comuníquese; notifíquese a Metrogas S.A., a Gas Natural Ban S.A., a Litoral Gas S.A., a Distribuidora de Gas del Centro S.A., a Camuzzi Gas Pampeana S.A., a Camuzzi Gas del Sur S.A., las Autoridades Educativas y al Ministerio de Educación, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

 

e. 22/01/2009 Nº 3512/09 v. 22/01/2009

 

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Última modificación: 05 de abril de 2012