Bs. As., 9/4/2013 
				 
				
				
				VISTO el Expediente Nº 15.520/13 del Registro de 
				esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 
				24.557, y 
				 
				
				
				CONSIDERANDO: 
				 
				
				
				Que uno de los objetivos de la Ley Nº 24.557 
				sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) es reparar los daños 
				derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 
				 
				
				
				Que el artículo 20 apartado 1° de la Ley de 
				Riesgos del Trabajo determinó que las ASEGURADORAS DE RIESGOS 
				DEL TRABAJO (A.R.T.) deben otorgar a los trabajadores que sufran 
				algunas de las contingencias previstas en dicha ley las 
				prestaciones de asistencia médica y farmacéutica, prótesis y 
				ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional y servicio 
				funerario. 
				 
				
				
				Que el artículo 26 apartado 1° de la Ley de 
				Riesgos del Trabajo estableció que la gestión de las 
				prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo está a 
				cargo de las A.R.T. 
				 
				
				
				Que el artículo 30 de la Ley de Riesgos del 
				Trabajo estableció que quienes hubiesen optado por el régimen de 
				autoseguro deberán cumplir con las obligaciones que esa ley pone 
				a cargo del empleador y a cargo de las A.R.T. 
				 
				
				
				Que en consecuencia, corresponde a las A.R.T. y a 
				los EMPLEADORES AUTOASEGURADOS generar los mecanismos para que 
				las prestaciones en especie a que alude la Ley de Riesgos del 
				Trabajo sean otorgadas en tiempo y forma. 
				 
				
				
				Que en este contexto es necesario y oportuno 
				determinar pautas básicas a seguir para que los trabajadores 
				reciban prestaciones en especie de calidad y en el momento en 
				que deban ser brindadas. 
				 
				
				
				Que la Gerencia Médica, a partir de la 
				experiencia recogida durante los años de vigencia del Sistema de 
				Riesgos del Trabajo, consideró necesario el dictado de normas 
				que protocolicen el tratamiento de las lesiones más frecuentes 
				que sufren los trabajadores accidentados para que éstos reciban 
				prestaciones de calidad. 
				 
				
				
				Que la Asociación Argentina de Ortopedia y 
				Traumatología expresó su conformidad a la aplicación de esta 
				normativa, en relación a los conceptos científicos utilizados. 
				 
				
				
				Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta 
				SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) ha tomado la 
				intervención que le compete. 
				 
				
				
				Que la presente se dicta en uso de las facultades 
				y atribuciones que confieren el apartado 1° del artículo 36 de 
				la Ley Nº 24.557. 
				 
				
				
				Por ello, 
				 
				
				
				EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO 
				 
				
				
				RESUELVE: 
				 
				
				
				ARTICULO 1° — Apruébase el Protocolo para el 
				Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de la Columna Vertebral 
				establecidas en el Anexo de esta resolución. 
				 
				
				
				ARTICULO 2° — La presente resolución entrará en 
				vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el 
				Boletín Oficial. 
				 
				
				
				ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la 
				Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN 
				H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
				
				 
				 
				Anexo 
				
				
				LESIONES TRAUMÁTICAS DE LA COLUMNA VERTEBRAL 
				
				 
				 
				
				
				Generalidades 
				 
				
				
				Esta es una protocolización para el tratamiento 
				de las principales lesiones por accidentes de trabajo en la 
				columna vertebral. 
				 
				
				
				El diagnóstico y el tratamiento de aquellas que 
				no se encuentren incluidas en el presente Anexo, así como las 
				complicaciones, se deben efectuar de acuerdo a los cánones 
				establecidos por la bibliografía nacional e internacional 
				siguiendo las premisas de celeridad, oportunidad y calidad 
				determinados por el Sistema de Riesgos del Trabajo. 
				 
				
				
				Los tiempos de inmovilización establecidos son 
				estimativos, pudiendo variar de acuerdo a la evolución 
				clínico-radiológica observada. 
				
				
				Fractura de C1 (Jefferson) 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Estudio radiológico (eventualmente dinámico 
				según criterio y bajo supervisión médica) 
				 
				
				
				b) TAC 
				 
				
				
				c) RMN 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento 
				 
				
				
				• En fracturas con desplazamiento menor de CINCO 
				(5) mm de las masas laterales: collar cervical por OCHO (8) a 
				DIECISEIS (16) semanas. 
				 
