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			Sancionada: Julio 27 de 2011 
			 Promulgada de Hecho: Agosto 24 de 2011   
			El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos 
			en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:   
			Art. 1- Apruébase el Convenio 155 de la Organización 
			Internacional del Trabajo, relativo a la seguridad y salud de los 
			trabajadores, adoptado el 22 de junio de 1981 y el Protocolo de 2002 
			relativo al convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 
			adoptado el 20 de junio de 2002, en Ginebra, Confederación Suiza, 
			cuyas copias autenticadas forman parte de la presente ley.   
			Art. 2- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
			  
			DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS 
			AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
			
			 
			— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.693 —   
			JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — 
			Luis G. Borsani. 
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