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 BUENOS AIRES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2001 
  
VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE 
RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 0929/98, los artículos 32 y 36 de la Ley sobre 
Riesgos del Trabajo Nº 24.557, el artículo 58 de la Ley de Seguros N° 20.091, y 
la Resolución S.R.T. N° 060 de fecha 17 de junio de 1998, y 
  
CONSIDERANDO: 
Que resulta facultad de esta S.R.T., conforme al apartado 1 
incisos b) y d) del artículo 36 de la Ley Nº 24.557, supervisar y fiscalizar el 
funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y los 
empleadores autoasegurados, así como requerir a los mismos toda información o 
documentación que resulte menester a tal efecto. 
Que para el ejercicio de dicha función, le corresponde a esta 
S.R.T. la realización de auditorías médicas dirigidas a controlar el 
otorgamiento integro y oportuno de las prestaciones en especie que deben brindar 
a los trabajadores damnificados, las A.R.T. y empleadores autoasegurados. 
Que a tal efecto, esta S.R.T. debe contar indispensablemente 
con la información adecuada y oportuna que corresponde proporcionar a las A.R.T. 
y empleadores autoasegurados. 
Que resulta necesario, en virtud de los hechos que son de 
público conocimiento, complementar el listado de patologías que resultan 
prioritarias para este Organismo y que son objeto de auditorias médicas por 
parte de esta Superintendencia en cuanto a las prestaciones en especie que deben 
brindar las A.R.T. y los empleadores autoasegurados, incorporando al ANEXO I de 
la Resolución SRT Nº 60/98 la patología "Antrax" (Bacillus Anthracis – 
Carbunclo). 
Que el cambio propiciado, tiene como finalidad incorporar al 
control de dichas prestaciones en especie, los accidentes laborales que pudieran 
ocurrir en relación con el agente considerado. 
Que a los efectos de incorporar la citada patología en el 
listado de patologías a denunciar, resulta necesario modificar la Resolución 
S.R.T. N° 060/98 que fuera dictada oportunamente por este Organismo. 
Que la Subgerencia de Asuntos Legales, ha tomado la 
intervención que le compete. 
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones 
conferidas por el artículo 36, apartado 1 incisos b) y d) de la Ley N° 
24.557. 
  
Por ello, 
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO 
RESUELVE: 
  
ARTICULO 1º.- Incorpórese al listado de patologías a denunciar 
descripto en el ANEXO I de la Resolución SRT Nº 60/98 la patología "Antrax" 
(Bacillus Anthracis – Carbunclo). 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la presente Resolución entrará en 
vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín 
Oficial. 
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección 
Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. 
  
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