				
				
				• En fracturas desplazadas más de CINCO (5) mm 
				estables: inmovilización cervical entre OCHO (8) y DOCE (12) 
				semanas. 
				 
				
				
				• En ambos casos rehabilitación de TRES (3) a 
				SEIS (6) meses. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				b) Quirúrgico (reducción - osteosíntesis). 
				 
				
				
				• En fracturas irreductibles o inestables. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				Fracturas de los pedículos o pars 
				interarticulares de C2 
				 
				
				
				Diagnóstico. 
				 
				
				
				a) Estudio radiológico (eventualmente dinámico 
				según criterio y bajo supervisión médica) 
				 
				
				
				b) TAC 
				 
				
				
				c) RMN 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso. 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento 
				 
				
				
				• En fracturas con mínimo desplazamiento o 
				angulación: inmovilización con ortesis cérvico-torácica por OCHO 
				(8) a DOCE (12) semanas. 
				
				
				Rehabilitación: de TRES (3) a SEIS (6) meses. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato 
				 
				
				
				b) Quirúrgico 
				 
				
				
				• En fracturas con angulación del cuerpo de más 
				de DIEZ GRADOS (10°) y desplazamiento de más de TRES (3) mm y/o 
				luxación uni o bilateral de las carillas articulares de C2-C3. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				Fracturas de apófisis odontoides 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Estudio radiológico (eventualmente dinámico 
				según criterio y bajo supervisión médica). 
				 
				
				
				b) TAC 
				 
				
				
				c) RMN 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso. 
				 
				
				
				Clasificación: 
				 
				
				
				- Tipo I: avulsión de los ligamentos alares del 
				extremo de la apófisis. 
				 
				
				
				- Tipo II: fractura de la base de la odontoides. 
				 
				
				
				- Tipo III: fractura que se extiende al cuerpo de 
				C2. 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento 
				 
				
				
				• En avulsiones de la extremidad de la apófisis 
				odontoides (Tipo I): collar cervical por OCHO (8) a DOCE (12) 
				semanas. 
				 
				
				
				• En fracturas que se extienden al cuerpo del 
				axis estables (Tipo III): inmovilización cervical por OCHO (8) a 
				DOCE (12) semanas. 
				 
				
				
				• En fracturas de la unión de la odontoides con 
				el cuerpo de C2 (Tipo II) no desplazadas o desplazamiento menor 
				a DIEZ GRADOS (10°) de angulación y TRES (3) mm de diástasis, 
				estables: inmovilización cervical por OCHO (8) a DOCE (12) 
				semanas. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato 
				 
				
				
				b) Quirúrgico 
				 
				
				
				• En fracturas de la unión de la odontoides con 
				el cuerpo de C2 (Tipo II) desplazadas más de TRES (3) mm, con 
				compromiso del disco e inestables. También en las fracturas tipo 
				III inestables. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato 
				 
				
				
				Fracturas Luxaciones del Raquis Cervical Bajo 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico-neurológico. 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico (eventualmente dinámico 
				según criterio y bajo supervisión médica). 
				 
				
				
				c) TAC 
				 
				
				
				d) RMN 
				 
				
				
				e) EMG (en las complicaciones neurológicas 
				periféricas luego de las 3 semanas de la lesión). 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso. 
				 
				
				
				Clasificación: (Allen y Ferguson) 
				 
				
				
				1) Lesiones por flexión-compresión. 
				 
				
				
				2) Lesiones por flexión-distracción. 
				 
				
				
				3) Lesiones por compresión. 
				 
				
				
				4) Lesiones por extensión-compresión. 
				 
				
				
				5) Lesiones por extensión-distracción. 
				 
				
				
				6) Lesiones por distracción. 
				 
				
				
				7) Lesiones por distracción. 
				 
