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 Bs. As., 30/5/2005   
  
VISTO el Expediente Nro. 0665/05 del Registro de la 
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 23.396 y 
24.557, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de 
abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y   
  
CONSIDERANDO: 
Que por Decreto Nro. 577/03 se estableció que toda 
contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nro. 491/02 y su 
reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción y el PROGRAMA DE 
LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (P.N.U.D.) será aprobada por el Jefe de 
Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución 
mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000) o 
cuando sean renovaciones con modificación en las condiciones de los respectivos 
contratos anteriores y cuyos importes pactados sean iguales o superiores a la 
suma premencionada. 
Que es menester destacar que mediante el artículo 35 de la 
Ley Nro. 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO como entidad 
autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE 
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. 
Que atento ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, 
como Organismo Gubernamental de Ejecución, ha diligenciado la aprobación del 
Documento del Proyecto ARG/ 04/039 – "Programa de fortalecimiento institucional 
del Sistema de Riesgos del Trabajo 2005- 2007", que ha sido aprobado por la 
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO como Organismo de Ejecución, el 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en 
representación del Gobierno Argentino, y por el Representante Residente del 
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO, con fechas 30 de noviembre, 
1 y 2 de diciembre de 2004, en el marco de la Ley Nro. 23.396. 
Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado 
la renovación de una contratación con modificación en algunas de las condiciones 
pactadas respecto al contrato inmediato anterior, la cual ha sido gestionada 
conforme al Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica ejecutados por 
el Gobierno, elaborado por el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL 
DESARROLLO, por los canales correspondientes a través del MINISTERIO DE 
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y el aludido PROGRAMA, no 
siendo la misma observada en las referidas instancias de control. 
Que el consultor en cuestión resulta necesario para ejecutar, 
complementar y fortalecer la labor del citado Proyecto en sede de la aludida 
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. 
Que la persona cuya renovación de contrato se propone, reúne 
los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que 
en los términos de referencia del contrato se indican. 
Que para tal fin, se cuenta con crédito disponible en las 
líneas presupuestarias específicas establecidas en el documento del Proyecto 
ARG/04/039. 
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO 
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. 
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones 
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el 
artículo 4º del Decreto Nro. 577/03. 
Por ello, 
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS   
DECIDE:   
Artículo 1º  — Apruébase la renovación con modificación en 
algunas de las condiciones pactadas respecto del contrato inmediato anterior 
entre el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO y la persona cuyos 
datos de identidad se detallan en la planilla que, como ANEXO, forma parte 
integrante de la presente, para desarrollar tareas en el Proyecto ARG/04/039 que 
se ejecuta en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ente autárquico en el 
ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y 
SEGURIDAD SOCIAL. 
Art. 2º  — Los gastos que demande el cumplimiento de la 
presente Decisión Administrativa serán atendidos por el PROGRAMA DE LAS NACIONES 
UNIDAS PARA EL DESARROLLO, con cargo a las líneas presupuestarias específicas 
del Proyecto ARG/04/039. 
Art. 3º  — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección 
Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Alberto A. Fernández. — Carlos A. 
Tomada. 
  
	
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		 RENOVACIÓN PNUD 2005  | 
		
		 ANEXO    | 
	 
 
  
	
		| 
		 Apellido y 
		Nombre  | 
		
		 D.N.I  | 
		
		 Período de 
		vigencia  | 
		
		 Función y 
		Rango  | 
		
		 Monto 
		Mensual  | 
		
		 Lugar de 
		Prestación de Servicios  | 
	 
	
		| 
		 MORENO, María Gabriela    | 
		
		 17.761.516    | 
		
		 01/01/2005 al 31/12/2005  | 
		
		 Consultor B Rango IV  | 
		
		 $3.041  | 
		
		 Subgerencia de Asuntos legales  | 
	 
 
 
  
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