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				Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2021 
				 VISTO, el Expediente EX-2020-81202006-APN-SP#SRT, 
				las Leyes Nº 24.557, N° 26.773, N° 27.348, la Resolución de la 
				SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 4 de fecha 
				11 de enero de 2019, y  
				CONSIDERANDO:  
				Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre 
				Riesgos del Trabajo creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL 
				TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del hoy 
				MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, (M.T.E. Y S.S.), 
				estableciendo el artículo 36 sus facultades, entre las que se 
				encuentran: a) controlar el cumplimiento de las norma de higiene 
				y seguridad en el trabajo pudiendo dictar las disposiciones 
				complementarias que resulten de delegaciones de esta ley o de 
				los Decretos reglamentarios; b) Supervisar y fiscalizar el 
				funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.).
				 
				Que en ese marco, desde el año 2008, la S.R.T. 
				firma acuerdos de cooperación con todas las jurisdicciones 
				provinciales y la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, unificando 
				criterios en materia de fiscalización.  
				Que por su parte en el año 2010, la REPÚBLICA 
				ARGENTINA se convirtió en el primer país en adherir a la 
				“Estrategia Iberoamericana de Salud y Seguridad en el Trabajo, 
				2010-2013”.  
				Que en tal sentido, la “I Estrategia Argentina 
				de Salud y Seguridad en el Trabajo 2011-2015” resultó de un 
				acuerdo tripartito entre el Gobierno Nacional, las centrales 
				sindicales y empresariales, en consulta y con el acuerdo de las 
				autoridades del Consejo Federal del Trabajo y la Comisión 
				Permanente de Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo en donde 
				se establecieron metas, objetivos generales y específicos para 
				establecer una “Política Nacional de Salud y Seguridad en el 
				Trabajo”.  
				Que en orden a la continuidad del citado 
				instrumento, se elaboró la “II Estrategia Argentina de Salud y 
				Seguridad en el Trabajo 2015-2019” a los fines de contribuir a 
				desarrollar acciones basadas en el concepto de trabajo decente y 
				prevención de riesgos laborales, teniendo como propósito central 
				impulsar la mejora continua para fortalecer el Sistema de 
				Riesgos del Trabajo, estableciendo acciones, como la formativa, 
				la normativa y la inspectiva.  
				Que en el año 2019 se elaboró y aprobó el Plan 
				de Acción Nacional- PAN- de Seguridad y Salud en el Trabajo para 
				adolescentes y jóvenes, al que adhirieron formalmente la 
				SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), el INSTITUTO 
				NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE) y Organizaciones de 
				Trabajadores.  
				Que los antecedentes reseñados, la evolución 
				normativa y la experiencia recogida, posicionan al Organismo 
				para realizar un proceso de Planificación Estratégica, con el 
				objeto de contar con una herramienta que provea de los enfoques 
				y metodologías necesarios para formular planes anuales, definir 
				los resultados a obtener, y establecer los cursos de acción que 
				orienten la toma de decisiones para el período 2020-2023. 
				 
				Que, en pos del eje propuesto por las 
				autoridades, la Subgerencia de Planificación, área dependiente 
				de la Gerencia Técnica, expuso en la reunión de Comité de Crisis 
				de fecha 7 de octubre de 2020, los lineamientos institucionales 
				propuestos para la elaboración del Plan, los cuales quedaron 
				plasmados en un documento adjunto al Acta N° 6 de dicho 
				Comité-IF-2020-80530801-APN-GG#SRT.  
				Que para desarrollar un proceso de 
				planificación participativa, se convocó a todas las Gerencias 
				que integran la estructura orgánica funcional del Organismo, 
				para que trabajen en forma conjunta y particularizada en 
				diferentes instancias, lo que trajo como resultado los ejes 
				centrales en OCHO (8) objetivos estratégicos, que representan 
				las prioridades a abordar contemplando el contexto actual, los 
				recursos disponibles o aquellos que a futuro podrán ponerse a 
				disposición, así como las funciones, desafíos y áreas de 
				oportunidad que se presenten para el Organismo.  
				Que el Plan Estratégico consensuado que como 
				Anexo IF-2021-123816456-APN-GT#SRT, forma parte integrante de la 
				presente resolución, establece la base de trabajo y traza los 
				lineamientos que como institución nos proponemos contribuir al 
				universo que hace al sistema de riesgos del trabajo, pero 
				fundamentalmente al conjunto de los trabajadores y las 
				trabajadoras.  
				Que, el compromiso institucional asumido 
				consiste en desarrollar acciones que nos permitan fortalecer y 
				federalizar el sistema de riesgos del trabajo a través del 
				impulso de una política que haga foco en la cultura preventiva 
				en coordinación con los Gobiernos Provinciales de todo el país.
				 
				Que, para ello resulta ineludible modernizar 
				los sistemas de gestión y de interacción que nos permitan 
				brindar servicios acordes a las expectativas y necesidades de la 
				ciudadanía, Organismos públicos y Aseguradoras de Riesgos del 
				Trabajo (A.R.T.), con transparencia, racionalidad y 
				responsabilidad.  
				Que la Gerencia Técnica en el ámbito de sus 
				competencias, prestó conformidad con el proyecto instado. 
				 
				Que la Resolución S.R.T. N° 4 de fecha 11 de 
				enero de 2019, asigna a la Gerencia Técnica, la facultad de la 
				articulación de la gestión de tecnología y de diseñar e 
				implementar herramientas y mecanismos que permitan el control, 
				monitoreo y análisis de indicadores y resultados estratégicos, 
				entre otras funciones.  
				Que, en consecuencia, resulta necesario 
				asegurar la vigencia del Plan, motivo por el cual se evaluará 
				periódicamente los avances producidos, el estado de situación 
				general del entorno, realizando los ajustes que resulten 
				necesarios para alcanzar los propósitos en el mediano y largo 
				plazo.  
				Que el Servicio Jurídico de la S.R.T. se ha 
				expedido en orden a su competencia.  
				Que la presente se dicta en uso de las 
				facultades conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 
				24.557.  
				Por ello,  
				EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
				 
				RESUELVE:  
				ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan Estratégico 
				para el período 2020-2023 en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE 
				RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) que como Anexo 
				IF-2021-123816456-APN-GT#SRT forma parte integrante de la 
				presente resolución.  
				ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a las distintas 
				Gerencias que conforman la actual estructura organizativa, a 
				elaborar las acciones tendientes a lograr los objetivos 
				estratégicos y específicos del Plan que se aprueba en la presnte 
				norma.  
				ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará 
				en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en 
				el Boletín Oficial.  
				ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a 
				la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. 
				 
				Enrique Alberto Cossio  |