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Resolución 3675/2006

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

 

APRUÉBANSE LOS MANUALES DE PROCEDIMIENTOS CORRESPONDIENTES A: I. GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO, II. SECRETARIA DEL DIRECTORIO, III. UNIDAD DE COORDINACIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES, IV. GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES, V. GERENCIA DE REGIONES, VI. GRUPO OPERATIVO DE SERVIDUMBRES, VII. GERENCIA DE DESEMPEÑO Y ECONOMÍA, VIII. GERENCIA DE TRANSMISIÓN, IX. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y X. GERENCIA DE DISTRIBUCIÓN, LOS QUE SUSCRIPTOS POR LOS RESPONSABLES DE CADA ÁREA FORMAN PARTE INTEGRANTE, COMO ANEXOS, DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.


 

 

Bs. As., 28/12/2006

 

VISTO el Expediente Nº 11.578/06 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con fecha 10 de noviembre de 2005 el ENARGAS acordó con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION el Plan de Adecuación del Sistema de Control Interno del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS en el marco de la Resolución SIGEN Nº 114/2004.

 

Que, como parte de tal acuerdo, se contempló entre las actividades a implementar, la elaboración de los procedimientos internos de diversos circuitos de trabajo de las distintas áreas y Gerencias del Organismo.

 

Que hacia fines del año 2005 se finalizó la elaboración de los manuales de procedimientos administrativos del Ente a través de un grupo de trabajo constituido a tal fin, en el que participaron activamente representantes de cada una de las áreas y gerencias del Organismo.

 

Que, a través de la NOTA ENRG/UAI/P Nº 5590/06, remitida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, el Directorio del ENTE propuso la aprobación de los Manuales de Procedimiento a través de la resolución administrativa permanente, estableciendo los mecanismos para la aprobación de las sucesivas revisiones y la incorporación de nuevos procedimientos.

 

Que, con posterioridad a la elaboración de los procedimientos, se llevó a cabo una etapa de consultas y correcciones con cada una de las gerencias a fin de lograr su conformidad con el contenido de los procedimientos, con especial participación de la Unidad de Auditoría Interna.

 

Que resulta necesario contar con procedimientos estandarizados a fin de normativizar los procesos de trabajo, logrando mayor eficiencia y previsibilidad en el accionar del organismo, atendiendo a los principios de economía, eficiencia, eficacia, pilares del sistema de control implementado por la Ley Nº 24.156.

 

Que, asimismo, resulta conveniente contar con mecanismos idóneos para la revisión, actualización y perfeccionamiento permanente de los manuales de procedimientos administrativos internos del Ente.

 

Que, para ello, se prevé la integración de una comisión de trabajo abocada a tal fin.

 

Que los procedimientos administrativos elaborados reglan el funcionamiento interno del organismo, sin afectar derechos ni intereses de terceros ajenos al organismo.

 

Que, conforme el carácter de órgano autárquico que reviste el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (Art. 51 Ley Nº 24.076), tiene plena capacidad para dictar sus propios reglamentos de funcionamiento interno.

 

Que los procedimientos internos constituyen lo que en doctrina se conocen como "reglamentos autónomos" y que reconocen su base constitucional en el Art. 99 inc. 1) del texto fundamental y la competencia para dictarlos se encuentra en cabeza de los diferentes órganos de la Administración Pública o de entes descentralizados de aquélla, tal como el ENARGAS.

 

Que la Gerencia de Asuntos Legales, en su carácter de órgano de asesoramiento jurídico permanente ha emitido el Dictamen GAL Nº 1238/06.

 

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en los Artículos 51, 52 incisos v) y x) y 59 incisos d) y h) de la Ley 24.076.

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º — Apruébanse los Manuales de Procedimientos correspondientes a: I.- Gerencia de Gas Natural Comprimido, II.- Secretaría del Directorio, III. Unidad de Coordinación de Relaciones Institucionales, IV.- Gerencia de Asuntos Legales, V.- Gerencia de Regiones, VI.- Grupo Operativo de Servidumbres, VII.- Gerencia de Desempeño y Economía, VIII.- Gerencia de Transmisión, IX.- Gerencia de Administración y X.- Gerencia de Distribución, los que suscriptos por los responsables de cada área forman parte integrante, como Anexos, de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º — Constitúyese una Comisión de Evaluación Permanente de los Procedimientos Internos del ENARGAS la que estará integrada por un representante del Directorio, otro por la Gerencia de Asuntos Legales y un representante de la Unidad de Auditoría Interna.

 

ARTICULO 3º — La Comisión creada en el artículo precedente tendrá por objeto la revisión, actualización y perfeccionamiento permanente de los manuales de procedimientos administrativos internos del Ente, para lo cual deberá coordinar su accionar con cada una de las gerencias y/o áreas que correspondan y mantener debidamente informado al Directorio de los resultados de su gestión.

 

Los procedimientos no contemplados en los manuales aprobados en el artículo 1º de la presente y aquellos en los que se prevea la participación de más de un área o gerencia como procedimiento integral e integrado, deberán ser propuestos por la Comisión al Directorio antes del 30 de setiembre de cada año a los fines de ser considerados en la revisión anual de ese período, que se llevará a cabo durante el último trimestre de cada año.

 

ARTICULO 4º — Notifíquese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en el marco de las previsiones de la Ley Nº 24.156.

 

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Oficial y archívese. — CARLOS A. ABALO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. — RICARDO D. VELASCO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. — Cdor. FULVIO M. MADARO Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas.

 

NOTA: Los Anexos no se publican. Pueden ser consultados en el Centro de Documentación e Información del ENARGAS.

 

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