				
				
				Tratamiento: depende de la estabilidad de la 
				lesión 
				 
				
				
				Criterios de inestabilidad de White y Panjabi 
				 
				
				
				(Una puntuación igual o superior a CINCO (5) 
				implica inestabilidad) 
				 
  
				
				
					
						
							| 
							
							Hallazgo clínico | 
							
							
							Puntos | 
						 
						
							| 
							
							Destrucción de un 
							elemento anterior | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Destrucción de un 
							elemento posterior | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Traslación > 3,5 mm | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Angulación > 11° | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Test de tracción 
							positivo | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Lesión de la médula 
							espinal | 
							
							
							2 | 
						 
						
							| 
							
							Lesión de la raíz 
							nerviosa | 
							
							
							1 | 
						 
						
							| 
							
							Estrechamiento del 
							espacio discal | 
							
							
							1 | 
						 
						
							| 
							
							Anticipación de 
							grandes cargas | 
							
							
							1 | 
						 
					 
				 
				
				
				 
				
				
				a) Conservador: (no cumple criterios de 
				inestabilidad): 
				 
				
				
				- Ortesis durante TRES (3) meses (reevaluar luego 
				mediante estudio radiológico dinámico, y si se observa 
				inestabilidad: tratamiento quirúrgico). 
				 
				
				
				b) Quirúrgico: (en lesiones neurológicas o 
				mecánicamente inestables): 
				 
				
				
				- Tracción cervical (medida eventual indicada en 
				casos de luxaciones puras sin hernia discal traumática, que se 
				podrá efectuar como tratamiento previo a una intervención 
				quirúrgica seguido de inmovilización cervical durante un período 
				mínimo de TRES (3) meses). Luego control radiológico dinámico, y 
				si se observa inestabilidad: fusión vertebral. 
				 
				
				
				- Fusión vertebral 
				 
				
				
				Oportunidad: 
				 
				
				
				- Tratamiento conservador: inmediato 
				 
				
				
				- La tracción cervical con estabilización y 
				descompresión quirúrgica: urgente ante un déficit neurológico 
				progresivo. 
				 
				
				
				- En el resto de los casos la fusión vertebral 
				puede ser diferida 
				 
				
				
				c) Tratamiento postoperatorio: utilización de 
				ortesis por un período mínimo de CUATRO (4) semanas con 
				seguimiento radiológico periódicos 
				 
				
				
				Hernia Discal Cervical 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico 
				 
				
				
				c) RMN 
				 
				
				
				d) EMG 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento: 
				 
				
				
				Inmovilización 
				 
				
				
				Fisioterapia 
				 
				
				
				AINES, miorrelajantes 
				 
				
				
				Bloqueo perirradicular bajo control TAC 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato 
				 
				
				
				b) Quirúrgico en caso de: 
				 
				
				
				- fracaso del tratamiento conservador 
				 
				
				
				- lesión neurológica medular y/o radicular 
				 
				
				
				Oportunidad: 
				 
				
				
				- con déficit neurológico severo o progresivo: 
				inmediato. 
				 
				
				
				- ante el fracaso del tratamiento conservador: 
				luego de SEIS (6) - OCHO (8) semanas. 
				 
				
				
				Fracturas Toracolumbares 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico-neurológico 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico 
				 
				
				
				c) TAC 
				 
				
				
				d) RMN 
				 
				
				
				e) EMG (en las complicaciones neurológicas 
				periféricas luego de las 3 semanas de la lesión). 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Clasificación: (AO) 
				 
				
				
				Tipo A: Aplastamiento del cuerpo vertebral 
				 
				
				
				1) fractura impactada 
				 
				
				
				2) fractura con separación 
				 
				
				
				3) fractura por estallido 
				 
				
				
				Tipo B: Lesión de los elementos posteriores 
				debido a la tracción 
				 
				
				
				1) ruptura posterior ligamentosa 
				 
				
				
				2) ruptura posterior incluido el arco 
				 
				
				
				3) ruptura anterior 
				 
				
				
				Tipo C: Lesión de los elementos anteriores y 
				posteriores con rotación 
				 
				
				
				1) aplastamiento del cuerpo con la rotación 
				 
				
				
				2) tracción con la rotación 
				 
				
				
				3) cizallamiento rotatorio 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				Se determina de acuerdo a un sistema de 
				puntuación que valora el mecanismo de lesión, la estabilidad y 
				el estado neurológico. 
				 
