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 Bs. As., 11/5/2010 
VISTO el Expediente Nº 10.506/07 del Registro de la 
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549, Nº 24.557 
y 26.425, las Resoluciones S.R.T. Nº 1.925 de fecha 21 de noviembre de 2007, Nº 
1380 de fecha 10 diciembre de 2008, Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, y la 
Disposición G.G. Nº 129 de fecha 24 de setiembre de 2007, y 
CONSIDERANDO: 
Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del 
Trabajo ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como 
entidad autárquica del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, hoy 
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.). 
Que la Resolución S.R.T. Nº 1380 de fecha 10 de diciembre de 
2008 aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos de esta S.R.T., 
regulando en el punto 3 de su Anexo, el ingreso, egreso y registro de 
documentación. 
Que sobre el particular se establece que toda documentación 
enviada a esta S.R.T. debe ser ingresada únicamente por Mesa de Entradas de la 
Secretaría General, área responsable del registro de ingresos y de 
individualizar las presentaciones asignándoles número de ingreso, con fecha y 
hora de recepción. 
Que mediante el dictado de la Resolución S.R.T. Nº 772 de 
fecha 29 de julio de 2009, se aprobó la actual estructura orgánico funcional de 
esta S.R.T., determinando que el Departamento de Secretaría General, dependiente 
de la Gerencia de Operaciones, es el responsable de coordinar el despacho, 
seguimiento y archivo de la documentación administrativa y de controlar la 
gestión administrativa de las actuaciones. 
Que de conformidad a la regla dispuesta en el inciso e), 
apartado 2 del artículo 1 de la Ley Nº 19.549, en los procedimientos 
administrativos los plazos se contarán por días hábiles administrativos. 
Que mediante la Disposición G.G. Nº 129 del 24 de septiembre 
de 2007, se estableció que la Mesa de Entradas de la entonces Unidad de 
Secretaría General de esta S.R.T. funcionaría de Lunes a Viernes de 09:30 a 
17:30 hs para la recepción de toda la documentación presentada con destino a 
este Organismo.   
Que por Resolución S.R.T. Nº 1925 de fecha 21 de noviembre de 
2007, se aprobó el Régimen para la Administración del Presentismo para el 
personal de la S.R.T., estableciendo como horario de funcionamiento central del 
Organismo el comprendido entre las 09:00 hs. y las 17:00 hs., de lunes a viernes 
hábiles. 
Que en tal sentido, es menester unificar el horario de 
Atención de la Mesa de Entradas de esta S.R.T. al horario de funcionamiento del 
Organismo dispuesto en la norma precedentemente citada. 
Que es necesario poner en conocimiento de todos los 
interesados los días y horario de atención de la Mesa de Entradas. 
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención 
que le compete. 
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones 
emergentes del artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley Nº 24.557 y de la 
Resolución S.R.T. Nº 772/09. 
Por ello, 
EL GERENTE GENERAL   
  
DISPONE: 
ARTICULO 1º — Establécese que la Mesa de Entradas dependiente 
del Departamento de Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL 
TRABAJO (S.R.T.) funcionará de Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 17:00 
horas para la recepción de toda documentación que se presente con destino a este 
Organismo. 
ARTICULO 2º — La presente resolución entrará en vigencia a 
partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial. 
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección 
Nacional del Registro Oficial y archívese. — FABIAN H. BAEZ, Gerente General. 
			  
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