				
				
				1. Mecanismo de lesión 
				 
				
				
				a) 
				Compresión________________Simple____________________________ 1 
				 
				
				
				                                                
				                   Angulación lateral > 15 grados___ 1 
				 
				
				
				                                                
				               Estallido_______________________1 
				 
				
				
				b) Translacional 
				rotacional_______________________________________ 3 
				 
				
				
				c) 
				Distracción__________________________________________________ 4 
				 
				
				
				2. Sistema ligamentario posterior 
				 
				
				
				a) 
				Intacto______________________________________________________ 0 
				 
				
				
				b) Sospecha/indeterminado 
				_____________________________________ 2 
				 
				
				
				c) 
				Lesionado___________________________________________________ 3 
				 
				
				
				3. Estado Neurológico 
				 
				
				
				a) Participación de la raíz 
				nerviosa________________________________ 1 
				 
				
				
				b) Lesión medular 
				incompleta____________________________________ 3 
				 
				
				
				                             completa 
				_____________________________________ 2 
				 
				
				
				d) Lesión de cauda equina 
				______________________________________ 3 
				 
				
				
				Un puntaje de TRES (3) puntos indica tratamiento 
				conservador; CUATRO (4) puntos, daría como opción un tratamiento 
				quirúrgico y de CINCO (5) puntos en adelante el tratamiento 
				deberá ser definitivamente quirúrgico. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato 
				 
				
				
				Los pacientes con compresión de los elementos 
				neurales que presentan deterioro neurológico progresivo deben 
				recibir tratamiento urgente con descompresión y estabilización. 
				 
				
				
				Algunos trabajos recomiendan la administración de 
				corticoides protocolizados. 
				 
				
				
				Fracturas de apófisis espinosas y transversas 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Estudio radiológico 
				 
				
				
				b) TAC 
				 
				
				
				c) EMG 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) incruento 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				b) quirúrgico: en casos de inestabilidad y/o 
				compromiso neurológico (se remite al capítulo correspondiente) 
				 
				
				
				Hernias discales lumbares 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico 
				 
				
				
				c) RMN 
				 
				
				
				d) EMG 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento: 
				 
				
				
				Inmovilización 
				 
				
				
				Fisioterapia 
				 
				
				
				AINES, miorrelajantes 
				 
				
				
				Infiltraciones epidurales o radiculares 
				selectivas orientadas por Rx TV o TAC 
				 
				
				
				b) Quirúrgico en caso de: 
				 
				
				
				1- síndrome de cola de caballo 
				 
				
				
				2- déficit neurológico severo o progresivo 
				 
				
				
				3- radiculopatía con dolor severo que no mejora y 
				que persiste tras SEIS (6) - OCHO (8) semanas de tratamiento 
				conservador 
				 
				
				
				Oportunidad: 
				 
				
				
				- en el tratamiento incruento: inmediato 
				 
				
				
				- en el síndrome de cola de caballo: constituye 
				una urgencia quirúrgica 
				 
				
				
				- con déficit neurológico severo o progresivo: 
				inmediato 
				 
				
				
				- en el fracaso del tratamiento conservador: 
				luego de SEIS (6) - OCHO (8) semanas. 
				 
				
				
				Espondilolisis y espondilolistesis traumática 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico 
				 
				
				
				c) TAC 
				 
				
				
				d) RMN 
				 
				
				
				e) Centellograma óseo 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento: 
				 
				
				
				Inmovilización 
				 
				
				
				Fisioterapia 
				 
				
				
				AINES, miorrelajantes 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				b) Quirúrgico en caso de: lesiones inestables y/o 
				con compromiso neurológico 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				Fracturas de sacro-cóccix 
				 
				
				
				Diagnóstico: 
				 
				
				
				a) Examen clínico 
				 
				
				
				b) Estudio radiológico 
				 
				
				
				c) TAC 
				 
				
				
				d) RMN 
				 
				
				
				e) Centellograma óseo (eventual) 
				 
				
				
				Oportunidad: al ingreso. 
				 
				
				
				Tratamiento: 
				 
				
				
				a) Incruento: 
				 
				
				
				Reposo 
				 
				
				
				Fisioterapia 
				 
				
				
				AINES, miorrelajantes 
				 
				
				
				Medidas higiénico-dietéticas 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
				 
				
				
				b) Quirúrgico en caso de: fracturas inestables 
				y/o desplazadas con compromiso de raíces bajas. 
				 
				
				
				Oportunidad: inmediato. 
  |